Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 29/04/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 15 de diciembre de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Dos Hermanas, dimanante de autos núm. 654/2014. (PP. 411/2016).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00086268.

NIG: 4103842C20140006991.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 654/2014. Negociado: JE.

De: Don José de la Rosa Aguado.

Procurador: Sr. Francisco de Paula Ruiz Crespo.

Contra: Doña Rocío Arteaga Muñoz.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 654/2014 seguido a instancia de don José de la Rosa Aguado frente a doña Rocío Arteaga Muñoz se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es tenor literal es el siguiente:

ENCABEZAMIENTO

Vistos por el Ilmo. Sr. don Rogelio Reyes Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de esta ciudad, los presentes autos núm. 654/14 de Juicio Verbal sobre tutela sumaria de la tenencia o de la posesión de una cosa o derecho, seguidos entre partes, de la una, como demandante, don José de la Rosa Aguado, representado por el Procurador de los Tribunales don Francisco de Paula Ruiz Crespo y asistido por el Letrado don Miguel Ángel Velarde Moreno, contra doña Rocío Arteaga Muñoz, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales don Francisco de Paula Ruiz Crespo, en nombre y representación de don José de la Rosa Aguado, debo condenar y condeno a doña Rocío Arteaga Muñoz, en situación procesal de rebeldía, a que permita la entrada en la vivienda de la que es arrendataria, sita en Avenida de Europa, 101 H, P4, 1.ª A, Montequinto (Dos Hermanas), a los técnicos y operarios que se designen por la Comunidad de Propietarios a fin de que puedan establecer el origen de los daños provocados por las filtraciones de agua en el local propiedad del actor, y, en caso necesario, permita el acceso de tales operarios y técnicos a fin de que lleven a cabo las reparaciones necesarias, bajo el apercibimiento de acordarse la ejecución judicial forzosa de dicha obligación en caso de no ser cumplida voluntariamente, y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Y encontrándose dicha demandada, Rocío Arteaga Muñoz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a la misma.

En Dos Hermanas, a quince de diciembre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

Descargar PDF