Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 12/04/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 6 de abril de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de la ejecución del proyecto que se cita.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 7 de noviembre de 2014 fue aprobado provisionalmente, mediante Resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, el proyecto denominado «Modificado número 1 de las obras de agrupación de vertidos de los núcleos del Bajo Guadalhorce: Álora, Pizarra y Coín», con clave A6.329.949/2121.

Segundo. El citado proyecto ha sido sometido al preceptivo trámite de información pública mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 245, de 17 de diciembre de 2014, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 236, de 11 de diciembre de 2014, y en el Diario La Opinión de Málaga, el 23 de diciembre de 2014, comunicándose además a los Ayuntamientos de Álora, Pizarra, Coín y Cártama para su exposición en los respectivos tablones de anuncios durante el plazo legalmente establecido.

Tercero. Con fecha 21 de enero de 2016, la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, aprueba definitivamente el proyecto «Modificado número 1 de las obras de agrupación de vertidos de los núcleos del Bajo Guadalhorce: Álora, Pizarra y Coín», con clave A6.329.949/2121, conteniendo la resolución aprobatoria la relación concreta e individualizada de los bienes estrictamente indispensables para el fin de la expropiación.

Cuarto. Con fecha 16 de febrero de 2016, la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua solicita a esta Secretaría General Técnica la convocatoria del levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes afectados por la ejecución del proyecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En la aprobación definitiva del proyecto, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, se entiende implícita la declaración de utilidad pública del fin a que hayan de afectarse los bienes y derechos de que se trate. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, la aprobación de un proyecto declarado de interés de la Comunidad Autónoma, supone implícitamente la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres.

Segundo. El presente proyecto se enmarca en el programa de actuaciones recogido en el Protocolo de Colaboración de fecha 3 de agosto de 2006, suscrito por la extinta Agencia Andaluza del Agua, el Ayuntamiento de Málaga y los ayuntamientos del Valle del Guadalhorce: Alhaurín de la Torre, Álora, Cártama, Coín y Pizarra, por el que se fijan las bases y lineas de actuación para la coordinación y mejora de la gestión de infraestructuras en alta de los servicios públicos del ciclo integral urbano del agua en los ámbitos territoriales correspondientes.

De acuerdo con el apartado 2 del punto octavo del citado Protocolo, cuando los municipios afectados por la ejecución de las infraestructuras no puedan aportar los terrenos necesarios, la extinta Agencia Andaluza del Agua asumiría el pago del justiprecio de los bienes y derechos afectados por las obras, así como el resto de obligaciones y derechos reconocidos en el artículo 5 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (en adelante REF).

Tercero. El Anexo del Acuerdo de 26 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras hidráulicas destinadas al cumplimiento del objetivo de la calidad de las aguas de Andalucía, recoge entre estas actuaciones los «Colectores en Álora, Pizarra y sus núcleos», así como los Colectores en Coín y sus núcleos.

Cuarto. Se considera por tanto de aplicación el procedimiento expropiatorio de urgente ocupación que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF) y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el REF, siendo beneficiarios finales de la expropiación los Ayuntamientos de Álora, Pizarra y Coín.

Quinto. De acuerdo con la Resolución de 26 de noviembre de 2013, de esta Secretaría General Técnica, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 238, de 4 de diciembre de 2013, por la que se delegan competencias en materia de gestión del procedimiento expropiatorio, corresponde a la persona titular de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Málaga, proseguir la tramitación del procedimiento expropiatorio en sus fases de levantamiento de actas previas, fijación y pago de los depósitos previos e indemnizaciones por daños de rápida ocupación, suscribir actas de determinación del justiprecio por mutuo acuerdo, determinación del justiprecio con tramitación de la correspondiente pieza separada y suscribir actas de ocupación y pago.

Sexto. Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Málaga, domiciliada en Paseo de Reding, número 20, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.

Séptimo. La Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Málaga dará traslado del emplazamiento previsto en el resolutivo primero a cada uno de los afectados mediante notificación individual, conforme a los previsto en el apartado segundo del artículo 52 de la LEF. En este sentido y con la finalidad de dar cumplimiento al apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los supuestos en que los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de la notificación, o si intentada la misma no se hubiese podido practicar, se procederá a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la notificación no practicada y esta publicidad tendrá a todos los efectos carácter sustitutivo de la notificación a los afectados.

A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el expediente, esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua y en ejercicio de las competencias atribuidas en la letra c) del apartado 3 del artículo 8 del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

RESUELVE

Primero. Convocar el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes afectados por la ejecución del proyecto «Modificado número 1 de las obras de agrupación de vertidos de los núcleos del Bajo Guadalhorce: Álora, Pizarra y Coín», con clave A6.329.949/2121, como obra hidráulica de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía que se desarrollará en los términos municipales de Álora, Pizarra, Coín y Cártama, según el Anejo de esta Resolución, en el que figuran la relación de bienes afectados así como sus titulares, que deberán comparecer en las dependencias de los Ayuntamientos de Álora, Pizarra, Coín y Cártama según el término municipal donde radiquen los bienes afectados, los días y horas que figuran en el mismo.

Segundo. Se proceda a la exposición de la presente Resolución en los tablones de edictos de los Ayuntamientos citados, así como a la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de abril de 2016.- La Secretaria General Técnica, Isabel López Arnesto.

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