Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 03/11/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de septiembre de 2016, del Juzgado de Primçera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante de procedimiento Juicio Verbal núm. 1458/2011. (PP. 2398/2016).

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NIG: 4109142C20110043330.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1458/2011. Negociado: 3B.

De: CC.PP. Edificio Avda. Bellavista, 48, Sevilla.

Procuradora: Sra. María de los Ángeles Rodríguez Piazza.

Contra: Romualdo Santiago Manzano.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) núm. 1458/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Diecinueve de Sevilla a instancia de CC.PP. Edificio Avda. Bellavista, 48, Sevilla contra Romualdo Santiago Manzano, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 109/2014

En la ciudad de Sevilla, a 11 de abril de 2014; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio verbal civil seguidos en este Juzgado bajo el núm. 1458/11, siendo partes en el mismo, como demandante, la Comunidad de Propietarios del Edificio Avda. Bellavista, núm. 48, de Sevilla, representada por la Procuradora Sra. Rodríguez Piazza y asistida por el letrado Sr. Ramírez Chaves; y como demandado, don Romualdo Santiago Manzano, en rebeldía.

FALLO: Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Rodríguez Piazza, en representación acreditada de la Comunidad de Propietarios del Edificio Avda. Bellavista, 48, de Sevilla, contra don Romualdo Santiago Manzano, debo condenar y condeno al referido demandado a que abone a la actora la suma de 3.666,07 €, con los intereses legales de la misma que se indican en el fundamento jurídico 3.º de esta resolución; y todo ello con expresa condena en costas a la referida demandado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el término de veinte días para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla, en el modo y forma previstos por la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.

La interposición de dicho recurso precisará de la constitución de un depósito de 50 € en la cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado en el modo y forma previsto en la D.A. 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, sin cuya constitución no será admitido a trámite.

De igual forma, la interposición de dicho recurso conlleva aparejada el abono de una tasa prevista en la vigente Ley 10/12, de 20 de noviembre, con las modificaciones previstas en el RDL 3/2013.

Asi por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública, por ante mi el Secretario, en el mismo dia de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Romualdo Santiago Manzano, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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