Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 23/12/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 14 de diciembre 2016, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se efectúa convocatoria extraordinaria de selección de grupos de acción locales del sector pesquero candidatos para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo en las zonas pesqueras que se citan para el período 2014-2020 y la concesión de la ayuda preparatoria.

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Mediante Orden de 5 de julio de 2016, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 130, de 8 de julio de 2016, se procedió a regular y convocar el procedimiento de selección de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero Candidatos para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en las zonas pesqueras de Andalucía para el período 2014-2020 y la concesión de la ayuda preparatoria.

Una vez resuelta esta convocatoria, y reconocidos como Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero Candidatos un total de 4 Grupos del máximo de 7 previstos en el artículo 2, punto 3 de la Orden de 5 de julio de 2015, han resultado sin cubrir las zonas de pesca de las provincias de Granada y Almería.

La citada Orden, en su disposición adicional segunda, establece que la Dirección General de Pesca y Acuicultura podrá efectuar una nueva convocatoria de selección de Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero Candidatos, en el caso de que quedaran excluidas zonas de importancia pesquera y acuícola, antes del 31 de diciembre de 2017, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33.4 del Reglamento UE núm. 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y con arreglo a los principios y criterios generales establecidos en la Orden de 5 de julio de 2016.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional segunda de la Orden de 5 de julio de 2016, esta Dirección General de Pesca y Acuicultura

RESUELVE

Primero. Convocatoria.

1. Efectuar convocatoria extraordinaria para la selección de las entidades que serán reconocidas como Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero Candidatos destinadas a diseñar, presentar y preparar la implementación de una Estrategia de Desarrollo Local Participativo en las Zonas Pesqueras de las provincias de Granada y Almería para el período 2014-2020, y la concesión de la ayuda preparatoria, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Orden de 5 de julio de 2016.

2. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria extraordinaria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 5 de julio de 2016, por la que se regula y convoca el procedimiento de selección de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero Candidatos para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en las zonas pesqueras de Andalucía para el período 2014-2020 y la concesión de la ayuda preparatoria.

3. El formulario de la solicitud para la obtención de esta condición y la obtención de la ayuda preparatoria, así como el formulario de la solicitud de pago de la ayuda preparatoria son los fijados en el Anexo I y Anexo II, respectivamente, de la Orden de 5 de julio de 2016, los cuales se adjuntan a la presente Resolución.

Estos formularios se podrán obtener en la siguiente dirección electrónica, http://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/areas/pescaacuicultura/gdp/paginas/seleccion-grupos-accion-local.html, en la sede de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y en las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

Segundo. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Las solicitudes se presentarán en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

3. La subsanación de las solicitudes presentadas se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Orden de 5 de julio de 2016.

Tercero. Plazo máximo para resolver.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 5 de julio de 2016, el plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de dos meses y se computará a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y publicado la resolución expresa, legitima a las entidades interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud.

Cuarto. Ayuda preparatoria.

Será de aplicación a las entidades reconocidas como Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero Candidatos la ayuda preparatoria regulada en el Capítulo III de la Orden de 5 de julio de 2016, que se encuadra dentro del Programa Operativo del FEMP 2014-2020, está cofinaciada en un 85% por la Unión Europea mediante el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), siendo la contribución financiera aportada por la Comunidad Autónoma de Andalucía del 15% restante.

El importe máximo de la subvención individual será de 50.000 euros por entidad seleccionada, y se hará efectiva a través de la partida presupuestaria de gastos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural: 1900120000/G/71P/48300/00/G1840412G6 que está dotada con un importe máximo de 150.000 euros.

Quinto. Anexos.

Se incluyen en esta convocatoria extraordinaria los Anexos I y II de la Orden de 5 de julio de 2016 tal como se especifica en el apartado Primero:

a) Anexo I: Solicitud para la obtención de la condición de Grupo de Acción Local del Sector Pesquero Candidato y la obtención de la ayuda preparatoria. Programa Operativo del FEMP 2014-2020.

b) Anexo II: Solicitud de pago de la ayuda preparatoria. Programa Operativo del FEMP 2014-2020.

Sexto. Eficacia.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación del Extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de diciembre de 2016.- La Directora General, Margarita Pérez Martín.

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