Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00106240.
Por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Cádiz se ha efectuado requerimiento para que se aportase el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo P.O. 617/2016, interpuesto por Edificio Vicario, 2, contra la Resolución de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, de 15.9.2016, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de esta Delegación Territorial de 9.9.2010 y para que se realicen los emplazamientos a los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por ese Juzgado y a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1 y 2 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo num. P.O. 617/2016 y ordenar la remisión del expediente administrativo al Juzgado Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Cádiz.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o solo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Cádiz, 12 de enero de 2017.- La Delegada, Remedios Palma Zambrana.
Descargar PDF