Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 07/07/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de diciembre de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 26/2015. (PP. 3265/2016).

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NIG: 4109142C20150000475.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 26/2015. Negociado: 2A.

Sobre: Ordinario.

De: Doña Elisabeth Chaves Castillo.

Procuradora Sra.: Iván Reyes Martín.

Contra: Antonio Chapa Canales

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 26/2015 seguido a instancia de Elisabeth Chaves Castillo frente a Antonio Chapa Canales se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 125/2016

En Sevilla, a veinticinco de mayo de dos mil dieciséis.

Vistos por doña Josefa Arévalo López, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, registrados con el número 26/15-2A; en el que han sido partes: como demandante, doña Elisabeth Chaves Castillo, representada por el Procurador don Iván Reyes Martín, asistida por el Letrado don Olmo López Fernández; y como demandado, don Antonio Chapa Canales, declarado en rebeldía; se procede, en nombre de S.M. el Rey, a dictar la presente resolución.

FALLO

Estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador don Iván Reyes Martín, en nombre y representación de doña Elisabeth Chaves Castillo, contra don Antonio Chapa Canales, debo:

Primero. Condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de 6.679 euros.

Segundo. Condenar y condeno a la parte demanda al pago los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda (23 de diciembre de 2014) hasta su completo pago.

Tercero. Condenar y condeno a la parte demandada al pago de las costas procesales causadas.»

Y encontrándose dicho demandado, don Antonio Chapa Canales, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a uno de diciembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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