Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 07/06/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

Extracto de la Resolución de la Dirección General de Consumo, por la que se convocan, en el ejercicio 2017, las subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía.

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BDNS (Identif): 348430, 348431, 348432.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2017, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía, en la cuantía máxima que se específica y con cargo al crédito presupuestario que asimismo se indica:

Denominación de la Línea Cuantía máxima Partidas presupuestarias
Línea 1. Asociaciones de personas consumidoras 1200010000/G/44H/48601/0001
Línea 1. Sociedades de Cooperativas de Consumo 1200010000/G/44H/47000/0001
Línea 2. Federaciones de Asociaciones de personas consumidoras 1200010000/G/44H/48601/0001
Línea 2. Federaciones de Sociedades Cooperativas de Consumo 1200010000/G/44H/47000/0001
Línea 3. Consumo Responsable 1200010000/G/44H/48405/0001

Segundo. Beneficiarios.

- Las Asociaciones de personas consumidoras y usuarias constituidas con arreglo a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, que tengan por finalidad, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la defensa de los intereses de las personas consumidoras, incluyendo su información y educación en dicha materia, bien con carácter general, bien en relación con productos o servicios determinados.

- Las Sociedades Cooperativas de personas consumidoras y usuarias constituidas con arreglo a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, y a la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, que reúnan las siguientes condiciones:

a) Incluir dentro de su objeto social, en los Estatutos, la defensa, asistencia, información, educación y formación de sus miembros como personas asociadas.

b) Formar un fondo social integrado por las aportaciones de las personas asociadas y el 15%, como mínimo, de los excedentes netos de cada ejercicio económico, destinado exclusivamente a la defensa, información, educación y formación de las personas asociadas, en materias relacionadas con el consumo.

Tercero. Objeto.

- Programas de actividades dirigidos a fomentar, potenciar y mejorar los conocimientos de consumo, a través de la formación, la educación, la información y el asesoramiento de las personas consumidoras.

- Asegurar el ejercicio de las funciones de representación institucional y de defensa de los interesesgenerales de las personas consumidoras y usuarias y fomentar el asociacionismo de las personas consumidoras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Impulsar la conciencia social y las prácticas de consumo responsable y solidario a través de la realización de actividades de educación, formación e información así como actividades de consumo, comercialización, retirada y distribución de alimentos.

Cuarto. Bases Reguladoras.

Orden de 1 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía (BOJA núm. 130, de 8 de julio).

Quinto. Importe.

La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro de convocatoria anterior. El porcentaje máximo de la subvención será el 90% del presupuesto aprobado.

En la Línea 1 la distribución máxima del crédito a nivel provincial, que se ha realizado teniendo en cuenta el tamaño poblacional, el tamaño territorial y el número de municipios de cada provincia, tal como se contempla en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la Línea 1 de la Orden de bases reguladoras, es la siguiente:

a) Línea 1. Asociaciones: La cuantía máxima prevista que, asciende 506.888,00 € (partida presupuestaria 1200020000/G/44H/48601/0001) y se distribuye por provincias del siguiente modo:

ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
TOTAL

- Línea 1. Cooperativas de Consumo: La cuantía máxima prevista asciende a 5.000,00 € (partida presupuestaria 1200020000/G/44H/47000/0001), y será distribuida provincialmente una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y antes de la evaluación previa. La distribución se realizará teniendo en cuanta el tamaño poblacional, tamaño territorial y número de municipios en cada provincia, tal como se contempla en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la Línea 1 de la Orden de bases reguladoras.

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Tanto a la solicitud como al resto de Anexos se podrá acceder a través de la dirección electrónica www.juntadeandalucia.es/salud/consumo o en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, La Directora General de Consumo, Isabel Niñoles Ferrández.

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