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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1197/2014. Negociado: 5.
NIG: 4109144S20140012947.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Abogado: Pilar Jiménez Navarro.
Contra: Proalca Viviendas, S.L.
EDICTO
El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núm. 1197/2014, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra Proalca Viviendas, S.L., en la que con fecha 25.2.16 se ha dictado sentencia, que sustancialmente dice lo siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción contra Proalca Viviendas, S.L., en cuya virtud, debo condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad de doscientos cincuenta y cinco euros con noventa y cuatro céntimos (255,94 euros).
Procede la imposición de costas a la parte demandada por importe de cincuenta euros (50 €).
Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada la anterior resolución por la Sra. Magistrada-Juez que la dictó, en legal forma, y el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Proalca Viviendas, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de Junta de Andalucía, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Sevilla, a quince de marzo de dos mil dieciséis.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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