Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 20/06/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 7 de junio de 2017, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Dos de Sevilla, dimanante de autos núm. 26/2017.

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NIG: 4109142C20140047372.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 26/2017. Negociado: C.

Sobre: Guarda, custodia y alimentos núm. 140/14.

De: Doña M.ª del Pilar Jiménez Lorite.

Procuradora: Sra. Natalia Martínez Maestre.

Letrada: Sra. María José Atoche García.

Contra: Don Rolando Marcelo Vélez-Ocampos Dávalos.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Dos de Sevilla.

Juicio: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 26/2017.

Parte demandante: Pilar Jiménez Lorite.

Parte demandada: Rolando Marcelo Vélez-Ocampos Dávalos.

En el juicio referenciado, se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 29/2017

En Sevilla, a 7 de junio de 2017.

Vistos por Francisco Manuel Gutiérrez Romero, Magistrado Titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número Dos de Sevilla, los presentes autos de juicio verbal sobre modificación de medidas y, seguidos ante este Juzgado bajo el número 26 del año 2017, a instancia de doña Pilar Jiménez Lorite, representada por la Procuradora doña Natalia Martínez Maestre y asistida por la Letrada doña María José Atoche García contra don Rolando Marcelo Vélez-Ocampos Dávalos, declarado en rebeldía, habiendo intervenido el M. Fiscal.

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora doña Natalia Martínez Maestre, en nombre y representación de doña Pilar Jiménez Lorite, modificar la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 18 de febrero de 2015 en el sentido de privar al demandado, Rolando Marcelo Vélez-Ocampos, de la patria potestad que le venía atribuida de forma conjunta respecto de su hija menor, Ariana Michelle, y en consecuencia, otorgar su ejercicio en exclusiva a la madre, doña Pilar Jiménez Lorite.

Todo ello, sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Contra esta Sentencia cabe recurso de apelación en ambos efectos, en término de veinte días, ante este mismo Juzgado.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Fdo. Don. Francisco Manuel Gutiérrez Romero.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada don Rolando Marcelo Vélez-Ocampos Dávalos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la L.E.Civil, se ha acordado la publicación del presente Edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Sevilla, a siete de junio de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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