Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 19/04/2016

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 12 de abril de 2016, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, convocados por las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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De acuerdo con lo previsto en los artículos 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y 13 y 19 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y de conformidad con lo establecido en la Orden de 8 de septiembre de 1994, del Ministerio de Administraciones Públicas, por la que se aprueba el modelo de convocatoria conjunta y bases comunes por las que se regirán los concursos ordinarios para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Orden de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a estos funcionarios y demás normativa de aplicación, esta Dirección General de Administración Local,

R E S U E L V E

Único. Dar publicidad, en extracto, a las convocatorias del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional que se relacionan en el Anexo I, de conformidad con las siguientes bases:

Primera. Puestos.

Se ofrecen en este concurso los puestos vacantes reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional en aquellas entidades locales que han aprobado las bases específicas y cuyos Presidentes han efectuado la correspondiente convocatoria del concurso.

Segunda. Participación.

1. Los funcionarios con habilitación de carácter nacional podrán concursar a los puestos de trabajo que, según su clasificación, correspondan a la subescala y categoría a que pertenezcan. Podrán participar, asimismo, los funcionarios no integrados en las actuales subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local a que se refiere la disposición transitoria primera 1 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en los términos siguientes:

Los Secretarios de primera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaria, categoría superior.

Los Secretarios de segunda, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada.

Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención.

Los Secretarios de Ayuntamientos a «extinguir», a Secretarías de Ayuntamientos con población que no exceda de 2.000 habitantes.

Los Interventores, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, pero únicamente a puestos de Intervención.

Los Depositarios, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, pero únicamente a puestos de Tesorería.

2. No podrán concursar:

a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

b) Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

c) Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

d) Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que concursen a puestos reservados a su subescala y categoría en la misma Corporación o se encuentren en los supuestos del artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Tercera. Documentación y plazo para participar.

1. En el plazo de quince días naturales a partir de la publicación de este concurso en el Boletín Oficial del Estado, los funcionarios con habilitación de carácter nacional que deseen tomar parte en el mismo dirigirán a la Corporación Local a cuyo puesto concursen la siguiente documentación:

- «Solicitud de participación» (modelo Anexo III) comprensiva de declaración jurada de no estar incurso en alguna de las circunstancias a que se refiere el art. 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

- Documentación acreditativa, en su caso, de los méritos de determinación autonómica, así como los específicos de cada puesto en los términos que se indican en el Anexo II.

2. Los concursantes a dos o más puestos presentarán solicitud y documentación acreditativa de los méritos de determinación autonómica y específicos, en su caso, de cada puesto en todas las corporaciones en que soliciten puestos. Asimismo, los concursantes a dos o más puestos presentarán en idéntico plazo de quince días naturales el orden de prelación de adjudicaciones ante la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, núm. 50. 28071 Madrid). El orden de prelación habrá de ser único y comprensivo de la totalidad de puestos solicitados, y único, asimismo, si se concursa a una o varias subescalas y categorías. La formulación del orden de prelación, cuyo objeto es evitar la adjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante, no sustituirá en ningún caso a la solicitud de participación dirigida a cada Corporación Local.

3. La solicitud de participación y el orden de prelación de adjudicaciones habrán de presentarse con arreglo a los modelos que se adjuntan en los Anexos III y IV.

4. Los requisitos exigidos deberán reunirse a la fecha de la Resolución de publicación de la convocatoria.

Cuarta. Méritos.

1. Méritos de determinación autonómica.

Los méritos de determinación autonómica referidos al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan en el Decreto 350/2010, 27 de julio, y son los siguientes:

a) Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo en las entidades locales del territorio de Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que formen parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A los efectos de la valoración de esta experiencia, se incluirá la desarrollada en las entidades instrumentales de las referidas Administraciones Públicas.

b) Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorará la asistencia y, en su caso, aprovechamiento de los cursos de estas características que, teniendo por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estén directamente relacionados con las funciones reservadas al puesto de trabajo que se convoca, organizados u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como las titulaciones de Máster Oficial que reúnan las citadas condiciones.

c) Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se refiere el párrafo b).

d) Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

e) Desempeño ininterrumpido del puesto o puestos de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas. Se valorará la permanencia en el desempeño del puesto de trabajo en las Administraciones Públicas andaluzas desde el que se concursa, cualquiera que sea su forma de provisión, siempre que dicho puesto esté reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

2. Valoración de los méritos.

a) La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 1,40 puntos, según la reglas siguientes:

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados al funcionariado con habilitación de carácter nacional, correspondiente a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados al funcionariado con habilitación de carácter nacional, de distinta subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.

- Servicios prestados en puestos de trabajo, correspondientes al Grupo A, no reservados al funcionariado con habilitación de carácter nacional: 0,01 puntos por mes.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 100% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento definitivo.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 80% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento provisional.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 50% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento interino o accidental.

A efectos de valoración de la experiencia profesional, el tiempo transcurrido en comisión de servicios se entenderá prestado en el puesto donde la persona que participe en el concurso tenga el nombramiento definitivo.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 1,00 punto, según las siguientes reglas:

- Cursos de duración comprendida entre 15 y 30 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.

- Cursos de duración comprendida entre 31 y 50 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.

- Cursos de duración comprendida entre 51 y 100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.

- Cursos de duración de 101 horas lectivas o más: 0,75 puntos por curso.

En los casos en los que se haya superado prueba de aptitud exigida en la convocatoria del curso correspondiente, la valoración se incrementará en un 25%.

c) La actividad docente se valorará con un máximo de 0,10 puntos, a razón de 0,01 por hora impartida. Sólo se valorarán los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita su impartición.

d) Las publicaciones se valorarán hasta un máximo de 0,10 puntos en función del carácter innovador, la extensión, la publicación en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo.

e) La permanencia en el desempeño de puestos de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas, se valorará hasta un máximo de 0,40 puntos, en la forma que sigue:

- Por tres años completos de permanencia ininterrumpida: 0,20 puntos.

- Por cuatro años completos de permanencia ininterrumpida: 0,30 puntos.

- Por cinco años completos o más de permanencia ininterrumpida: 0,40 puntos.

3. Acreditación de méritos.

Las personas que participen en los concursos acreditarán los méritos a los que se refiere el presente decreto mediante la presentación de los documentos originales o copias auténticas o autenticadas de los mismos que los justifiquen adecuadamente o, a través de las herramientas telemáticas que, en su caso, se habiliten.

Quinta. Méritos específicos.

Los méritos específicos para cada puesto de trabajo son los que se incluyen en el Anexo II.

Sexta. Valoración de méritos.

1. El Tribunal de valoración comprobará la concurrencia en los concursantes de los requisitos que figuren en la convocatoria, excluyendo a quienes no los reúnan. A continuación puntuará, respecto de los no excluidos, los méritos del siguiente modo:

- Méritos generales, hasta un máximo de 24 puntos, según la relación individualizada de méritos generales de los habilitados nacionales, acreditados e inscritos en el Registro de Habilitados Nacionales sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.

- Méritos específicos, hasta un total de 1,50 puntos.

- Méritos de determinación autonómica, hasta un total de 3 puntos, con base en la documentación acreditativa aportada por los concursantes.

- Respecto de los puestos que no tengan méritos específicos, el Tribunal asignará únicamente la puntuación de méritos generales y de méritos autonómicos.

2. El Tribunal podrá celebrar, si lo prevé la convocatoria especifica respectiva, entrevista con concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. La fecha, lugar y hora de celebración de la entrevista serán notificados a los afectados por el Tribunal, al menos con seis días de antelación a su celebración.

3. En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el Tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquel que hubiera obtenido mayor puntuación en méritos específicos. De mantenerse el empate, a favor de quien en méritos de determinación autonómica tenga más alta puntuación. De persistir este, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación en los apartados a) b) c) d) y e), por dicho orden, del artículo 15.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio. En última instancia, el empate se resolverá en base al orden de prelación en el proceso selectivo.

Séptima. Propuesta de resolución.

Efectuadas por el Tribunal la exclusión y puntuación final de concursantes, elevará al Presidente de la Corporación propuesta de resolución comprensiva de todos los no excluidos y sus puntuaciones ordenadas de mayor a menor. Asimismo elevará relación fundada de excluidos.

Octava. Resolución.

1. El Presidente de la Corporación resolverá el concurso de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de valoración.

2. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos y comprender, por orden de puntuación, a la totalidad de los concursantes no excluidos. En el supuesto de que no se haya presentado ningún concursante, la resolución debe indicar esta circunstancia declarando desierto el concurso.

3. La resolución del concurso o, en su caso, la declaración del Presidente de la corporación declarando desierta la convocatoria, será remitida a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Novena. Coordinación de nombramientos.

La Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, transcurrido el plazo a que se refiere la base anterior, procederá a efectuar la coordinación de resoluciones coincidentes a favor de un mismo concursante, con adjudicación final de puestos, atendiendo al orden formulado por los interesados en la hoja de prelación y a la puntuación obtenida en cada uno de los puestos afectados.

Décima. Formalización de nombramientos.

De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de adjudicaciones múltiples y de las resoluciones de las Entidades Locales en los restantes, la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas procederá a formalizar los nombramientos y a su publicación en el plazo de un mes, en el Boletín Oficial del Estado.

Undécima. Plazo posesorio.

1. El plazo de toma de posesión en el destino obtenido en el concurso será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

2. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de nombramientos en el «Boletín Oficial del Estado». Si el destino obtenido comportara el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

3. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

4. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Entidades Locales en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Dirección General de la Función Pública.

Duodécima. Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.

Los concursantes no podrán renunciar al concurso ni al puesto que sea adjudicado a partir del momento en que los Tribunales eleven propuesta de resolución a la Corporación. Las adjudicaciones de puestos en el concurso tendrán carácter voluntario, no generando en consecuencia derecho alguno al abono de indemnización por traslado.

Decimotercera. Cese y toma de posesión.

1. La toma de posesión determina la adquisición de los derechos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depender el funcionario de la correspondiente Corporación.

2. Las diligencias de cese y toma de posesión de los concursantes serán comunicadas a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

Decimocuarta. Recursos.

Los actos administrativos de los Tribunales de valoración podrán ser impugnados conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante esta Dirección General de Administración Local o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, sin perjuicio de poder efectuar el requirimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de abril de 2016.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

ANEXO I

Relación de vacantes

Provincia Entidad
Secretaría, categoría superior
Granada (Ayuntamiento) Motril
Intervención, categoría superior
Granada (Ayuntamiento) Motril
Tesorería
Almería (Ayuntamiento) Huercal de Almería
Sevilla (Ayuntamiento) Alcalá de Guadaíra
Sevilla (Ayuntamiento) Écija
Secretaría, categoría entrada
Córdoba (Ayuntamiento) Baena
Intevención-Tesorería, categoría entrada
Almería (Ayuntamiento) Carboneras
Sevilla (Ayuntamiento) Castilblanco de los Arroyos
Sevilla (Ayuntamiento) Salteras
Secretaría-Intervención
Córdoba (Ayuntamiento) Espejo
Granada (Ayuntamiento) Benalúa
Granada (Ayuntamiento) Freila
Granada (Diputación Provincial) SAT
Sevilla (Ayuntamiento) Almensilla
Oficial Mayor, Secretaría categoría entrada
Cádiz (Ayuntamiento) Sanlúcar de Barrameda

aNEXO II

Bases específicas que rigen las convocatorias

ALMERÍA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Carboneras.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 17.702,71 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 15 de enero de 2016.

Convocatoria: Resolución de 22 de diciembre de 2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional.

1. Por haber prestado servicios como Interventor/a en Ayuntamiento con Oficina de Gestión y Recaudación Tributaria propia: 0,015 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 0,50 puntos.

2. Por haber prestado servicios, como Interventor/a, en un municipio con un Polígono Industrial consolidado y/o en desarrollo: 0,010 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 0,25 puntos.

3. Por haber prestado servicios como Interventor/a, en una Mancomunidad de Municipios o en un Consorcio dedicado a la prestación de servicios municipales: 0,010 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 0,25 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento.

Cursos de formación y perfeccionamiento organizados por las diferentes Administraciones Públicas, Universidades, Federaciones de Municipios, Colegios Profesionales, Cámaras Oficiales y Fundaciones Públicas (máximo 0,50 puntos), relativos a:

- Las funciones relacionadas con la Intervención, la Tesorería y/o Recaudación municipal.

- Contabilidad, Padrón, Tasas y Nóminas.

- Contabilidad por partida doble.

- Contabilidad Financiera.

- Inventario y contabilidad del inmovilizado.

- Gestión y Administración de Personal.

- Programas de Hojas de Cálculo.

Sobre los que se hará la siguiente valoración, según su duración:

- De 20 a 25 horas: 0,20 puntos por curso.

- De 26 a 40 horas: 0,40 puntos por curso.

- De más de 40 horas: 0,50 puntos por curso.

Acreditación de méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas, debiendo estar claramente especificados los méritos a valorar.

Los cursos sólo se valorarán si fueron convocados y organizados por las diferentes Administraciones Públicas, Universidades, Federaciones de Municipios, Colegios Profesionales, Cámaras Oficiales y Fundaciones Públicas. No serán valorados los cursos de menos de 20 horas de duración.

Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los seminarios sólo se valorarán si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodología que los cursos.

Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: Don Salvador Hernández Hernández, Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Presidente suplente: Don Felipe Cayuela Hernández, Concejal de Hacienda y Personal o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales titulares:

Don José Pedraza Martínez, Jefe del Servicio de Administración Local de la Delegación del Gobierno

Un/a Interventor/a de la misma categoría o superior, en activo, designado/a por COSITAL de Almería.

Don Francisco Javier Rodríguez Rodríguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Don Antonio Carrillo Venzal, funcionario del Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Carboneras.

Vocales suplentes:

Don Juan Modesto Espinosa Sierra, Asesor Técnico.

Un/a Interventor/a de la misma categoría o superior, en activo, designado/a por COSITAL de Almería.

Don Antonio M. Rodríguez Fernández, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Doña Isabel Fuentes Conde, funcionaria del Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Carboneras.

Secretario titular: Don Joaquín González Belmonte, funcionario del Ayuntamiento de Carboneras.

Secretario suplente: Don Francisco Cazorla Alonso, funcionario del Ayuntamiento de Carboneras.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de puestos de Trabajo: 22 de diciembre de 2015.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Huércal de Almería.

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: 23.498,86 euros/año.

Entrevista: Si el Tribunal lo estima conveniente.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 28.1.2016.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 1.2.2016.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (máximo 1,20 puntos).

1. Por haber desempeñado puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala Intervención-Tesorería, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población de derecho comprendida entre 13.000 y 18.000 habitantes, y con Presupuesto Municipal comprendido entre 9 y 12 millones de euros (considerando los créditos iniciales), según la siguiente escala temporal:

- De manera ininterrumpida durante ocho años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores a esta convocatoria: 1,20 puntos.

- De manera ininterrumpida durante seis años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores a esta convocatoria: 0,60 puntos.

- De manera ininterrumpida durante cuatro años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores a esta convocatoria: 0,30 puntos.

- De manera ininterrumpida durante dos años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores a esta convocatoria: 0,15 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 0,30 puntos).

1. Por la realización de cursos sobre la Gestión y el Control de la Tesorería:

- Con una duración mínima de 20 horas lectivas: 0,05 puntos.

- Con una duración mínima de 40 horas lectivas: 0,10 puntos.

2. Por la realización de cursos sobre Gestión Recaudatoria:

- Con una duración mínima de 20 horas lectivas: 0,05 puntos.

- Con una duración mínima de 40 horas lectivas: 0,10 puntos.

3. Por la realización de cursos sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles:

- Con una duración mínima de 20 horas lectivas: 0,05 puntos.

- Con una duración mínima de 40 horas lectivas: 0,10 puntos.

4.- Por la realización de cursos sobre la nueva Instrucción de Contabilidad Pública Local:

- Con una duración mínima de 20 horas lectivas: 0,05 puntos.

- Con una duración mínima de 40 horas lectivas: 0,10 puntos.

Acreditación de méritos:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificado original expedido por la Secretaría del Ayuntamiento en que hubiese prestado los servicios, donde se acredite la concurrencia de la totalidad de los méritos que se pretenden valorar.

- Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o certificación acreditativa de la participación en el curso expedida por el centro u organismo competente.

- Sólo se valorarán cursos organizados e impartidos por administraciones públicas correspondientes a planes de formación para el empleo en administraciones públicas, o bien que hayan sido homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o por el Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP) a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos. Se valorará un único curso por materia y con el objeto de salvaguardar la vigencia y actualización de las materias impartidas deberán haber sido impartidos con posterioridad al 1.12.2014.

- Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

- El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

- En caso de empate entre los aspirantes, se tendrá en cuenta al que haya obtenido mayor puntuación en los méritos específicos.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente Titular: Don Ismael Torres Miras, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Almería.

Presidente suplente: Un Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Huércal de Almería.

Vocales titulares:

Vocal 1.º Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría.

Vocal 2.º Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería.

Vocales suplentes:

Vocal 1.º Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría.

Vocal 2.º Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería.

Secretario titular: El Vocal 1.º

Secretario suplente: El Vocal 1.º suplente.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: 28 de enero de 2016.

CÁDIZ

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda.

Denominación del puesto: Oficial Mayor.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: Si el Tribunal lo estima oportuno, podrá acordar la realización de una entrevista a las personas concursantes para la concreción de los méritos autonómicos o específicos. A estos efectos se notificará a las personas interesadas, al menos con seis días de antelación, la fecha, hora y lugar de celebración. La inasistencia injustificada a la entrevista, supondrá la exclusión del concurso.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 10.2.2016, ratificadas en Pleno de 23.2.2016.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 10.2.2016.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (0,5 puntos).

Haber prestado servicios en el puesto de Secretaría, o de colaboración de ésta, como funcionario/a con habilitación de carácter nacional en Entidades Locales de Andalucía que cuenten con sociedad mercantil de capital íntegramente municipal, teniendo atribuidas las funciones de secretaría de los órganos colegiados de ésta y teniendo consolidado un grado a efectos de complemento de destino nivel 30.

Se valorará con 0,50 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (1 punto máximo).

Por estar en posesión de algún curso de Experto en Ordenación del Territorio y/o Derecho Urbanístico de Andalucía, homologado por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o por el Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP), con una duración mínima de 260 horas lectivas.

Se valorará con 1 punto.

Acreditación de méritos:

Relación de méritos (específicos y autonómicos) y documentación justificativa de los mismos debidamente compulsada o cotejada (conforme al art. 158 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales), ordenada, numerada y encuadernada en el mismo orden en que éstos se citan.

Los requisitos exigidos y los méritos deberán reunirse a la fecha de la Resolución por la que se efectúe la publicación conjunta en extracto de todas las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

La experiencia profesional en la Administración Pública se acreditará mediante certificaciones expedidas por las Administraciones correspondientes en las que se prestaron los servicios en las que se hagan constar los datos que se indican en los méritos a valorar.

La formación y el perfeccionamiento se acreditará mediante el oportuno certificado emitido por la entidad que imparta el curso, en el que se haga constar que el alumno/a ha superado el curso o ha sido calificado como apto.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: Don Víctor Mora Escobar, Presidente de la Corporación.

Presidente suplente: Don Juan Oliveros Vega, Primer Teniente de Alcalde de la Corporación.

Vocales:

Don Joaquín Coveñas Peña (funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional).

Don Francisco Ruiz López (funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional).

Don Esteban Fernández Jiménez, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Doña Carlota Polo Sánchez (funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional).

Don José Manuel Pérez Alcalá (funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional).

Don Francisco J. Ponce Calvo, representante de la Junta de Andalucía.

Secretaria:

Doña Carmen Rocío Ramírez Bernal (funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional).

Secretario suplente:

don Antonio Aragón Román (funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional).

CÓRDOBA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Baena.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría de entrada.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 784,62 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 30.12.2015.

Convocatoria: Acuerdo de Pleno de 30.12.2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (máximo 1,5 puntos).

1. Puesto que el Excmo. Ayuntamiento de Baena ha sido beneficiario de Fondos Europeos FEDER, y se ha cursado nueva solicitud de participación en dichos fondos, por importe superior a 9 millones de euros:

- Por servicios prestados por el desempeño de puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en virtud de nombramiento definitivo, provisional, acumulación o comisión de servicios en Ayuntamientos de población superior a 15.000 habitantes que haya sido beneficiario de ayudas FEDER para cofinanciar proyectos de desarrollo local y urbano por importe superior a 9 millones de euros en los últimos 5 años, que impliquen el desempeño del puesto de Secretaría de Mancomunidad de Municipios: 0,02 puntos por mes o fracción con un máximo de 1 punto, con período mínimo de 45 meses.

- Por servicios prestados por el desempeño de puesto de trabajo reservado a Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en virtud de nombramiento definitivo, provisional, acumulación o comisión de servicios en Ayuntamiento de población superior a 15.000 habitantes con Junta Municipal de Distrito correspondiente a núcleo de población separado del casco urbano y con población superior a 1000 habitantes: 0,01 puntos por mes o fracción con un máximo de 0,5 puntos, con período mínimo de 45 meses.

Acreditación de méritos:

Los méritos alegados por los concursantes en el apartado «Experiencia Profesional» se acreditarán mediante certificación emitida por las respectivas Entidades Locales donde el funcionario hubiese prestado sus servicios u original o copia compulsada de las Resoluciones en virtud de las cuales se procede al nombramiento para el desempeño del puesto principal reservado a FHCN, así como Resolución/es de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial publicada en BOE en virtud de la cual se conceden ayudas FEDER por el importe superior al exigido en las presentes Bases, así como documentación acreditativa de la existencia de núcleo de población superior a 1.000 habitantes y acuerdo de la Entidad Local de constitución de Junta Municipal de Distrito.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente Titular: Don Jesús Rojano Aguilera, Alcalde-Presidente de la Corporación.

Presidente suplente: Doña Concepción Ballesteros Ruiz, Teniente de Alcalde.

Vocales titulares:

Don Francisco Gómez Ruiz, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Don Antonio Fernando Fernández Benítez, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Don Antonio Megías González, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Don José Antonio Ariza Baena, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Don Alfonso Moreno Olmedo, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Doña Blanca Palacios Gamero, funcionaria con habilitación de carácter nacional.

Doña Inés Fábregas Cobo, funcionaria con habilitación de carácter nacional.

Doña María del Mar Pastor Roses, representante de la Junta de Andalucía.

Secretario titular: Don Francisco Gómez Ruiz, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Secretario suplente: Don Alfonso Moreno Olmedo, funcionario con habilitación de carácter nacional.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: Acuerdo Pleno de 17.1.2016.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Espejo.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: 1.151,27 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 28.1.2016.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 29.1.2016.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (máximo 0,77 puntos).

a) Haber prestado servicios en los últimos cuatro años, en puestos de la subescala a la que se concursa, reservados a Habilitados, en cualquiera de las formas de provisión específicas de tales funcionarios, en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma andaluza con población entre 3.000 y 4.000 habitantes: 0,02 puntos por mes completo trabajado, con un máximo de 0,64 puntos.

b) Haber prestado servicios como Técnico de Administración General, como funcionario de carrera o interino, en Entidades Locales de la Comunidad Autónoma Andaluza: 0,005 puntos por mes completo trabajado, con un máximo de 0,13 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 0,70 puntos).

Por estar en posesión del título de Máster Universitario en Derecho Autonómico y Local: 0,70 puntos por título, con un máximo de 0,70 puntos.

C) Otros méritos (máximo 0,03 puntos).

Por la impartición de conferencias, con independencia de su duración, en el marco de cursos organizados por Administraciones Públicas o Universidades, sobre protección jurídica de consumidores y usuarios: 0,03 puntos por conferencia, hasta un total de 0,03 puntos.

Acreditación de méritos:

La «experiencia profesional» se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaría de la Corporación donde se hayan prestado los servicios, haciendo constar todas las circunstancias de la Corporación que se puntúan en las bases, así como el tiempo de prestación de los mismos.

La «formación y perfeccionamiento» se acreditarán mediante la presentación de copia compulsada del respectivo título.

Los «otros méritos» se acreditarán mediante certificación de la Secretaría de la respectiva Administración Pública o Universidad organizadora de la conferencia.

En caso de empate entre los aspirantes, primará la mayor puntuación alcanzada con los méritos específicos.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente Titular: Don Florentino Santos Santos, Alcalde-Presidente de la Corporación, o miembro de la misma en quien delegue.

Presidente suplente: Doña Inmaculada Silas Márquez, Primera Teniente de Alcalde, o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales titulares:

Cuatro miembros del Colegio Provincial de Córdoba de Secretarios, Interventores y Tesoreros, designados por el mismo.

Vocales suplentes:

Cuatro miembros del Colegio Provincial de Córdoba de Secretarios, Interventores y Tesoreros, designados por el mismo.

Secretario titular: Uno de los vocales titulares designados por Cosital Córdoba.

Secretario suplente: Uno de los vocales suplentes designados por Cosital Córdoba.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: 28.1.2016.

GRANADA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Benalúa

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: 1.317,16 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 8 de febrero de 2016.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 8 de febrero de 2016.

2. Méritos específicos (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional (máximo 1,5 puntos).

Se valorará el haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería categoría superior, en virtud de nombramiento definitivo o provisional, en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que reúna las siguientes circunstancias:

Se valorará el haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería categoría superior, conjuntamente en el Ayuntamiento y en un Consorcio que esté adscrito al Ayuntamiento, debido a que las funciones del Ayuntamiento y del Consorcio están vinculadas, lo que lleva consigo la necesidad de ostentar unos conocimientos específicos y la experiencia necesaria: 1,5 puntos (0,25 por mes trabajado).

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por el Ayuntamiento o Entidad en la que se hayan prestado los servicios.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente Titular: Don Manuel Martínez Sánchez, el de la Corporación.

Presidente suplente: Doña María Dolores Hernández García, Teniente de Alcalde de la Corporación.

Vocales titulares:

Doña María del Carmen Jiménez Alonso, funcionaria con habilitación nacional.

Don Julio Leonardo Arias Martín, funcionario con habilitación nacional.

Doña Inmaculada Fortes Sánchez, funcionaria con habilitación nacional.

Don Javier Casado Capell, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Don Manuel López Cozar, funcionario con habilitación nacional.

Doña Encarnita Sánchez Perea, funcionario con habilitación nacional.

Don Francisco de Paula Aguilera González, funcionario con habilitación nacional.

Don José López Ortiz, representante de la Junta de Andalucía.

Secretario titular: Doña Luisa Navarrete Amezcua, funcionario con habilitación nacional.

Secretario suplente: Don Manuel Hidalgo García, funcionario con habilitación nacional.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Freila.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 18.2.2016.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 3.11.2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional (1,2 puntos máximo).

Por haber prestado servicios de Secretaría-Intervención en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 0,10 puntos por mes con un máximo de 1,2 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (0,3 puntos máximo).

Por la impartición como asistente o alumno/a a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos y homologados por el INAP o el IAAP, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo hasta un máximo de 0,3 puntos.

La escala de valoración será la siguiente:

- Cursos de 15 a 30 horas: 0,125 puntos por curso.

- Cursos de 31 a 50 horas: 0,20 puntos por curso.

- Cursos de 51 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

- Cursos de 101 o más horas: 0,30 puntos por curso.

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por el Secretario General de la Corporación correspondiente.

La formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación del título, diploma o certificación acreditativa original, o copia compulsada de los mismos.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente Titular: Don Antonio Espínola Rodríguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Presidente suplente: Don Gregorio Marañón Lizana, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocales titulares:

Doña Mercedes Dabán Sánchez, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

Doña María Belén Olivares Flores, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

Don Javier Casado Capell, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

Doña Margarita Rojas, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

Don Antonio Linares García, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

Don Juan Gabriel Morga Álvarez, representante de la Junta de Andalucía.

Secretaria titular: Doña Elena Rojas, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

Secretaria suplente: Doña Elena Valenzuela Poyatos, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Motril.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 26.000,00 euros.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 29.1.2016.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 8 de febrero de 2016.

2. Méritos específicos (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional (máximo 1,5 puntos).

Se puntuarán hasta un máximo de 1,5 puntos la experiencia profesional de los aspirantes desempeñando puestos de trabajo de Interventor/a, categoría superior a razón de 0,5 puntos por cada año de servicio.

Se valorarán proporcionalmente los servicios prestados por tiempo inferior a un año, así como los prestados a tiempo parcial. Sin embargo, en los casos establecidos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 1,5 puntos).

Se valorará con 0,001 puntos por cada hora y hasta un máximo de 1,5 puntos las acciones formativas homologadas por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP) impartidos por instituciones de carácter público, colegios profesionales o por centros autorizados y reconocidos que guarden relación directa con las funciones del puesto de la convocatoria y se acredite su duración.

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificado expedido por el/la Secretario/a de la Corporación correspondiente en el que consten los méritos que se pretenden valorar, con expresa mención que el puesto de Intervención esté clasificado de categoría superior.

La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o título o certificación de la participación en el curso expedida por el centro u órgano correspondiente. Se rechazarán aquellos títulos, diplomas o certificaciones que no expliciten la duración del curso en horas, así como los que no estén homologados por el INAP o IAAP.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente Titular: Doña María Flor Almón Fernández, Alcaldesa de Motril.

Presidente suplente: Don Antonio José Escámez Rodríguez, Primer Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras Públicas y Medio Ambiente.

Vocales titulares:

Don Vicente de Paúl Pérez Rodríguez, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Don Javier Casado Capell, representante de la Junta de Andalucía.

Don Roberto Bueno Moreno, Tesorero del Ayuntamiento de Motril.

Don Rafael Muñoz Gómez, Secretario del Ayuntamiento de Motril.

Vocales suplentes:

Don Gustavo García-Villanueva Zurita, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Don Juan Carlos Ruiz Sánchez, representante de la Junta de Andalucía.

Doña Eva María Ramírez Pérez de Andrade, Jefa de Sección de Control Económico y Financiero.

Doña Inmaculada Sierra Morcillo, Jefa del Servicio de Asesoría Jurídica.

Secretario titular: Don Rafael Muñoz Gómez, Secretario del Ayuntamiento de Motril.

Secretario suplente: Doña Inmaculada Sierra Morcillo, Jefa del Servicio de Asesoría Jurídica.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Motril.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 26.000,00 euros.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 29.1.2016.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 8 de febrero de 2016.

2. Méritos específicos (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional (máximo 1,5 puntos).

Se puntuarán hasta un máximo de 1,5 puntos la experiencia profesional de los aspirantes desempeñando puestos de trabajo de Secretario/a, categoría superior a razón de 0,5 puntos por cada año de servicio.

Se valorarán proporcionalmente los servicios prestados por tiempo inferior a un año, así como los prestados a tiempo parcial. Sin embargo, en los casos establecidos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 1,5 puntos).

Se valorará con 0,001 puntos por cada hora y hasta un máximo de 1,5 puntos las acciones formativas Homologadas por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP) impartidos por instituciones de carácter público, colegios profesionales o por centros autorizados y reconocidos que guarden relación directa con las funciones del puesto de la convocatoria y se acredite su duración.

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificado expedido por el/la Secretario/a de la Corporación correspondiente en el que consten los méritos que se pretenden valorar, con expresa mención que el puesto de Intervención esté clasificado de categoría superior.

La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o título o certificación de la participación en el curso expedida por el centro u órgano correspondiente. Se rechazarán aquellos títulos, diplomas o certificaciones que no expliciten la duración del curso en horas, así como los que no estén homologados por el INAP o IAAP.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente Titular: Doña María Flor Almón Fernández, Alcaldesa de Motril.

Presidente suplente: Don Antonio José Escámez Rodríguez, Primer Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras Públicas y Medio Ambiente.

Vocales titulares:

Don Vicente de Paúl Pérez Rodríguez, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Don Juan Carlos Ruiz Sánchez, representante de la Junta de Andalucía.

Don Roberto Bueno Moreno, Tesorero del Ayuntamiento de Motril.

Don Rafael Muñoz Gómez, Secretario del Ayuntamiento de Motril.

Vocales suplentes:

Don Gustavo García-Villanueva Zurita, funcionario con habilitación de carácter nacional.

Don Javier Casado Capell, representante de la Junta de Andalucía.

Doña Eva María Ramírez Pérez de Andrade, Jefa de Sección de Control Económico y Financiero.

Doña Inmaculada Sierra Morcillo, Jefa del Servicio de Asesoría Jurídica.

Secretario titular: Don Rafael Muñoz Gómez, Secretario del Ayuntamiento de Motril.

Secretario suplente: Doña Inmaculada Sierra Morcillo, Jefa del Servicio de Asesoría Jurídica.

1. Datos identificativos Corporación.

Denominación de la Corporación: Diputación Provincial de Granada.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención (SAT).

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Complemento de destino: 22.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de 28 de enero de 2016.

Convocatoria: Resolución de Presidencia de 8 de febrero de 2016.

2. Méritos específicos: (1,5 puntos máximo)

A) Experiencia Profesional: (1,5 puntos máximo).

Haber desempeñado el puesto de trabajo de secretario-interventor en servicios de asistencia a municipios de Diputaciones Provinciales, Cabildos o Consejos Insulares o Comunidades Autónomas Uniprovinciales: por cada mes de servicios 0,10 puntos, con un máximo de 1,5 puntos.

Acreditación de méritos:

Los méritos se acreditarán mediante certificado expedido por la entidad donde ha prestado los servicios.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente: Titular: don José Ignacio Martínez García, Jefe del Servicio de Asistencia a Municipios.

Suplente: don Antonio Córdoba Fernández, Licenciado en Derecho, Letrado del Servicio de Asistencia a Municipios.

Vocales titulares:

Doña Elena Rojas Martín, Secretaria-Interventora SAT.

Doña Margarita Rojas Martín, Secretaria-Interventora SAT.

Don Manuel Francisco Franco Romero García, TAG, Letrado del Servicio de Asistencia a Municipios.

Doña Mercedes Dabán Sánchez, Secretaria-Interventora SAT.

Vocales suplentes:

Don Ramón Fernández Fernández, Jefe de Sección de Asistencia Económica SAT.

Doña Amparo Jiménez Balboa, Economista SAT.

Doña Josefa Guerrero González, Economista SAT.

Doña Raquel Yeste Martín, Letrada del servicio de Asistencia a Municipios.

Secretaria titular:

Doña Mercedes Dabán Sánchez, Secretaria-Interventora SAT.

Secretaria suplente:

Doña Raquel Yeste Martín, Letrada del servicio de Asistencia a Municipios.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: 22.12.2003.

SEVILLA

1. Datos identificativos Corporación.

Denominación de la Corporación: Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.

Complemento de Destino: 30.

Complemento específico: 40.958,82 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de 21.1.2016.

Convocatoria: Acuerdo Pleno de 21.1.2016.

2. Méritos específicos: (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional: (1 punto máximo).

- Por haber desempeñado por un período continuado no inferior a 2 años un puesto de trabajo de Tesorería, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, con nombramiento definitivo, en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población de más de 20.000 habitantes: 0,25 puntos.

- Por haber desempeñado por un periodo continuado no inferior a 2 años un puesto de trabajo de Tesorería, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería, en Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 0,25 puntos.

- Por haber desempeñado puesto de trabajo de Tesorería, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería, en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población de más de 50.000 habitantes y que cuente para la gestión directa de alguno de los servicios públicos de su competencia con una organización especializada sin personalidad jurídica propia: 0,50 puntos.

B) Cursos de Formación y Perfeccionamiento: (0,25 puntos máximo).

Haber cursado Máster o un programa de doctorado en materias relacionadas con las características y funciones del referido puesto de trabajo, expedido u homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública.

C) Otros méritos: (0,25 puntos máximo).

Por haber alcanzado la categoría superior, dentro de la subescala de Intervención-Tesorería y tener una antigüedad en dicha categoría de al menos 2 años.

Acreditación de méritos:

Apartado A con certificación del municipio en que hubiese prestado los servicios.

Apartado B y C con fotocopia del diploma o título debidamente expedido y compulsado.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente: Titular: Don Francisco de Asís Sánchez-Nieves Martínez, Interventor del Ayuntamiento.

Suplente: Don Rafael Buezas Martínez, Viceinterventor del Ayuntamiento.

Vocales:

Titular: Don Juan Carlos del Moral Montoro, representante de la Junta de Andalucía.

Suplente: Doña Manuela Parrilla Ríos, representante de la Junta de Andalucía.

Titular: Don José Manuel Parrado Florido, Vicesecretario del Ayuntamiento.

Suplente: Don Francisco José Moreno Rodríguez, funcionario de carrera de este Ayuntamiento.

Titular: Don Pablo Ruiz Ruiz, funcionario de carrera de este Ayuntamiento.

Suplente: Don Juan Pablo Guerrero Moreno, funcionario de carrera de este Ayuntamiento.

Titular: Don Fernando Manuel Gómez Rincón, Secretario del Ayuntamiento, que asumirá las funciones de secretario del Tribunal.

Suplente: Don José Luis Martín López, funcionario de carrera de este Ayuntamiento.

1. Datos identificativos Corporación.

Denominación de la Corporación: Ayuntamiento de Almensilla.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Complemento de destino: 26.

Entrevista: El Tribunal podrá acordar, si lo estima necesario, la celebración de una entrevista para la concreción de los méritos específicos. A estos efectos, se notificará a los concursantes, la fecha, hora y lugar de celebración.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de 15.1.2016, rectificadas por Acuerdo de Pleno de 27.1.2016.

Convocatoria: Acuerdo de 29.1.2015.

2. Méritos específicos: (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional: (1,20 puntos máximo).

- Por haber prestado servicios como funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención o Secretaría de Entrada, mediante nombramiento definitivo o provisional en municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se valorará con 0,05 puntos por año, hasta un máximo de 0,40 puntos. En ningún caso se valorarán las fracciones inferiores al mes.

- Por haber prestado servicios como funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante nombramiento definitivo o provisional o en comisión de servicios, en puestos de Secretario de Consorcio o de Mancomunidades. Se valorará con 0,07 puntos por mes, hasta un máximo de 0,50 puntos.

- Por haber prestado servicios como Técnico de Administración General en Diputación Provincial. Puntuación: 0,10 por mes hasta un máximo de 0,30.

B) Cursos de Formación y Perfeccionamiento: (0,30 puntos máximo).

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:

- Derecho Administrativo Local Andaluz: Puntuación 0,06.

- Curso E-Gestión Presupuestaria en las Entidades Locales: Puntuación 0,06.

- Curso sobre Empresa Pública de las Entidades Locales: Puntuación 0,06.

- Curso sobre Urbanismo Práctico en Andalucía: Puntuación 0,06.

- Novedades en la Legislación Protectora del Medio Ambiente. Su incidencia en las Corporaciones Locales: Puntuación 0,06.

Acreditación de méritos:

La Experiencia profesional se acreditará mediante el certificado de servicios previos correspondiente expedido de la Corporación, con el visto bueno del Alcalde, donde se hubieren prestado los servicios, así como por certificados de servicios prestados en la Diputación, en el caso de servicios prestados en el Consorcio se presentará Resolución de nombramiento por parte de la Presidencia.

Los Cursos de formación y perfeccionamiento, se acreditarán mediante fotocopias compulsadas de los certificados de asistencia a los cursos o títulos de los mismos, expedidos por el Organismo que los imparte. Para ser valorados deberá constar, en todo caso, que han sido impartidos y homologados por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por el Instituto Andaluz de la Administración Pública. Para velar por el carácter actual de las materias tratadas en los mismos, así como estar al corriente de las novedades legislativas, los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridad al 1 de enero de 2008.

En cualquier caso, sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella documentación que consideren oportuna, en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente: Titular: Doña Agripina Cabello Benítez, Alcaldesa-Presidente de esta Corporación.

Suplente: Doña Elvira Sánchez Gómez, Primera Teniente de Alcalde de esta Corporación.

Vocales:

Doña Beatriz Crivell Reyes, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría de entrada, que asumirá las funciones de Secretaria del Tribunal.

Suplente: Doña María José García Carrero, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

Doña María Martínez Villamor, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacioanl, Subescala Secretaría-Intervención.

Suplente: Doña Eva María Delis Ruiz, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

Doña María del Mar Ferreiro Hernández, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

Suplente: Doña Trinidad Méndez Trigo, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

Doña Manuela Parrilla Rios, representante de la Junta de Andalucía.

Suplente: Don Juan Carlos del Moral Montoro, representante de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 26.

Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar, si lo estima necesario, la celebración de una entrevista. A tales efectos, se notificará a los concursantes afectados el lugar, fecha y hora de celebración.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 29.1.2016.

Convocatoria: Acuerdo Pleno 29.1.2016.

2. Méritos específicos: No se contemplan.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente titular: Don Segundo Benítez Fernández, Alcalde del Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos.

Presidente suplente: don José Manuel Carballar Alfonso.

Vocales:

Titulares:

1.º Doña Mercedes Morales Muñoz.

2.º Don Manuel García González.

3.º Doña M.ª Mar Macías Sánchez, que actuará de Secretaria.

4.º Don José Manuel Márquez Naranjo, representante de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

1.º Doña Salud Navarro Palomo.

2.º Don José Reyes Oliveros Fernández.

3.º Don José Ángel Márquez Ochoa, que actuará de Secretario suplente.

4.º Don Francisco Rafael Domínguez Castro, representante de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Denominación de la Corporación: Ayuntamiento de Écija.

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.

Complemento de destino: 30.

Complemento específico: 14.662,17 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de 29 de enero de 2016.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 1 de febrero de 2016.

2. Méritos específicos:(1,5 puntos máximo)

A) Experiencia Profesional: (1,25 puntos máximo).

- Por servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional correspondiente a la subescala a la que se concursa, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, mediante cualquiera de las fórmulas de provisiones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (ya sea en propiedad, provisional, comisión de servicios o acumulación) en Ayuntamientos o Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 0,015 puntos por mes completo de servicios.

- Por servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional correspondiente a distinta subescala a la que se concursa, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, mediante cualquiera de las fórmulas de provisiones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (ya sea en propiedad, provisional, comisión de servicios o acumulación) en Ayuntamientos o Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 0,005 puntos por mes completo de servicios.

B) Cursos de Formación y Perfeccionamiento: (0,25 puntos máximo).

Se valorará la asistencia a los cursos homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública o Instituto Andaluz de Administración Pública, que guarden relación directa con las funciones del puesto de la convocatoria: 0,001 punto por cada hora.

No serán objeto de valoración los títulos, diplomas o certificaciones que no especifiquen la duración del curso en horas así como los que no estén homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública o Instituto Andaluz de Administración Pública.

Acreditación de méritos:

1. Experiencia profesional: La Experiencia profesional se acreditará mediante el certificado original o compulsado del correspondiente Ayuntamiento o Diputación Provincial, expedido por el Secretario y visado por el Alcalde o Concejal Delegado en el caso de Ayuntamiento y Presidente o Diputado Delegado en el caso de Diputación Provincial, en el que consten todos los extremos que han de ser tenidos en cuenta para la valoración.

También se podrá acreditar mediante la presentación de Certificación de Servicios original o compulsada expedida por el órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. Formación y Perfeccionamiento: La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante la presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o título o certificación de la participación en el curso expedida por el centro u órgano correspondiente.

También se podrá acreditar mediante la presentación de Certificación de Servicios original o compulsada expedida por el órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Sólo serán valorados aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo ser acreditados documentalmente y relacionarse en la solicitud de participación.

El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella documentación que consideren oportuna, en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente: Titular: El Alcalde de la Corporación o Concejal en quien delegue.

Vocales titulares:

Don Francisco Rafael Domínguez Castro, representante de la Junta de Andalucía.

Tres vocales funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala del puesto convocado.

Vocales suplentes:

Don José Manuel Márquez Naranjo, representante de la Junta de Andalucía.

Tres vocales funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala del puesto convocado.

Secretario: Actuará como Secretario uno de los vocales o suplentes, funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala del puesto convocado.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Salteras.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 29.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía 10.2.2016.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 10.2.2016.

2. Méritos específicos: No se contemplan.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: don Antonio Valverde Macías, Alcalde del Ayuntamiento de Salteras.

Presidente suplente: 2.ª Teniente de Alcalde: Doña M.ª del Carmen de los Santos Polvillo.

Vocales:

Titulares:

1.º Doña Manuela Parrilla Ríos, funcionario de la Junta de Andalucía.

2.º Un representante de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de igual categoría que la del puesto que se convoca, a nombrar por el Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros.

Suplentes:

1.º Don Juan Carlos del Moral Montoro, representante de la Junta de Andalucía.

2.º Un representante de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de igual categoría que la del puesto que se convoca, a nombrar por el Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros.

Secretario titular: Don Francisco Macías Rivero, Secretario General de la Corporación.

Secretario suplente: Doña Rocío Huertas Campos, Vicesecretaria del Ayuntamiento.

ANEXO III

Solicitud de participación con reverso

CONCURSO ORDINARIO PARA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN (1)

I. DATOS PERSONALES
Apellidos:
Nombre: DNI NRP
Domicilio (a efectos de notificación):
Calle y número:
Código postal y localidad:
Provincia: Teléfono:
II. DATOS PROFESIONALES
Subescala (2): Categoría:
Situación administrativa en que se encuentra:
Destino actual:
Forma y fecha del nombramiento en el destino actual (3):
II. DATOS DEL PUESTO AL QUE CONCURSA
Entidad Local en que radica el puesto:
Provincia:
Denominación del puesto:

Solicita tomar parte en el concurso ordinario de traslado para funcionarios con habilitación nacional, publicado por resolución de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, al puesto de trabajo arriba indicado, declarando no estar incurso en ninguna de las causas de exclusión indicadas en la base segunda de las comunes y acompañando la documentación que se especifica al dorso.

Lugar fecha y firma

Sr. Presidente de la Entidad Local de .................................................................................................................

(1) Enviar una solicitud al Presidente de cada Entidad Local cuyo puesto se solicite en el concurso. Acompañar, en su caso, los documentos acreditativos de los méritos de determinación autonómica y específicos alegados.

(2) Cumplimentar solo la Subescala que faculta para concursar al puesto a que se refiere la solicitud.

(3) Definitivo o provisional.

1. DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

A) De los méritos de determinación autonómica:

B) De los méritos específicos:

ANEXO IV

Orden de prelación de adjudicaciones

CONCURSO ORDINARIO DEL AÑO 2016 PARA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

ORDEN DE PRELACIÓN DE ADJUDICACIONES (1)

I. DATOS PERSONALES
Apellidos:
Nombre: DNI NRP
Domicilio (a efectos de notificación)
Calle y número:
Código postal y localidad:
Provincia: Teléfono:
II. DATOS PROFESIONALES
Subescala/s y categoría/s a que concursa:
Situación administrativa en que se encuentra:
Destino actual:
Forma y fecha del nombramiento en el destino actual (2):

Habiéndose solicitado tomar parte simultáneamente en distintos concursos de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación estatal, publicados conjuntamente por resolución de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de fecha......... de 2016, formula ante esa Dirección General, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la tercera base de las Bases Generales de la presente Convocatoria, el siguiente orden de prelación para el supuesto de que le fueran adjudicados dos o más puestos de los solicitados:

Núm. de orden Entidad Local Nombre del puesto
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10

Lugar, fecha y firma

Dirección General de la Función Pública

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Calle María de Molina, 50

28071, Madrid

(1) Enviar un solo modelo de orden de prelación que incluya todos los puestos solicitados en el concurso ordinario.

(2) Definitivo o provisional.

(3) Añádanse cuantos números sean precisos en función de la extensión que se desee dar a la prelación.

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