Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 04/10/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 20 de septiembre de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 54/2016.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00099405.

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 54/2016. Negociado: C3.

NIG: 2906744S20140008030.

De: Fremap.

Contra: TGSS, INSS y Clínica Salus Benalmádena, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 54/2016, a instancia de la parte actora Fremap contra TGSS, INSS y Clínica Salus Benalmádena, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 20.9.2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1. Que debo la falta de competencia de la jurisdicción social para seguir frente a la empresa Clínica Salus Benalmádena, S.L. por estar en concurso.

2. Que debo decretar y decreto nulidad del auto despachando ejecución y todos los actos ejecutivos practicados desde el mismo, los cuales deben quedar sin efecto, al encontrarse la empresa en situación concursal antes del dictado del citado auto de despacho de ejecución.

3. En cuanto a la continuación de ejecución frente a INSS y TGSS como responsables subsidiarios estese a lo resuelto en auto del día de la fecha.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que la misma es firme y contra ella no cabe recurso.

Así lo acuerda, manda y firma don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Siete de Málaga, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Clínica Salus Benalmádena, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinte de septiembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Descargar PDF