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NIG: 1102242C20110001244.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 356/2011. Negociado: PP.
De: María Mercedes Cervera Moya.
Procurador: Sr. Pedro Ángel Escribano de Garaizábal.
Contra: Playa de Sobrevela Gestión Inmobiliaria.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal núm. 356/2011, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de La Línea de la Concepción a instancia de María Mercedes Cervera Moya contra Playa de Sobrevela Gestión Inmobiliaria, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
«SENTENCIA nÚM. 6/2016
En La Línea de la Concepción, a 16 de febrero de 2016.
Vistos por doña María de la Paloma Gálvez de Aguilar-Amat, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de La Línea de la Concepción y su partido, los autos de Juicio Verbal, seguido en este Juzgado con el número 356/2011, a instancias de doña María Mercedes Cervera Moya, representada por el Procurador don Pedro Ángel Escribano de Garaizábal y asistida por la Letrado doña Yolanda Mata Holgado, contra la entidad “Playa de Sobrevela, Gestión Inmobiliaria, S.A.”, declarada en situación procesal rebeldía, pronuncio
EN NOMBRE DEL REY
FALLO
Que estimo la demanda interpuesta por doña María Mercedes Cervera Moya, representada por el Procurador don Pedro Ángel Escribano de Garaizábal, contra la entidad “Playa de Sobrevela, Gestión Inmobiliaria, S.A.”, declarada en situación procesal rebeldía; y en consecuencia:
1.º Se condena a la demandada al pago de la cantidad de dos mil ciento veintisiete euros con noventa y cuatro céntimos (2.127,94) más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda.
2.º En cuanto a las costas procesales, se condena en costas a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, la cual es firme por tratarse de un Juicio Verbal de reclamación de cantidad de cuantía inferior a 3.000 euros.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María de la Paloma Gálvez de Aguilar-Amat, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de La Línea de la Concepción y su Partido, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, doy fe.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Playa de Sobrevela Gestión Inmobiliaria, extiendo y firmo la presente en La Línea, a dieciséis de febrero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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