Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 30/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 31 de agosto de 2016, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Acuarela» y «Acuerela 2», ambos de Málaga. (PP. 2578/2016).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María del Mar Reina Terol, representante de «CEI Acuarela, S. Coop. And.», nueva entidad titular de los centros de educación infantil «Acuarela» y «Acuarela 2», ambos de Málaga, en solicitud de cambio de titularidad de los mismos a favor de dicha entidad.

Resultando que el centro de educación infantil «Acuarela» tiene autorización administrativa para 2 unidades de primer ciclo con 30 puestos escolares, por Orden de 28 de junio de 2005 (BOJA de 25 de julio), y el centro de educación infantil «Acuarela 2» tiene autorización administrativa para 2 unidades de primer ciclo con 35 puestos escolares, por Orden de 1 de julio de 2010 (BOJA de 30 de julio); teniendo ambos centros suscrito con esta Consejería de Educación el convenio de financiación al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad de los centros de educación infantil «Acuarela» y «Acuarela 2», a favor de doña Rosario Terol González.

Resultando que doña Rosario Terol González, mediante escritura de cesión otorgada ante don José Castaño Casanova, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a favor de «C.E.I. Acuarela, S. Coop. And.», que la acepta.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Conceder el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Acuarela», código 29602360, con domicilio en C/ Lorenzo Silva, 44, y «Acuarela 2», código 29017347, con domicilio en C/ Lorenzo Silva, 44-Bis, ambos de Málaga, que, en lo sucesivo, la ostentará «CEI Acuarela, S. Coop. And.» que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando los mismos con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el «resultando» primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de agosto de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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