Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 08/08/2017

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 3 de agosto de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación, significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del Expte.

- Propuesta de resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: Un mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1.- Expte.- CA/2006/904/AGMA/COS. Martina de la Barrera Flores. Jerez de la Frontera (Cádiz). Imposición de una Vigésimo Quinta Multa Coercitiva. Sustitución de una valla metálica de simple torsión en Zona de Servidumbre del Protección de D.P.M.T. sin autorización; entre los hitos M-8 y M-9 del deslinde CDL-61-CA. Acuerdo: Imponer a Martina de la Barrera Flores una Vigésimo Quinta Multa Coercitiva, en la cuantía de 110 Euros como consecuencia del incumplimiento de la obligación de restitución del terreno a su ser y estado anterior, con retirada /demolición de lo ilícitamente instalado en la Zona de Servidumbre del Protección de D.P.M.T.

2.- Expte.- CA/2015/328/AGMA/COS. Luis Ferreras Hernán. Dos Hermanas (Sevilla). Resolución de Declaración de Cumplimiento de Obligación Accesoria. Ejecución de pozo de anillas de hormigón con una profundidad de 6 m y 1,5 m de diámetro en Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, sin autorización de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, entre los Hitos M-53 y M-54, del Deslinde C.564-CA El Palmar, en el T.M. de Vejer de la Frontera (Cádiz). Acuerdo: 1. Desestimar la solicitud de declaración de improcedente de la tercera multa coercitiva entendiéndose como fecha de referencia para el cómputo del pago de la misma en periodo voluntario que se recoge en la correspondiente resolución, la fecha de notificación de este escrito. 2. Declarar cumplida la obligación no pecuniaria establecida en la Resolución Sancionadora de fecha 06/11/2015 recaída en el expediente.

3.- Expte.- CA/2016/377/AGMA/ENP. Eugenio Trujillo Gil. Tarifa (Cádiz). Requerimiento Previo a la Ejecución Forzosa. Edificación en suelo no urbanizable de especial protección de dos viviendas en obras de ladrillos, de planta rectangular y 18 m2 de superficie cada una de ellas, por 2,5 metros de altura. Dichas viviendas disponen de chimenea, instalación de agua, energía fotovoltaica y antena instalada en la parte alta de la finca. Construcción de horno de ladrillo de 2, 5 metros de longitud por 2 metros de ancho y unos 3 metros de altura en la chimenea. Hormigonado y enlosado en una superficie de unos 40 m2 en torno a las viviendas. Instalación de tres contenedores marítimos de chapa de hierro de dimensiones 2, 4 metros de ancho por 2,4 metros de altura por 5,9 metros de longitud, utilizados a modo de almacén y/o cuadra. Instalación de porche de chapa metálica de unos 25 m2. Instalación de tres casetas de chapa metálica ocupando una superficie de 18 m2, 14 m2 y 14 m2, cada una de ellas. Todo ello en espacio natural protegido sin autorización. En el paraje conocido como Alfaneque, en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz).Requerimiento: En el plazo de un mes, a partir de la recepción de este escrito, habrá de proceder a ejecutar y hacer efectiva las actuaciones necesarias para dar cumplimiento de la obligación de restitución del terreno a su ser y estado anterior con demolición de lo solicitante construido e instalaciones ilícitamente ejecutadas.

4.- Expte.- CA/2016/769/AGMA/VP. Juan Francisco Guerrero Bueno. Arcos de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva de Procedimiento Sancionador. Ocupación de dominio publico pecuario mediante cerca con malla metálica de unos 2 metros de altura y anclada con hormigón. Dentro de la ocupación se ha construido una casa de unos 42 metros cuadrados con bloques de hormigón. Construcción de porche de teja con bloques y vigas de hormigón en parte delantera de la casa. Hormigonado de suelo, lateral y frontal a la vivienda. Corta de pino piñonero. Todo ello en dominio publico pecuario sin autorización; en el paraje conocido como viña nueva, en el parque natural sierra de Grazalema. En el paraje conocido como Polígono 86, Parcela 9016, dentro de la Vía Pecuaria Colada de Algar, en el T.M. de Arcos de la Frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen: La ejecución de obras constituye Infracción Administrativa tipificada en el Artº 21.2.b) de la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias. Calificada como Muy Grave y sancionable según Artº 21.2.b) y 22.1.c) del mismo texto legal. La corta del piño piñonero constituye Infracción Administrativa tipificada en el Artº 21.3.c) de la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias. Calificada como Grave y sancionable según Artº 21.3.c) y 22.1.b) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 30.651,64Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Restitución del Dominio Público Pecuario a su ser y estado anterior, que debe quedar libre y expedito.

5.- Expte.- CA/2016/914/OA/AGUAS. José María Pérez Pérez. San Roque (Cádiz). Resolución Definitiva de Procedimiento Sancionador. Construcción de rampa muelle de hormigón para la botadura de embarcaciones en el margen municipal del Río Guadarranque, en el T.M. de San Roque (Cádiz). Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 19.440 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Adoptar cuantas medidas sean precisas para restituir la realidad física alterada con la conducta infractora al momento anterior a su comisión.

6.- Expte.- CA/2016/927/GC/PA. Francisco Javier Mármol López. Tarifa (Cádiz). Propuesta de Resolución. Desempeño de actividad de recogida de electrodomésticos en desuso para posteriormente venderlos como chatarra, haciendo una gestión inadecuada de los residuos peligrosos y no peligrosos. En el momento de la inspección se encuentra en el lugar con un vehículo matrícula 2645FWK, modelo jumpy, conteniendo en su interior un frigorífico. En el almacén se observa lavadoras , termo de agua eléctrico, tabla metálica de planchar, ventanas metálicas y otros materiales mas, gestionando inadecuádamente los residuos peligrosos y careciendo de autorización o inscripción como gestor de residuos, en el paraje conocido como Altura (Taller Chapa y Pintura Ulloa, Polígono Industrial La Vega), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada en el Artº 131.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Muy Grave y sancionable según Artº 131.1.a) y132.2) del mismo texto legal. Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada en el Artº 147.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Grave y sancionable según Artº 147.1.a) y147.2) del mismo texto legal. Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada en el Artº 147.1.f) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Grave y sancionable según Artº 147.1.f) y147.2) del mismo texto legal. Propuesta: Sanción de Multa Pecuniaria: 25.257 Euros.

7.- Expte.- CA/2016/956/AGMA/VP. Alberto Manuel Ghio Rivas. Algeciras (Cádiz). Resolución Definitiva de Procedimiento Sancionador. Estacionar y circular por Vía Pecuaria con vehículo a motor (matrícula CA-9418-DC) sin autorización, en el paraje conocido como Antiguo Desguace, en la Vía Pecuaria (Cañada Real Pelayo), en el T.M. de Algeciras (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada en el Artº 21.4.c) de la Ley Vías Pecuarias. Calificada como Leve y sancionable según Artº 21.4.c) y 22.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 200 Euros.

8.- Expte.- CA/2016/960/AGMA/ENP. María Rubiales Pan. Benaocaz (Cádiz). Resolución Definitiva de Procedimiento Sancionador. Ejecución de obras consistentes en piscina, terraza anexa construida al mismo nivel que la piscina sirviendo además para albergar la depuradora, barbacoa techada con tejas rústicas, todo ello en Espacio Natural Protegido sin autorización administrativa; en el paraje conocido como Tavizna, en el Espacio Protegido (Sierra de Grazalema), en el T.M. de Benaocaz (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada en el Artº 26.1.i) de la Ley 2/89, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 300 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Instar la preceptiva autorización y estar a sus determinaciones.

9.- Expte.- CA/2017/30/AGMA/ENP. Ismael Fuentes Prieto. Jerez de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva de Procedimiento Sancionador. Practicar senderismo por Los Llanos del Rabel sin la correspondiente autorización y en compañía de un perro; en el paraje conocido como Llanos del Rabel, en el Espacio Protegido (Sierra de Grazalema), en el T.M. de Grazalema (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada en el Artº 26.1.c) de la Ley 2/89, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.c) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 150 Euros.

10.- Expte.- CA/2017/206/OF/FOR. Jaime José Domínguez Rojas. La Línea de la Concepción (Cádiz). Propuesta de Resolución. Trabajos realizados sin autorización y consistentes en: Eliminación completa de la vegetación forestal preexistente, que consistía predominantemente en matorral (hérguenes principalmente), con algunos claros de pastizal, y escasos pies de acebuche y eucalipto. Destrucción de suelos forestales, como consecuencia de la nivelación del terreno mediante el relleno con escombros y tierras, posteriormente compactados. Construcción de un muro perimetral opaco con paramentos de bloques prefabricados. Altura superior a dos metros. Actuaciones realizadas en suelo forestal, calificado en PGOU Municipal como Agrario de Especial Protección. La finalidad de estas actuaciones es alterar el carácter rústico o rural de la superficie afectada con objeto de implantar usos no agrarios (construcciones o viviendas no compatibles con el planeamiento urbanístico), en el paraje conocido como El Zabal (polígono 22, parcela 44), en el T.M. de La Línea de la Concepción (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada en el Artº 75.1 de la Ley Forestal de Andalucía. Calificada como Grave y sancionable según Artº 80.3 y 86.b del mismo texto legal. Propuesta: Sanción de Multa Pecuniaria: 4.000 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Restitución del Terreno a su estado anterior.

11.- Expte.- CA/2017/275/GC/ENP. Atakan Tan. Granada (Granada). Resolución Definitiva de Procedimiento Sancionador. Acampar y pernoctar en el interior de una tienda de campaña de unos 2 x 2 m durante la noche, dentro de los límites del Parque Natural del Estrecho sin autorización; en el paraje conocido como El Lentiscal, en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada en el Artº 26.1.a) de la Ley 2/89, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 120 Euros.

12.- Expte.- CA/2017/442/GC/ENP. Salvador Sanchís García Montalbán. Sevilla (Sevilla). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Estacionar el vehículo matrícula 7798CZF entre el ocaso y la salida del sol en el interior del Parque Natural del Estrecho encontrándose pernoctando en el interior del mismo, en el paraje conocido como Tapia, en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los referidos hechos podrían se constitutivos de las siguientes infracciones: Infracción Administrativa tipificada en el Artº 26.1.i) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuentan en esta Delegación Territorial los hechos que se imputan serían sancionables con Multa: 100 Euros.

13.- Expte.- CA/2017/467/GC/PA. Abdilah El Ouazzani. Los Barrios (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Almacenamiento de residuos peligrosos en condiciones inadecuadas. Falta de custodia y mantenimiento de documentación e información requerida reglamentariamente (entrega a gestor autorizado y registro de residuos peligrosos). El incumplimiento por el titular de la actividad potencialmente contaminante del suelo de la obligación de remitir los preceptivos informes de situación de suelos. Ejercicio de la actividad de pequeño productor de residuos peligrosos sin la preceptiva comunicación previa en el momento de la inspección, en el paraje conocido como Los Cortijillos, en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los referidos hechos podrían se constitutivos de las siguientes infracciones: Infracción Administrativa tipificada en el Artº 147.1.a) de la Ley Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Grave y sancionable según Artº 147.1.a) y 147.2 del mismo texto legal. Infracción Administrativa tipificada en el Artº 147.1.e) de la Ley Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Grave y sancionable según Artº 147.1.e) y 147.2 del mismo texto legal. Infracción Administrativa tipificada en el Artº 144.1.c) de la Ley Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Grave y sancionable según Artº 144.1.c) y 145.2 del mismo texto legal. Infracción Administrativa tipificada en el Artº 148.1.a) de la Ley Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Leve y sancionable según Artº 148.1.a) y 148.2 del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuentan en esta Delegación Territorial los hechos que se imputan serían sancionables con Multa: 3.500 Euros.

14.- Expte.- CA/2017/485/OF/PA. Ostras Españolas S.A. El Puerto de Santa María (Cádiz). Remisión Copia Expediente. En atención a su escrito de fecha 03/07/2017 por el que solicita ampliación de plazo para presentar alegaciones así como copia del acta de 29/03/2017, se adjunta copia de dicho documento así como del resto de la documentación obrante en el expediente y, así mismo, le comunico que en el día de la fecha se ha elevado al Delegado Territorial Propuesta de Ampliación de Plazo para presentar alegaciones.

15.- Expte.- CA/2017/491/GC/ENP. Gemma Ramos Ledo. Vitoria (Álava). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Estacionar el vehículo matrícula 3942JPP entre el ocaso y la salida del sol en el interior del Parque Natural del Estrecho encontrándose pernoctando en el interior del mismo, en el paraje conocido como Arroyo Alpariate, en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los referidos hechos podrían se constitutivos de las siguientes infracciones: Infracción Administrativa tipificada en el Artº 26.1.i) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuentan en esta Delegación Territorial los hechos que se imputan serían sancionables con Multa: 100 Euros.

16.- Expte.- CA/2017/510/GC/ENP. Juan Ramón de la Vega Fernández. Sevilla (Sevilla). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. La persona denunciada estaba vertiendo aguas residuales procedente del interior del vehículo en el que se encontraba estacionado, en el entorno del Paraje Natural Playa de Los Lances, en el paraje conocido como Los Carriles, en el Espacio Protegido (Playa de Los Lances), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los referidos hechos podrían se constitutivos de las siguientes infracciones: Infracción Administrativa tipificada en el Artº 26.1.h) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.h) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuentan en esta Delegación Territorial los hechos que se imputan serían sancionables con Multa: 100 Euros.

17.- Expte.- CA/2017/524/GC/ENP. Alexander Romero Viar. Gorliz (Vizcaya ). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Vehículo denunciado (4425CVT) estacionado en el lugar indicado, con mesa y silla en exterior, ocupando uno 5 m², se el indica que debe abandonar el lugar, en el paraje conocido como Arroyo Alpariate (El Lentiscal), en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los referidos hechos podrían se constitutivos de las siguientes infracciones: Infracción Administrativa tipificada en el Artº 26.1.a) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuentan en esta Delegación Territorial los hechos que se imputan serían sancionables con Multa: 100 Euros.

18.- Expte.- CA/2017/531/PA/ENP. Julián Benjamín Cazín. Tarifa (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Vehículo denunciado (0822GLR) estacionado en el lugar reseñado desde las 7:30 AM hasta la partida de los agentes a las 11:30 AM, encontrándose el propietario en el lugar, en el paraje conocido como Casa Porros , en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los referidos hechos podrían se constitutivos de las siguientes infracciones: Infracción Administrativa tipificada en el Artº 26.1.d) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.d) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuentan en esta Delegación Territorial los hechos que se imputan serían sancionables con Multa: 100 Euros.

Cádiz, 3 de agosto de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

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