Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 15/03/2016

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Universidad de Almería, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión de plaza de Titulado Superior/Grado Medio, Personal Laboral Temporal, en esta Universidad, mediante el sistema de concurso de méritos.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, modificado por Decreto 237/2011, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal para el normal funcionamiento del Centro de Documentación Europea, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, en el artículo 41 de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, de la Ley Andaluza de Universidades, modificada por Ley 12/2011, de 16 de diciembre, así como en los artículos 40 y 51 de los Estatutos de la Universidad de Almería, ha resuelto convocar a concurso público una plaza de personal laboral temporal, mediante la formalización del correspondiente contrato por obra o servicio determinado, con cargo al Centro de Documentación Europea y con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Legislación aplicable y normas generales.

1.1. El presente concurso se regirá por lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, modificado por Decreto 237/2011, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, en el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en las normas de esta Resolución. Asimismo, supletoriamente le será de aplicación el Reglamento de la Universidad de Almería aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012.

1.2. La forma de provisión será el concurso de méritos, de acuerdo con el baremo que se especifica en el Anexo I de esta convocatoria.

2. Requisitos generales de los solicitantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

1. Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar los nacionales de Estados no miembros de la Unión Europea, si bien, éstos deberán estar en posesión del correspondiente permiso de residencia/trabajo con anterioridad a la fecha de formalización del contrato.

2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes

3. Tener cumplidos los dieciséis años y no haber cumplido los sesenta y cinco años.

4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

6. Estar en posesión del título de Grado, Licenciado o Diplomado, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.

7. Estar en posesión de acreditación del nivel B2 idioma inglés o titulación superior en traducción especialidad inglés.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse, en su caso, durante todo el periodo de vigencia del contrato de trabajo.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra disponible en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, así como en la siguiente dirección web http://cms.ual.es/idc/groups/public/@serv/@spersonal/documents/documento/solicitudcontratoslaboralesdeinvestigaci.pdf y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Fotocopia compulsada del Título Académico o del resguardo de haber solicitado su expedición.

- Fotocopia compulsada de la Certificación académica, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Fotocopia compulsada de la Acreditación del nivel de inglés «B2».

- Currículum vitae. En relación con el currículum vitae, se deberá adjuntar acreditación documental de los méritos que se incluyan en él a los efectos de su baremación (Anexo I de esta convocatoria). No serán valorados aquellos méritos alegados que no estén debidamente acreditados dentro del plazo de presentación de solicitudes.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de Almería en el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de la Universidad de Almería, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la LRJPAC.

4. Relación de admitidos y excluidos.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del Rector se hará pública en el Tablón de Anuncios del Servicio de RRHH de la Universidad de Almería la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último caso de la causa de exclusión. Las personas que figuren excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esa resolución, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

En ningún caso se podrán presentar en este plazo documentos acreditativos de los méritos reseñados en el currículum vitae, y que no fueron presentados en el plazo de presentación de solicitudes.

4.2. Transcurrido el plazo citado, y mediante Resolución del Rector de la Universidad de Almería, se hará pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el Tablón de Anuncios y la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

4.3. En el caso de que todos los aspirantes estuvieran admitidos en la relación provisional, ésta devendrá en definitiva. Contra la resolución definitiva se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista definitiva reseñada, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la LRJPAC.

5. Resolución del concurso.

5.1. Por Resolución del Rectorado de la Universidad de Almería se nombrará una Comisión de Valoración, que será la encargada de examinar y valorar las instancias presentadas por los aspirantes admitidos al presente concurso. Dicha Comisión estará compuesta por el Presidente, que será el Vicerrector de Internacionalización de la Universidad de Almería o persona en quien delegue, el Vicegerente de Recursos Humanos, el Director de Secretariado de Cooperación Internacional, un funcionario de carrera adscrito al Servicio de Relaciones Internacionales, y el Secretario, que será un funcionario de carrera adscrito al Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

5.2. La Comisión, en el desarrollo de sus actuaciones, podrá concertar entrevistas con los aspirantes, cuando así lo estime necesario. Igualmente, la Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Almería.

5.3. Los baremos aplicables serán los que figuran como Anexo I de la presente convocatoria. La Comisión de Valoración será competente para resolver cuantas dudas de interpretación suscite la convocatoria o la aplicación del baremo.

5.4. La Comisión, en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, hará pública la relación de aspirantes ordenada de acuerdo con la puntuación obtenida. Dicha relación, incluirá, igualmente, una propuesta de adjudicación del contrato de trabajo para el aspirante que haya obtenida la mayor puntuación total. Dicha relación será publicada en el Tablón de Anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, y servirá de notificación a los participantes en el concurso, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC). La indicación de la puntuación obtenida en cada apartado del baremo se considera motivación suficiente, conforme al artículo 54.2 de la citada Ley. Toda la documentación del expediente administrativo quedará depositada en el Servicio de Gestión de RRHH.

5.5. La Comisión de Valoración podrá resolver el presente concurso con la no provisión de plazas.

5.6. Contra la anterior relación de aspirantes y la propuesta de adjudicación se podrá presentar reclamación ante la Comisión de Valoración, en el plazo de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos. Dicha reclamación será resuelta por la Comisión de Valoración en un plazo no superior a 3 días hábiles desde la interposición de la misma.

5.7. Contra la resolución de la reclamación anterior, podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el Tablón de Anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, de conformidad con los arts. 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.8. Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin que se hayan producido, se elevará la propuesta de adjudicación definitiva al Rector, que dictará Resolución aprobando, en su caso, dicha propuesta y adjudicando los contratos en cuestión, adjudicación que se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos. Dicha publicación tendrá el carácter de notificación al adjudicatario de la plaza, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. Norma final.

6.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.

6.2. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de las Comisiones de Valoración, conforme a lo previsto en la mencionada Ley y en sus Estatutos.

6.3. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y 62 de los Estatutos de la Universidad de Almería, los interesados podrán interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Almería, 9 de marzo de 2016.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

ANEXO I

BAREMO

1. Expediente académico¹ (2,5-5 puntos)
2.
Conocimiento de lengua extranjera
2.1 Acreditación de C1 de inglés 2.5 puntos
2.2. Conocimiento de un 3er idioma de la Unión Europea (hasta 2,5 ptos).
(0-5 puntos)
3.
Formación complementaria.
Posesión de título de postgrado (hasta 3 puntos)
Otra formación no reglada (hasta 2 puntos)
(0-5 puntos)
4.
Experiencia laboral.
4.1. Experiencia en gestión de proyectos europeos hasta 2,5 puntos.
(0,4 puntos x mes)
4.2. Experiencia en organización de seminarios y eventos hasta 2,5 puntos.
(0,4 puntos x seminario y/o evento)
4.3. Experiencia en Programas de cooperación internacional hasta 2,5 puntos. (0,4 puntos x mes)
(0-7,5 puntos)
5. Entrevista. (Si así lo acuerda la Comisión de Valoración). (0-10 puntos)

ANEXO II

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

1. Tipo de contrato:

Por obra y servicios por tiempo determinado a tiempo completo (modelo 501).

2. Duración del contrato:

12 meses desde la firma del contrato.

3. Salario bruto:

21.000 € anuales.

4. Categoría profesional:

Titulado Medio/Superior.

5. Objeto del contrato:

Actividades relacionadas con la gestión del Centro de Documentación Europeo de la UAL, tales como:

• Recepción y difusión de toda la información relacionada con los asuntos comunitarios.

• Organización y gestión de la documentación.

• Redacción de informes.

• Organización de seminarios y eventos.

• Filtrado y transmisión de convocatorias europeas de interés para la comunidad universitaria.

• Comunicación, atención y asesoramiento a los miembros de la comunidad universitaria.

• Cualquiera otra relacionada con la gestión del Centro.

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