Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 16/09/2016

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Consejería de Salud

Anuncio de 13 de septiembre de 2016, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se notifica a los interesados la incoación de expediente de declaración de cese definitivo de actividad y extinción de autorización sanitaria de establecimiento alimentario.

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Por esta Delegación Territorial se ha visto el expediente iniciado de oficio correspondiente a José Roldán Morillo, S.L., con núm. RS: 14.02660/SE y domicilio en Vereda de Sevilla, s/n, de Carmona (Sevilla).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El establecimiento con domicilio en Vereda de Sevilla, s/n, de Carmona (Sevilla) y titular José Roldán Morillo, S.L., consta autorizado para la actividades de centro de embalaje de huevos y distribución de huevos de Gallus gallus, e inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) con el asiento 14.02660/SE, para dichas actividades.

Segundo. Con fecha 21.12.2015 ha sido constatado por los servicios de inspección que dicha empresa no realiza actividad en el citado domicilio industrial desde hace más de dos años.

Tercero. Con fecha 14 de julio fue notificado el Acuerdo de Inicio de expediente para la declaración del cese definitivo de actividad en el establecimiento alimentario implicado y la extinción de su autorización, concediendo un plazo de diez días para la presentación de alegaciones, sin que hasta la fecha éstas hayan sido recibidas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Delegación Territorial es competente para adoptar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.

Segundo. Que según lo dispuesto en el artículo 8.1.b) del citado Decreto la autorización sanitaria se revocará si se alteran de modo sustancial las condiciones originarias que fundamentaron su otorgamiento o bien si se constata un cese definitivo de la actividad.

Visto lo que antecede y según lo establecido en los artículos 69 y 84 de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. La revocación de la autorización sanitaria de funcionamiento de la citada empresa.

Segundo. Notificar la presente Resolución, con la indicación de que, si desea impugnarla, podrá interponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería con competencia en materia de salud, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Sevilla, 13 de septiembre de 2016.- La Delegada, María Ángeles Fernández Ferreiro.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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