Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 30/05/2017

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud

Resolución de 24 de mayo de 2017, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, de la anulación de la Resolución de 5 de enero de 2017, por la que se convoca acceso al proceso de selección para la cobertura del puesto de Director/a de Recursos Humanos para la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol.

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Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 6, de 11 de enero de 2017, la Resolución de 5 de enero de 2017, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, por la que se convoca acceso al proceso de selección para la cobertura del puesto de Director/a de Recursos Humanos para la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, dicha Resolución queda Anulada por el siguiente motivo:

En fecha 11 de enero de 2017 se publicó en BOJA la Resolución de 5 de enero de 2017, de la Dirección Gerencia de la APESCS, por la que se convoca acceso al proceso de selección para la cobertura del puesto de Director/a de Recursos Humanos para la APESCS, en dicha publicación se indicaba que las bases de la convocatoria se encontraban a disposición de los interesados en Recursos Humanos de los centros dependientes de la APESCS y en el apartado Ofertas de empleo de la página web: www.hcs.es.

Hasta la fecha actual el proceso selectivo en cuestión se ha venido desarrollando conforme a lo dispuesto en la bases del mismo, habiéndose publicado únicamente un listado provisional de preseleccionados, y sin que se hayan realizado las pruebas de aptitud y/o entrevista personal y/o cuestionarios de personalidad algunos, previstas en las bases de la convocatoria.

En fecha 3 de mayo de 2017, se emite informe preceptivo por la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía con carácter desfavorable a la provisión del puesto de Director/a de Recursos Humanos de la APESCS.

El art. 25.5 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2016 establece que «Serán nulos de pleno derecho los acuerdos adoptados o los contratos suscritos en esta materia en contra de un informe desfavorable, o que determinen cuantías económicas superiores a las establecidas en los apartados 3 y 4 del presente artículo. En ambos casos, así como la omisión de los informes previstos en este artículo, podrán dar lugar a la devolución de las cantidades indebidamente percibidas, en los términos recogidos en la legislación vigente».

Por lo expuesto, de continuar la tramitación del proceso selectivo de Director/a de Recursos Humanos, teniendo en cuenta la existencia de informe preceptivo desfavorable emitido por órgano competente de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, se incurriría en nulidad radical con las consecuencias previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por último, y teniendo en cuenta la fase en que se encuentra el proceso selectivo, en la que solamente se ha publicado un listado de preseleccionados y no se han realizado las pruebas previstas en las bases de la convocatoria, se estima que con la anulación del mismo no se produce lesión efectiva de derechos, pues la misma no puede referirse a derechos todavía no adquiridos, pues la presentación de solicitudes y documentación y la publicación de un listado provisional de preseleccionados, no pueden ser consideradas sino como meras expectativas.

Por lo expuesto, la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol

RESUELVE

Primero. Anular el proceso de selección iniciado mediante la Resolución de 5 de enero de 2017, de la Dirección Gerencia de la APESCS, por la que se convoca acceso al proceso de selección para la cobertura del puesto de Director/a de Recursos Humanos para la APESCS.

Segundo. Publicar la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su última y modificada redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de su notificación.

Marbella, 24 de mayo de 2017.- El Director Gerente, Torcuato Romero López.

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