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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Villa del Río (Córdoba) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.
Con fecha 25 de mayo de 2017, el Pleno del Ayuntamiento de Villa del Río (Córdoba) acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de dicha Ley, la adopción de su escudo municipal con la siguiente descripción:
«Escudo terciado en faja, con triángulo entado en punta y caído.
La Boca o forma del escudo, es cuadrilongo, recortado por bajo y terminado en su centro inferior en punta. En el centro superior presenta un suave apuntamiento o escotadura. Con ocho unidades de altura de la Punta al Jefe, por cinco de ancho del Flanco diestro al siniestro.
En la Faja en campo de azur, un Puente de oro, mazonado de sable, con cuatro arcos asimétricos, y alomado. Flanqueado el arco central presenta sendos aliviaderos y tajamares, plantado sobre ondas de plata y azur. Los arcos del puente se dibujan con los sillares engatillados de las dovelas, como están en realidad en nuestro puente romano.
En la Punta y bajo el Puente, en campo de plata un río representado por sus ondas de azur. El río Guadalquivir medio de transporte y fuente de vida desde antaño.
Un Triángulo entado en punta, bajo las ondas de plata y azur, que representan las armas de los Sousa, I Señor de la villa de Aldea de El Río, es decir, cuartelado en aspa: en el primer y tercer cuartel, se sitúa en campo de gules un castillo de oro, donjonado, mazonado de sable y adjurado de azur, que son las armas Reales de Castilla. En el segundo y cuarto cuartel las quinas reales de Portugal, en cruz, cargadas cada una con cinco besantes de plata.
En la Bordura, en campo de gules cuatro castillos de oro –donjonado de tres torres y mazonado–, alternando con cuatro leones rampantes sobre campo de plata. Procedentes del escudo de armas de la ciudad de Córdoba y que representan la pertenencia a dicha ciudad durante la mayor parte de la historia de la villa, como administradora de los bienes de la Corona de Castilla y León, propietaria desde la conquista de Fernando III en 1236 hasta 1629.
Al Timbre, la Corona Real Cerrada Española Moderna. Que representa a la monarquía parlamentaria, en la que el pueblo español gobierna a través de sus representantes elegidos democráticamente.
Y la Divisa o lema con el texto “Villa del Río”, en color amarillo, que representa la generosidad y elevación de la mente.»
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 14 de junio de 2017, se solicita por esta Entidad Local la inscripción de su escudo municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada Ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, en el artículo 3 del Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y en el apartado b) del artículo 12.2 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo del municipio de Villa del Río (Córdoba) con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de Villa del Río (Córdoba) en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo municipal.
Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 22 de junio de 2017.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.
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