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El Decreto 42/2002, de 12 de febrero, de régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, así como el Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de acogimiento familiar y adopción, atribuyen a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga, a través de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, la adopción de medidas relativas a su ámbito provincial de actuación.
En virtud del art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Comisión Provincial de Medidas de Protección delega las siguientes competencias en el Titular de la Delegación Territorial con competencias en protección de menores en su condición de Presidente de la citada Comisión.
a) Ampliaciones de plazo en procedimientos de guarda y desamparo.
b) Iniciación de oficio del procedimiento de declaración de idoneidad, en los casos de solicitud de acogimiento del menor por miembros de su familia extensa.
c) Resoluciones de rectificación de errores.
d) Inicio de extinción de acogimiento familiar.
f) Archivo de procedimiento de acogimiento familiar.
g) Archivo de procedimiento de idoneidad por caducidad y desistimiento.
h) Cambios de guarda de centro de acogida inmediata residencial.
i) Archivo de procedimiento de declaración de adecuación.
j) Archivo de procedimiento de actualización de declaración de idoneidad.
k) Solicitud de traslado de expediente a otra provincia andaluza
l) Solicitud de autorización de personación a Gabinete Jurídico.
Conforme al art. 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Comisión Provincial de Medidas de Protección acuerda, dada la especial complejidad y situación que se pudiera dar con los menores de 7 años, avocar para sí la delegación de la competencia acordada en fecha 28 de marzo de 2016, en lo relativo al apartado e) «Modificación del Régimen de relaciones personales que amplíe la frecuencia de las mismas» en relación a los menores de 7 años, manteniéndose la delegación de competencias acordada en dicha fecha, para los mayores de esa edad, quedando redactada como sigue:
e) Modificación del régimen de relaciones personales que amplíe la frecuencia de las mismas para los mayores de siete años.
Por cuanto antecede, esta Comisión Provincial de Medidas de Protección,
RESUELVE
Hacer público el acuerdo de esta Comisión, propuesto en sesión de 4 de mayo de 2017 y aprobado en sesión de 25 de mayo de 2017, por el que se decide:
1. Delegar en el Titular de la Delegación Territorial con competencias en protección de menores en su condición de Presidente de la citada Comisión.
2. Este acuerdo deja sin efectos la Delegación de Competencias aprobada en la Comisión celebrada el día 3.3.2016 y publicada en el BOJA núm. 61 de 1.4.2016.
Málaga, 13 de julio de 2017.- La Delegada, Ana Isabel González de la Torre.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.»
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