Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00100479.
NIG: 4109144S20130005871.
De: Don Antonio Sánchez Ruiz.
Contra: Fogasa y Ejecuciones Sevillanas de Obras, S.L.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia/Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 542/2013 a instancia de la parte actora don Antonio Sánchez Ruiz contra Fogasa y Ejecuciones Sevillanas de Obras, S.L., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 27.9.16, del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por don Antonio Sánchez Ruiz contra las demandadas Ejecuciones Sevillanas de Obras, S.L., y Fogasa, debo condenar y condeno a la demandada Ejecuciones Sevillanas de Obras, S.L., a que abone al actor la suma de de 5.409,13 euros más los intereses legales correspondientes.
No se hace expreso pronunciamiento respecto del Fogasa.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Caso de que el recurrente sea el demandado deberá ingresar conforme establecen los arts. 229 y 230 LRJS, la cantidad a que se le condena, en la cuenta-expediente abierta en la entidad Banco Español de Crédito –Banesto entidad núm. 0030, sucursal Avda. de la Buhaira (oficina núm. 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio, núm. 4, de Sevilla cuenta núm. 4020 0000 65 (más número de autos, en cuatro cifras, añadiendo a la izquierda los ceros necesarios más número de año de los autos indicándose únicamente las dos últimas cifras; en total 16 dígitos), como asimismo, deberá depositar la suma de 300 € en la cuenta anteriormente reseñada.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Ejecuciones Sevillanas de Obras, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintinueve de septiembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Descargar PDF