Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 29/11/2016

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Consejería de Educación

Resolución de 24 de noviembre de 2016, de la Delegación Territorial de Educación en Cádiz, por la que se conceden ayudas a entidades locales para la prevención, el seguimiento y el control del absentismo escolar, así como para la atención al alumnado inmigrante, para el curso 2016-2017.

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1. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades. También, en su artículo 19.1, determina que la Administración de la Comunidad Autónoma adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada o profesiones itinerantes permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones.

2. El Decreto 167/2003, de 17 de junio, establece, en el artículo 13.1, que la Consejería de Educación podrá conceder a las Entidades Locales ayudas económicas para la realización de actuaciones que favorezcan la inserción socio-educativa del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas.

3. La Resolución del Parlamento Andaluz, en la sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, en la que se tomó el Acuerdo de instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a elaborar un Plan Integral de Lucha contra el Absentismo Escolar. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 25 de noviembre de 2003, aprobó el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar.

4. El Decreto 124/2014, de 2 de septiembre, por el que se aprobó el III Plan Integral para la Inmigración, entre cuyos objetivos está el de asegurar el acceso, en condiciones de igualdad y equidad de la población extranjera, a la educación, con medidas de promoción de proyectos de intervención socio-educativa para la prevención del absentismo escolar dirigidos a garantizar la inclusión social de los sectores de la población más desfavorecidos.

5. La Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA de 17 de mayo), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar (apartado 1.d) del artículo único de la citada Orden. Así como la Resolución de 24 de mayo de 2016 (BOJA de 10 de junio de 2016), de la Dirección General de Participación y Equidad por la que se efectúa la convocatoria para el curso 2016-2017 (Resuelve Primero.1.c)) y la Resolución de 28 de julio de 2016 (BOJA de 10 de agosto de 2016) que amplía el plazo máximo de resolución y notificación de la convocatoria.

6. Son de aplicación el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, por el que se ha modificado la composición y competencias de varias de las Consejerías que componen la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía y el Decreto 304/2015, de 28 de julio, que modifica al Decreto anterior, referentes ambos a las competencias atribuidas a la Consejería de Educación.

7. De conformidad con lo regulado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, desarrollado por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como otras disposiciones de obligado cumplimiento.

8. Asimismo, según lo establecido en el artículo 15 de las Bases reguladoras aprobadas por la Orden de 15 de abril de 2011 y en el apartado 13 del correspondiente Cuadro resumen de esas Bases, el órgano competente para resolver es la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, en cuya demarcación territorial se vayan a desarrollar las actuaciones del proyecto socio educativo propuesto.

9. Considerando las Propuestas de Resolución realizadas por la Comisión Evaluadora de esta Delegación Territorial sobre las solicitudes y proyectos presentados por las diferentes entidades locales, objeto de estas subvenciones.

Esta Delegación Territorial de Educación en Cádiz ha resuelto:

1.º Conceder las siguientes ayudas a los proyectos presentados por las entidades que a continuación se citan, con cargo a la partida presupuestaria 1100020000/G/42F/46100/11 del ejercicio económico del año 2016 y a la 1100020000/G/42F/46100/11 del ejercicio económico del año 2017:

ENTIDAD PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN
Mancomunidad municipios Sierra de Cádiz 27.500,00 27.500,00 100%
Ayuntamiento de la Línea de la Concepción 6.273,00 6.273,00 100%
Ayuntamiento de Barbate 6.000,00 6.000,00 100%
Ayuntamiento de San Roque 5.590,00 5.590,00 100%
Ayuntamiento de Sanlúcar Barrameda 5.318,00 5.318,00 100%
Ayuntamiento de Vejer de la Frontera 4.227,00 4.227,00 100%
Ayuntamiento de Medina-Sidonia 3.681,00 3.681,00 100%

2.º Conforme al artículo 12.2 de las Bases reguladoras establecidas en la Orden de 15 de abril de 2011, considerar como inadmitidas las solicitudes de las entidades locales relacionadas a continuación, por haber sido presentadas fuera del plazo fijado en el Resuelve Cuarto, 3. de la Resolución de 24 de mayo de 2016, de la Dirección General de Participación y Equidad por la que se efectuó la convocatoria pública para la concesión de estas subvenciones, curso 2016/2017.

ENTIDAD LOCALIDAD
Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera Chiclana de la Frontera
Ayuntamiento de Puerto Real Puerto Real

Cádiz, 24 de noviembre de 2016.- El Delegado, Juan Luis Belizón Guerrero.

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