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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 295/2017. Negociado: B2
NIG: 2906744S20170003288.
De: Don José de la Rosa Ramírez.
Abogado: Doña Concepción Yolanda Pinto Cebrián.
Contra: Don Leone Banus, S.L., Ministerio Fiscal y Alexandro Azzolini.
EDICTO
Don Francisco Javier Izquierdo Carbonero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 295/2017 a instancia de la parte actora don José de la Rosa Ramírez contra don Leone Banus, S.L., Ministerio Fiscal y Alexandro AzzolinI sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolucion de fecha 17.7.17 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO
- Tener por desistido don José de la Rosa Ramírez de su demanda frente a don Leone Banus, S.L., Ministerio Fiscal y Alexandro Azzolini.
- Archivarlas actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (art. 188 y 189 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado número abierta en Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Y para que sirva de notificación al demandado Don Leone Banus, S.L. y Alexandro Azzolini actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a diecisiete de julio de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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