Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 25/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía

Resolución de 22 de noviembre de 2016, de la Dirección del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, por la que se aprueba la creación de ficheros de datos de carácter personal y se ordena su publicación.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00103045.

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía es responsable de la creación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal cuyo tratamiento sea preciso efectuar en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas por la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Mediante Resolución, de 28 de octubre de 2016, de la Dirección del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, se aprueba la creación de ficheros de datos de carácter personal (BOJA núm. 211, de 3 de noviembre).

Habiendo surgido la necesidad de incorporar nuevos ficheros se procede a su publicación, en aplicación de los artículos 53, 54 y 55 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que establecen la forma y contenido que ha de revestir la disposición o acuerdo de creación, modificación o supresión de ficheros, así como el modo en que se procederá a la notificación e inscripción de ficheros al Registro General de Protección de Datos.

Por cuanto antecede, el Director del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10.3.b) del Decreto 434/2015, de 29 de septiembre, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía,

RESUELVE

Artículo 1. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal existentes en el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía y que están incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

Artículo 2. Creación de los ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, que se relacionan en el Anexo I de este acuerdo, en los términos y condiciones fijados en la mencionada Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 3. Responsable de los ficheros.

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, como órgano responsable de los ficheros, adoptará las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Título VIII de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Artículo 4. Cesiones de datos.

Los datos de carácter personal contenidos en los ficheros regulados por el presente acuerdo sólo podrán ser cedidos en los términos previstos en los artículos 11 y 21 de la LOPD, y artículo 10 del Reglamento que la desarrolla.

Artículo 5. Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Las personas interesadas cuyos datos consten en los ficheros mencionados podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos que contienen, cuando proceda, mediante comunicación dirigida ante el órgano administrativo que se ha especificado en cada uno de los ficheros relacionados en el Anexo I de este acuerdo.

Disposición adicional única. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

La creación y, en su caso, modificación o supresión de los ficheros relacionados en este acuerdo, serán notificados al Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la LOPD, proceso que se efectuará de conformidad con el 55.3 del Reglamento que la desarrolla.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de noviembre de 2016.- El Director, Manuel Medina Guerrero.

ANEXO I

Fichero: Gestión de Actividades del Consejo.

a) Identificación del fichero: Gestión de actividades del Consejo. Usos y fines: gestión de las acciones formativas, jornadas, conferencias, congresos y otras actividades organizadas por el Consejo. Se guardan datos identificativos de las personas que se inscriben en las actividades así como datos identificativos y bancarios de los ponentes y/o formadores, en su caso. Tipificación de la finalidad: procedimiento administrativo.

b) Origen de los datos: Las personas interesadas. Colectivos: ciudadanía. Procedimiento de recogida de los datos: A través de formulario electrónico o papel que rellena la propia persona interesada.

c) Estructura de los datos: Datos de carácter identificativo (DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono), profesionales (cargo y organismo) y en su caso datos bancarios. Sistema de tratamiento: Mixto.

d) Cesiones de datos que se prevén y destinatarios: No.

e) Transferencias Internacionales previstas y países de destino: No.

f) Órgano responsable del fichero: Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

g) Órgano ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, Secretaría General, Plaza Nueva, 4-5.ª planta, 41071 Sevilla.

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: Básico.

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