Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 05/07/2017

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Consejería de Salud

Anuncio de 30 de junio de 2017, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se notifica a los interesados la Resolución de expediente de declaración de cese definitivo de actividad y extinción de autorización sanitaria del establecimiento alimentario que se cita.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El establecimiento con domicilio en Calle Tapiceros, núm. 184-185 (anteriormente Calle A, parcela 184-185, Polígono Los Ventolines), de Pilas (Sevilla) y titular Congelados Pilas, S.L. (B-41281130), consta autorizado para las actividades de sala de despiece de carne de aves y envasado y almacenamiento de carne de aves, e inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), con números de asiento 10.09685/SE y 40.07708/SE, para dichas actividades y las de distribución de tales productos y el almacenamiento y distribución polivalente de otros alimentos no sometido a autorización.

Segundo. Con fecha 6.2.2017 ha sido reflejado en acta de inspección de los Distritos de Atención Primaria Aljarafe y Sevilla Norte, número 66687, que personada la inspección en el establecimiento referido, no existe actividad relacionada con la carne, constatándose el ejercicio de una actividad distinta por un titular también diferente.

Tercero. Con fecha 12.6.2017 ha sido notificado mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, el Acuerdo de inicio, de fecha 2.6.2017, de expediente para la declaración del cese definitivo de la actividad y la extinción de la autorización del establecimiento, con la indicación de que si en un plazo de diez días no eran presentadas alegaciones en contra, sería declarada dicha extinción y remitida para su asiento en el RGSEAA, con la consecuente cancelación de la correspondiente inscripción registral, alegaciones que hasta la fecha no han sido presentadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para adoptar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.

Segundo. Según lo dispuesto en el artículo 8.1.b del citado Decreto, la autorización sanitaria se revocará si se alteran de modo sustancial las condiciones originarias que fundamentaron su otorgamiento, o bien si se constata un cese definitivo de la actividad.

Tercero. Se tiene constancia según la documentación que obra en el expediente que concurren tales circunstancias.

Visto lo que antecede y según lo establecido en los artículos 58 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Delegación Territorial,

RESUELVE

Primero. La revocación de la autorización sanitaria de funcionamiento de la citada empresa.

Segundo. Notificar la presente Resolución, con la indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General con competencia en materia de salud pública, en el plazo de un mes.

Sevilla, 30 de junio de 2017.- La Delegada, María Ángeles Fernández Ferreiro.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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