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NIG: 4109142M20130003613.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1585/2013. Negociado: 01.
De: Raminatrans, S.L.
Procuradora: Sra. María del Pilar Vila Cañas.
Contra: Ignacio Rafael Fernández de Caleya Molina y Gregorio Ybarra Moreno.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1585/2013 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Sevilla a instancia de Raminatrans, S.L. contra Ignacio Rafael Fernández de Caleya Molina y Gregorio Ybarra Moreno sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 296/2016
En Sevilla, a nueve de junio de dos mil dieciséis.
Pronuncia don Juan Francisco Santana Miralles, Juez de Adscripción Territorial adscrito a este Juzgado, en el procedimiento de Juicio Verbal núm. 704/14, seguido a instancia de la Procuradora de los Tribunales Sra. Vila Cañas, en nombre y representación de Ramintrans, S.L., asistida por la Letrada Sra. Sánchez Cañas, contra don Gregorio Ybarra Moreno y don Ignacio Rafael Fernández de Caleya Molina en su condición de administradores de la entidad Promofactor, S.L., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que, estimando totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Ramitrans, S.L., debo condenar y condeno a don Gregorio Ybarra Moreno y don Ignacio Rafael Fernández de Caleya Molina a abonar a la acotra la cantidad de cincuenta y seis mil doscientos setenta y nueve euros con treinta y seis céntimos –56.279,36 €–, más los intereses legales en el modo explicitado en el penúltimo fundamento de derecho de esta resolución.
Se imponen a la parte demandada las costas causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento haciéndoles saber que la misma es firme y contra ella no cabe recurso alguno.
Así por esta sentencia, de la que se unirá testimonio literal a los autos, la pronuncia, manda y firma don Juan Francisco Santana Miralles, Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número Dos de Sevilla. Doy fe.
E.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Ignacio Rafael Fernández de Caleya Molina, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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