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Doña María Luisa López Moreno ha manifestado su voluntad de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía una obra de su propiedad, que se relaciona en el Anexo, para su adscripción al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
El bien que se dona a la Comunidad Autónoma de Andalucía para su destino en el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo resulta de gran interés para la colección estable de este Museo. El CAAC, que dedicó al artista una exposición individual en 2011 titulada Cantando mi mal espanto, enmarcada en la sesión expositiva La canción como fuerza social transformadora, cuenta en su colección con 3 piezas de Alonso Gil de diversas técnicas, por lo que esta obra enriquecerá y completará el conjunto que posee del artista.
El trabajo que se dona es una impresión sobre papel de periódico en la que el artista combina imágenes tomadas de la prensa (niños portando armas) con referencias a la cultura popular infantil (Walt Disney) creando una pieza con un alto sentido crítico.
La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informa sobre el interés del bien ofrecido en donación y propone su aceptación. La Comisión Técnica del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo en su reunión del 5 de noviembre de 2014 informó favorablemente el ingreso de la mencionada obra en la colección del Centro.
La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su art. 87.1 faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.
Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el art. 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Los efectos del artículo 87.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
El artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería competente en materia de cultura, la competencia para aceptar esta donación.
Por lo expuesto, y vista la propuesta de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo con fecha 2 de marzo de 2015,
RESUELVO
Primero. Aceptar la donación del bien mueble que se relaciona en el Anexo, dispuesto por doña María Luisa López Moreno, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Adscribir el citado bien al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, que pasará a formar parte de la Colección Museística de Andalucía y de los fondos artísticos que comprenden su colección estable. Su director levantará acta de recepción definitiva por donación, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de diciembre de 2015
ROSA AGUILAR RIVERO | |
Consejera de Cultura |
Anexo
Autor | Título | Fecha | Técnica | Dimensiones |
Alonso Gil | Sin título | [1996] | Impresión tinta sobre papel de prensa | 41 x 28 cm |