Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 24/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 31 de agosto de 2016, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «María Milagrosa» de Cádiz, así como la nueva denominación específica de Juan Pablo II-María Milagrosa para los mismos. (PP. 2303/2016).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Juan Carlos Corvera Córdoba, presidente de «Fundación FES, Cádiz y Ceuta», nueva entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria María Milagrosa de Cádiz, en solicitud de cambio de titularidad a favor de dicha entidad y nueva denominación específica para los centros.

Resultando que el centro docente privado de educación infantil tiene autorización administrativa para 3 unidades de segundo ciclo con 75 puestos escolares, el de educación primaria para 6 unidades con 150 puestos escolares y el de educación secundaria para 4 unidades de educación secundaria obligatoria con 120 puestos escolares, por Orden de 18 de febrero de 1997 (BOJA de 20 de marzo); y cuentan además con una unidad de educación básica especial de apoyo a la integración, estando acogidas todas ellas al régimen de conciertos educativos.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «María Milagrosa» de Cádiz, a favor de Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Resultando que Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, mediante escritura de cesión otorgada ante don Javier López Cano, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a favor de Fundación FES, Cádiz y Ceuta, que la acepta.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE de 10 de diciembre); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); y demás disposiciones aplicables;

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «María Milagrosa», código 11001841, domiciliados en C/ Virgen de la Palma, 1, de Cádiz, que, en lo sucesivo, la ostentará Fundación FES, Cádiz y Ceuta que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el resultando primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Segundo. Autorizar el cambio de denominación específica de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «María Milagrosa», que pasan a denominarse Juan Pablo II-María Milagrosa.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de agosto de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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