Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 23/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Orden de 15 de noviembre de 2016, por la que se crea el fichero con datos de carácter personal denominado «Archivo Audiovisual» gestionado por la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

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El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

Asimismo, el artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública sólo podrá hacerse por medio de disposición general o acuerdo publicados en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente y que, en todo caso, la disposición o acuerdo deberán dictarse y publicarse con carácter previo a la creación, modificación o supresión del fichero.

Por otra parte, el artículo 39.2 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros de que sean titulares las Administraciones Públicas.

El artículo 82 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, atribuye a la Comunidad Autónoma andaluza la competencia ejecutiva sobre protección de datos de carácter personal gestionados por las instituciones autonómicas de Andalucía, Administración autonómica, Administraciones locales, y otras entidades de derecho público y privado dependientes de cualquiera de ellas, así como por las universidades del sistema universitario andaluz.

En esta Orden se precisa crear el fichero con datos de carácter personal denominado «Archivo audiovisual», con objeto de disponer de un archivo audiovisual para la difusión de las noticias de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, así como para disponer de un soporte audiovisual de la página web, redes sociales e Internet en general.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre

DISPONGO

Primero. Objeto.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, se crea el fichero con datos de carácter personal denominado «Archivo Audiovisual», que está gestionado por la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, con el contenido que figura en el Anexo de esta Orden.

Segundo. Medidas de índole técnica y organizativa.

La persona titular del órgano responsable del fichero adoptará las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado en virtud del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Tercero. Cesiones de datos.

1. Los datos de carácter personal contenidos en el fichero creado por esta Orden, que podrán cederse a los medios de comunicación e Internet, sólo podrán ser cedidos en los términos previstos en los artículos 7, 8, 11 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el artículo 10 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

2. Igualmente, los datos de carácter personal contenidos en el fichero creado por la presente Orden, se podrán ceder al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para fines estadísticos y de acuerdo con la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuando éste lo demande.

Cuarto. Prestación de servicios de tratamiento de datos.

1. La Empresa Pública de Emergencias Sanitarias podrá celebrar contratos de colaboración para el tratamiento de datos, con estricto cumplimiento de lo señalado en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, respecto a las garantías y protección de las personas titulares de los datos.

2. Quienes, por cuenta de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, presten servicios de tratamiento de datos de carácter personal, realizarán las funciones encomendadas conforme a las instrucciones de la persona responsable del tratamiento y así se hará constar en el contrato que a tal fin se realice, no pudiendo aplicarlos o utilizarlos con fin distinto, ni comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en los artículos 20 a 22 de su Reglamento de desarrollo.

Quinto. Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Las personas interesadas cuyos datos de carácter personal estén incluidos en el fichero regulado en esta Orden, podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, cuando proceda, ante el órgano que se determina en el Anexo de la misma, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Sexto. Inscripción del fichero en el Registro General de Protección de Datos.

El fichero creado en virtud de esta Orden será notificado por la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 55.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Disposición final única. Efectividad.

La presente Orden tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de noviembre de 2016

AQUILINO ALONSO MIRANDA
Consejero de Salud

ANEXO

Denominación del fichero: Archivo Audiovisual.

a) Órgano responsable: Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

b) Finalidad y usos previstos: La utilización del material de divulgación y comunicación de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

c) Personas o colectivos afectados: Personas que aparezcan en el material audiovisual.

d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Grabaciones en bases de datos, captación de imágenes y/o audios recogidos o bien ex profeso, o bien en eventos particulares como congresos, simulacros, sesiones de formación, dispositivos especiales, o bien en medios de comunicación, o bien por haber sido facilitados por las propias personas afectadas.

e) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Fotografías.

• Vídeos.

- Audios.

- Nombre y apellidos.

- DNI o Pasaporte.

- Nacionalidad.

- Sexo.

b) Cesiones de datos de carácter personal: A medios de comunicación e Internet y al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.

c) Transferencias internacionales previstas a terceros países: Internet.

d) Unidad o servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Unidad de Comunicación. Empresa Pública de Emergencias Sanitarias. Parque Tecnológico de Andalucía, C/ Severo Ochoa, 28, C.P. 29590 Campanillas (Málaga).

e) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Alto.

f) Sistema de tratamiento utilizado: Parcialmente automatizado.

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