Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 22 de enero de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 1368/2011.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1368/2011. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20110016325.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Construcciones Encolumar, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1368/2011 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones Encolumar, S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 22.1.16 del tenor literal siguiente:

DECRETO NÚM. 59/16

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a veintidós de enero de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único. En el presente procedimiento consta que se ha dado satisfacción a la/s deuda/s que constaba/n  en el título por el que se despachó ejecución en favor de la parte ejecutante Fundación Laboral de la Construcción.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Dispone el artículo 570 de la LEC, que la ejecución forzosa sólo terminará con la completa satisfacción del acreedor ejecutante, que es lo que ha sucedido en el presente procedimiento.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo

1. Declarar terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción, frente a Construcciones Encolumar, S.L.

2. Expedir mandamiento de pago por la suma de 71,37 € a favor del Letrado don José Luis León Marcos de resto de pago de honorarios de Letrado, el cual le será entregado en la Secretaría de este Juzgado y caducará a los tres meses desde su expedición.

3. Alzar, en su caso, todos los embargos y librar para ello los correspondientes despachos.

4. Archivar el presente procedimiento.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido (art. 188 LRJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Encolumar, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintidós de enero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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