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Con fecha 21 de junio de 2017, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Almería, en el expediente de protección núm. (DPAL) 352-2012-0000815-1 (EQM 1) referente a/al la/los menor/es M.E.M., dicta Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Acogimiento Familiar Permanente.
Por la presente se ordena la notificación de este acto a don Mohamed El Moloudi, al hallarse en paradero desconocido de acuerdo con la información que consta en el expediente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se le informa que dispone de un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo a fin de que puedan presentar las alegaciones y documentos que estimen convenientes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa.
Contra este acuerdo no cabe recurso alguno pudiendo alegarse la oposición al mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes al menor, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, Ctra. de Ronda, núm. 226, Edificio «Bola Azul», 4.ª plta. de Almería, para su completo conocimiento.
Almería, 30 de junio de 2017.- El Delegado, José M.ª Martín Fernández.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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