Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 23/03/2016

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Consejería de Salud

Anuncio de 18 de marzo de 2016, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se notifica a los interesados la resolución de expediente de declaración de cese definitivo de actividad y extinción de autorización sanitaria del establecimiento alimentario que se cita.

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I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El establecimiento con domicilio en Carretera de El Viso del Alcor a Tocina, km 4, Carmona (Sevilla), y titular Explotación Porcina Virgen de Guaditoca, S.L. (B-41731118), consta autorizado para la actividad de centro de embalaje de huevos, e inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) con número de asiento 14.02685/SE.

Segundo. Con fecha 1.12.2015 ha sido reflejado en acta de inspección número 0059549 que, según información recabada, la empresa no ejerce actividad en dicho establecimiento desde hace más de dos años.

Tercero. Con fecha 10.2.2016 fue notificado mediante Anuncio en el Boletín Oficial del Estado el Acuerdo de inicio del expediente para la extinción de la autorización del establecimiento implicado y su baja en el RGSEAA, con la indicación de que si en diez días no eran presentadas alegaciones en su contra se procedería a resolver la extinción de su autorización y su consecuente baja en el RGSEAA, sin que hasta la fecha dichas alegaciones hayan sido recibidas.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Delegación Territorial es competente para adoptar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.

Segundo. Que, según lo dispuesto en el artículo 8.1.b) del citado Decreto, la autorización sanitaria se revocará si se alteran de modo sustancial las condiciones originarias que fundamentaron su otorgamiento o bien si se constata un cese definitivo de la actividad.

Tercero. Se tiene constancia según la documentación que obra en el expediente que concurren tales circunstancias.

Visto lo que antecede y según lo establecido en los artículos 69 y 84 de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. La revocación de la autorización sanitaria de funcionamiento de la citada empresa.

Segundo. Notificar la presente resolución, con la indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería con competencia en materia de salud, en el plazo de un mes.

Sevilla, 18 de marzo de 2016.- La Delegada, María Ángeles Fernández Ferreiro.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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