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Notifíquese Resolución de fecha 2 de febrero de 2017 por la que se acuerda el archivo del expediente relativo al procedimiento de Declaración de Idoneidad para adopción internacional a los interesados don Sebastián Emiliano Gosatti Androna y doña María Asunción Baro Sánchez-Puebla.
Contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Málaga en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Se les significa que en los procedimientos en los que se sustancie la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores tendrán carácter preferente según el art. 779 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, «Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón del Ayuntamiento en su último domicilio y en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó».
Málaga, 13 de junio de 2017.- La Delegada, Ana Isabel González de la Torre.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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