Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 08/06/2017

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 2 de junio de 2017, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se prorroga de manera transitoria la bolsa de trabajo temporal, correspondiente a la campaña 2016, para el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en las categorías profesionales de Bomberos Forestales Especialistas de Prevención y Extinción y Bomberos Forestales Conductores Operadores de Autobomba.

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Mediante Resolución de la Dirección Gerencia de fecha 8 de febrero de 2017, se convocó el proceso selectivo de ingreso en el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los grupos y categorías incluidas en las ofertas de empleo público de 2015 y 2016.

De acuerdo con el capítulo II de las bases de la convocatoria , apartado 13 , se incluirán en la bolsa de empleo temporal las personas que, habiendo manifestado en la solicitud de participación su voluntad de estar incluidas en la misma, figuren en la Resolución de la Dirección Gerencia a la que se refiere el apartado 8 del capítulo I.

Con fecha 25 de mayo de 2017 se ha publicado la Resolución de la Dirección Gerencia por la que se resuelve, pendiente de la realización de las pruebas excluyentes, el concurso con la valoración de méritos. En la misma resolución se ordena que se prosigan los trámites en el proceso de selección para la incorporación de nuevas personas a la bolsa de empleo temporal, de entre las que lo hubieran solicitado, al amparo de lo previsto en el apartado 7 de las bases de la convocatoria.

Tras las pruebas selectivas, resulta que, de manera transitoria, es insuficiente el número de personas que quedan incluidas en la nueva bolsa de empleo, mientras se culmina el proceso con la incorporación de nuevas personas, según ha sido ordenado. Esta circunstancia implica que temporalmente deban usarse otros instrumentos para la contratación temporal de personas, a fin de cubrir puestos vacantes en el Dispositivo Operativo del plan INFOCA, durante el periodo de alto riesgo de incendios forestales, exclusivamente durante el tiempo que reste para la incorporación de nuevas personas a la bolsa de trabajo temporal derivado del proceso selectivo, convocado mediante la citada resolución de la Dirección Gerencia, de fecha 8 de febrero de 2017.

Mediante Resolución de 21 de marzo de 2016, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, se efectuó una convocatoria pública para la constitución de una bolsa de trabajo, para la contratación temporal de personal en el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 58, de 29.3.2016). El apartado 12.12 de las bases de la bolsa de trabajo temporal para 2016 estableció la duración de dicha bolsa en un año, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga. En su virtud, la bolsa de trabajo sirvió para cubrir las bajas producidas durante la campaña de medio y alto riesgo de incendios forestales de 2016, con la necesaria celeridad y garantía de cualificación profesional de las personas que la integran. La citada bolsa ya ha sido prorrogada para el grupo profesional de Bomberos Forestales Técnicos de Operaciones, mediante Resolución de fecha 8 de febrero de 2017.

Por todo ello procede que, provisionalmente pueda usarse, de modo subsidiario, la bolsa de empleo correspondiente a la campaña 2016, a cuyo efecto se procede a prorrogar la misma en los términos que se indican en esta resolución. Puesto que la prórroga servirá solo y exclusivamente para cubrir el periodo necesario para incorporar a nuevas personas en la bolsa de trabajo temporal, resultante del proceso selectivo convocado por la Resolución de 8 de febrero de 2017, la contratación que se lleve a cabo responderá a la causa de interinidad mientras dure el proceso de selección. Por otra parte, dada la necesidad inmediata de contratación y la transitoriedad de la medida, se llevará a cabo sin actualización de méritos.

Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 12.13 de las bases de la convocatoria de la bolsa de empleo para 2016 que es objeto de prórroga es un requisito para mantenerse en la bolsa, la participación en las convocatorias que se lleven a cabo en ejecución de las ofertas públicas de empleo para trabajos de prevención y extinción de incendios, que en relación con su categoría, se aprueben. Por tal motivo, solo podrán ser llamados de dicha bolsa, quienes hubieran participado en el proceso selectivo convocado mediante la citada Resolución de 8 de febrero de 2017.

Finalmente, con objeto de que la prórroga tenga plena eficacia para atender las necesidades de contratación, se considera necesario incluir la posibilidad de que sean ofrecidos a las personas incluidas en la misma, puestos de trabajo correspondientes a grupos auxiliares, de igual manera que está previsto en las bases para el proceso selectivo convocado mediante la Resolución de 8 de febrero de 2017. En estos casos, la renuncia al puesto no conllevará penalidad alguna.

En su virtud,

HE RESUELTO

Primero. De acuerdo con lo previsto en el apartado 12.12, de las bases aprobadas mediante Resolución de 21 de marzo de 2016, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se efectúa convocatoria pública para la constitución de una bolsa de trabajo para la contratación temporal de personal en el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se prorroga dicha bolsa de trabajo para las categorías profesionales de Bomberos Forestales Especialistas de Prevención y Extinción y Bomberos Forestales Conductores Operadores de Autobomba.

Segundo. La prórroga solo tendrá efectos hasta tanto se produzca la resolución definitiva del proceso selectivo de ingreso en el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, convocado por Resolución de esta Dirección Gerencia de 8 de febrero de 2017, una vez sean incorporados al mismo el resto de personas solicitantes que superen la puntuación mínima establecida, para su inclusión en la bolsa de empleo.

Tercero. El uso de la bolsa de empleo prorrogada para la contratación temporal será subsidiario en relación con la bolsa de empleo generada con motivo del proceso selectivo al que se refiere el apartado anterior, por lo que las personas incluidas en dicha bolsa de empleo solo podrán ser llamadas para su contratación, una vez se haya agotado el listado de personas incorporadas en la nueva bolsa de empleo. La contratación en la bolsa prorrogada será por interinidad mientras dura el proceso de selección, por lo que a medida de que se incorporen nuevas personas a la bolsa de trabajo temporal resultante del proceso de selección convocado por la Resolución de la Dirección Gerencia de 8 de febrero de 2017, se le irán ofreciendo por su orden de puntuación los puestos disponibles.

Cuarto. Solo podrán ser llamadas en la bolsa que se prorroga, las personas que hayan participado en el proceso selectivo de ingreso en el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los grupos y categorías incluidas en las ofertas de empleo público de 2015 y 2016.

Quinta. Lo establecido en el apartado 12.6 de las bases de la convocatoria de la bolsa de empleo para 2016, que se prorroga, no será de aplicación en los casos en que la oferta de empleo esté referida a puestos de los grupos y categorías del área auxiliar (grupo logístico y grupo forestal).

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web de la Agencia de Medio Ambiente y Agua.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Director Gerente de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 2 de junio de 21017.- El Director Gerente, Antonio Galán Pedregosa.

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