Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 24/02/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de mayo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Cádiz, dimanante de procedimiento ordinario núm. 405/2012. (PP. 1181/2015).

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NIG: 1101242C20120002636.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 405/2012. Negociado: V.

De: Entidad Pública Empresarial del Suelo-SEPES.

Contra: Excavaciones Hermanos Rebollar, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 405/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Cádiz a instancia de Entidad Pública Empresarial del Suelo-SEPES contra Excavaciones Hermanos Rebollar, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 190/13

En Cádiz, a 5 de diciembre de 2013.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único. La parte actora, la Abogacía del Estado, presentó demanda en la que solicitó la condena de la demandada, Excavaciones Hermanos Rebollar, S.L., a satisfacerle la suma de 121.938,59 euros, más intereses y costas por incumplimiento de un contrato de compraventa de la parcela 8.1 integrada en la actuación 11-006-00  La Menacha en Algeciras.

Admitida a trámite la demanda se dio traslado de la demanda a la parte demandada por edictos sin que compareciera en autos ni contestara a la misma. Se convocó a las partes a la audiencia previa en que la parte actora ratificó su demanda y propuso como prueba la documental acordándose así con arreglo al art. 428.9 de la Lecc. Quedaron los autos vistos para sentencia.

.../...

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Letrado del Estado en nombre y representación de Entidad Pública Empresarial del Suelo (Sepes) contra Excavaciones Hermanos Rebollar, S.L., debo condenar y condeno a demandada Excavaciones Rebollar, S.L., a satisfacer al actor la cantidad de 121.938,59 euros, intereses incluidos, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde la notificación, cuyo conocimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Cádiz.

Para la admisión del recurso, la parte interesada deberá acreditar haber constituido el depósito de la cantidad correspondiente: 50 euros para apelación y 25 euros para reposición y revisión, ingresando dicha suma, para la tramitación del recurso de que se trate, en la cuenta del procedimiento de este Juzgado abierta en la entidad B. Santander, todo ello de conformidad con la L.O. 1/09, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma Procesal para la implantación de la oficina judicial, por la que se modifica la L.O. 6/1985, del Poder Judicial.

Así, por esta mi Sentencia, que se unirá al libro de las de su clase y por testimonio a los autos de su razón, juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Excavaciones Hermanos Rebollar, S.L.,  extiendo y firmo la presente en Cádiz, a veintiuno de mayo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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