Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 04/07/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

Extracto de la Orden de 28 de junio de 2017, de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID), y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2017.

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Número de Identificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS): 353470.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de las Bases Reguladoras y Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.

Primero. Convocatoria.

La Consejería de Turismo y Deporte ha elaborado la Orden de 28 de junio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID), y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2017, existiendo disponibilidad presupuestaria para ello, y adaptándose a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de aquellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada concepto correspondientes a las anualidades 2017, 2018 y 2019.

Concepto Cuantía máxima Partidas Presupuestarias
Reforma o reparación de Instalaciones Deportivas existentes 9.050.000,00 euros
1600010000 G/46A/76102/00
20166000607

Segundo. Beneficiarios.

Municipios u organismos autónomos o Agencias Públicas Administrativas Locales en los que la entidad tenga delegada sus competencias, conforme a lo dispuesto en la Ley 8/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y Entidades Locales Autónomas.

Tercero. Objeto.

Establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades locales andaluzas detalladas en el apartado segundo de este extracto, con la finalidad de fomentar la reforma o reparación de instalaciones deportivas existentes que garanticen el acceso de la ciudadanía a la práctica deportiva, así como el mantenimiento y viabilidad de las referidas instalaciones.

Cuarto. Bases reguladoras.

La Consejería de Turismo y Deporte ha elaborado la Orden de 28 de junio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para entidades locales de Andalucía (ID), y se efectúa convocatoria para el ejercicio 2017, existiendo disponibilidad presupuestaria para ello, y adaptándose a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Quinto. Importe.

La dotación de esta línea de subvenciones es la prevista en el apartado primero de este extracto.

El porcentaje máximo de la subvención será el 50% del proyecto presentado, con una cuantía máxima a subvencionar de 200.000 euros por beneficiario.

Sexto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

Quince días naturales, contados a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:

http://www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte/opencms/oficina-virtual/.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con las bases reguladoras y convocatoria.

Sevilla, 28 de junio de 2017

FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Consejero de Turismo y Deporte
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