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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta. Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.
- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del Expte.
- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.
- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante la Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
1. Expte. CA/2015/783/PA/ENP. Saturnino Chavero Sicilia. Córdoba (Córdoba). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Acampar en zona forestal en época de peligro alto de incendios en lugar no habilitado para ello, se aprecia la existencia de un hornillo de gas, en el paraje conocido como «Pinar Faro Trafalgar (Caños de Meca)», sito en el t.m. de Barbate (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.a) de la Ley 2/89, de Inventario E.N.P. de Andalucía. Calificada como leve y sancionable según arts. 26.1.a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción Multa Pecuniaria: 250 euros.
2. Expte. CA/2015/857/GC/PA. Jesús Torrecilla Martínez. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Desempeño de actividad productora de residuos peligrosos (taller de vehículos a motor) sin haber realizado su titular la preceptiva comunicación previa. Almacenamiento de residuos sin etiquetado, etiquetado incorrecto o parcial de los envases que lo contienen, en el paraje conocido como «Avda. de la Industria, 72 (Taller Bahía Custom Word)», en el t.m. de Chiclana de la Frontera (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 148.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como leve y sancionable según art. 148.1.a) y 148.2) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 147.1.i) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como grave y sancionable según art. 147.1.i) y 147.2) del mismo texto legal. Resolución: Sanción Multa Pecuniaria: 700 euros.
3 CA/2015/883/GC/PA. José Vazauez Valenzuela. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Inspección señala la falta de acreditación de la inscripción en el Registro Administrativo de Productores de Residuos Peligrosos y el almacenamiento de los mismos en indebidas condiciones (envase de aceite usado de motor sin etiquetar), y ausencia de envases de almacenamiento para filtros de aceite y de combustibles que están apilados sobre una bandeja, en el paraje conocido como «Taller Mecanochapa (Polígono Industrial Pelagatos)», en el t.m. de Chiclana de la Frontera (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 148.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como leve y sancionable según art. 148.1.a) y 148.2) del mismo texto legal. Resolución: Sanción Multa Pecuniaria: 1.000 euros.
4. Expte. CA/2015/884/GC/ENP. Construcciones Pago Gil Tarifa, S.L., Tarifa (Cádiz). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Abandono de residuos (vehículo a motor Fiat matrícula 1230BBW) en Espacio Natural Protegido, en el paraje conocido como «Garganta del Rayo, Puertollano», en el Espacio Protegido (Los Alcornocales), en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Resolución: 1. Declarar la caducidad del procedimiento tramitado y proceder a su archivo. 2. Ordenar la apertura de nuevo procedimiento sancionador, por los mismos hechos, en tanto no haya prescrito la infracción cometida.
5. Expte. CA/2015/1049/AGMA/ENP. Edouard James Fernández Baillie. Barcelona (Barcelona). Acuerdo de apertura de período de prueba. Instalación de cancela metálica con dos mochetas de mampostería empachada de piedra de Tarifa, así como empedrado de unos 30 m de longitud por unos 3 m de ancho en el camino de acceso a la vivienda, en zona afectada por servidumbre de protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, y en Espacio Natural Protegido, sin autorización. En el paraje conocido como «Punta Paloma, Finca La Corralita», en el Espacio Protegido (Playa de los Lances), sito en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Acuerdo: Abrir un período para la práctica de las siguientes pruebas: Informe por el Dpto. de Dominio Público, de valoración de la actuación ejecutada.
6. Expte. CA/2016/84/GC/PA. José Herrera Godino. San Roque (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulacion de cargos. Falta de acreditación de la retirada de los residuos peligrosos y no peligrosos generado en el establecimiento, de la entrega de la declaración anual de pequeño productor de residuos peligrosos y del informe preliminar de situación de suelos, no disponer de medidas de contención de derrames líquidos en la zona de almacenamiento de residuos peligrosos líquidos, apreciándose mezcla de residuos domésticos y residuos peligrosos, y la falta de etiquetado de los envases de residuos peligrosos, en el paraje conocido como «Taller Box 54 (P.I. El Cañuelo)», en el t.m. de San Roque (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 147.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como grave y sancionable según art. 147.1.a) y 147.2) del mismo texto legal. Acuerdo: Multa: 800 euros.
7. Expte. CA/2016/120/PA/PA. Francisco Javier Ruiz Díaz. Algeciras (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. Desempeño de actividad (Taller de reparación de vehículos a motor) productora de residuos peligrosos sin haber realizado su titular la comunicación previa a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (C/ Villamartín), en el t.m. de Algeciras (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 147.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como GRAVE y sancionable según art. 147.1.a) y 147.2) del mismo texto legal. Acuerdo: Multa: 1.000 euros.
8. Expte. CA/2016/122/GC/PA. Luis Alberto Calderón García. Algeciras (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulacion de cargos. 1. Existen varios acopios de neumáticos fuera de uso, algunos de ellos en lugar no cerrado, delimitado, ni señalizado, careciendo dichos acopios de medidas de seguridad y de control de incendios. Con ello se incumplen los requisitos que para dichos almacenamientos vienen recogidos en el anexo del Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso. 2. El almacenamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, tanto peligrosos como no peligrosos, incumpliéndose los requisitos que para dichos almacenamientos vienen recogidos en el punto 1 del Anexo VIII del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos, especialmente relevante para los residuos de las fracciones de recogida 1, 2 y 3 (residuos peligrosos de aparatos eléctricos y electrónicos). 3. La venta de residuos peligrosos a personas no autorizadas ni registradas (particulares), sin que además conste comunicación previa de dicha actividad en esta Delegación Territorial. Asimismo, las operaciones de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos (almacenamiento) que se realizan en la instalación están sujetas a autorización ambiental unificada, al quedar incluidas en el epígrafe 11.2 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en su redacción según Ley 3/2014, sin que su titular haya obtenido dicha autorización que le habilite para las operaciones de gestión de residuos realizadas en la instalación (Descampado Tres El Punto Limpio de Los Guijos, Ctra. N-340), en el t.m. de Algeciras (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 131.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como muy grave y sancionable según arts. 131.1.a) y 132.2) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 148.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como leve y sancionable según art. 148.1.a) y 148.2) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 147.1.k) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como grave y sancionable según art. 147.1.k) y 147.2) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 147.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como grave y sancionable según art. 147.1.a) y 147.2) del mismo texto legal. Acuerdo: Multa: 26.000 euros.
Cádiz, 22 de marzo de 2016.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.
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