Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 05/06/2017

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 24 de mayo de 2017, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Secretaría General de Pleno del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Secretaría General de Pleno, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), por dicha Entidad se han aprobado las bases y convocatoria mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia, de fecha 17 de abril de 2017, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, aplicable en virtud da la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con el artículo 12.2 d) de Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, esta Dirección General de Administración Local:

R E S U E L V E

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Secretaría General de Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional con las características que a continuación se indican:

a) Corporación: Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz).

b) Denominación y clase del puesto: Secretaría General del Pleno.

c) Nivel de complemento de destino: 30.

d) Complemento específico: 49.772,80 euros anuales.

e) Requisitos para su desempeño: Subescala Secretaría, categoría Superior.

Requisitos de los aspirantes.

Podrán participar en la convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría, categoría Superior.

No podrán participar en la convocatoria los funcionarios que se encuentren en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 18, apartado 3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Solicitudes.

Los interesados en participar en la convocatoria dirigirán sus solicitudes a la Excma. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera en el plazo de quince días naturales siguientes al día de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, sito en C/ Consistorio, 15, C.P. 11403, de Jerez de la Frontera, o mediante cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de que la solicitud se presente en un Registro diferente al del Ayuntamiento de Jerez, el interesado deberá simultáneamente remitir aviso de su presentación mediante e-mail al correo electrónico alcaldia.ayuntamiento@aytojerez.es o al fax número 956 149 320.

La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los aspirantes reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, lo que acreditaran acompañando los documentos acreditativos del cumplimiento de los mismos.

A la solicitud se acompañará asimismo, los méritos profesionales y académicos mediante los siguientes documentos acreditativos de:

a) Titulaciones académicas.

b) Años de servicio en el Sector Público.

c) Los puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas de más de 25.000 habitantes y sus entes dependientes.

d) Servicios prestados en el ámbito de la docencia universitaria.

e) Servicios prestados en entidades locales de ámbito superior al municipio.

f) Conocimiento del funcionamiento de entes instrumentales, en especial Sociedades Mercantiles dependientes.

g) Estudios, cursos, formación y especialización realizadas.

h) Cualquier otro mérito que consideren oportuno destacar en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado, acompañando documentación fidedigna acreditativa de los extremos indicados.

La documentación indicada se acreditará con la presentación de originales o fotocopìas compulsadas de la misma. Los requisitos exigidos en las presentes bases, así como los requisitos y experiencia alegados, deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo para tomar parte en la convocatoria. Se podrán recabar de los participantes en la convocatoria las aclaraciones o documentación adicional, cuando de la presentada no resulten suficientemente acreditados los datos alegados en relación con los requisitos exigidos.

Los aspirantes podrán ser convocados para realizar una entrevista curricular destinada a comprobar los méritos aducidos. A estos efectos, el Ayuntamiento de Jerez comunicará con tres días de antelación, el día, lugar y hora en laque se llevará a cabo la misma. Los gastos de desplazamiento serán de cuenta de los aspirantes.

Resolución y nombramiento.

La resolución de la presente convocatoria corresponde al Presidente de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, que lo hará por el procedimiento de libre designación, una vez constatados los requisitos exigidos, en un plazo de un mes, dando inmediata cuenta al Pleno y trasladando la resolución a la Dirección General de Administración Local de la Consejería de la Presidencia y Administración Local de la Junta de Andalucía y a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto deberá ser adjudicado entre las personas candidatas que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión en el nuevo destino será de tres días hábiles o de un mes, dependiendo de que el aspirante seleccionado viniera desempeñando o no su anterior puesto en Jerez de la Frontera.

Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Dirección General de la Función Pública.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 24 de mayo de 2017.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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