Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 163 de 25/08/2017

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Salud

Anuncio de 22 de agosto de 2017, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se notifica a los interesados la Resolución de expediente de declaración de cese definitivo de actividad y extinción de autorización sanitaria del establecimiento alimentario que se cita.

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Por esta Delegación Territorial se ha visto el expediente iniciado de oficio correspondiente a S. Coop. Andaluza Codipral, con núms. R.S.: 12.16793/SE, 10.05411/SE, 15.02527/SE, 40.10187/SE, domicilio en calle Pino Gargalla, 10, P.I. El Pino, de Sevilla.

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El establecimiento con domicilio en P.I. El Pino, calle Gargalla, núm. 10, de Sevilla, y titular S.C.A. Codipral, consta autorizado para las actividades de almacén de carne de ungulados, productos cárnicos, leche tratada térmicamente, quesos madurados, quesos frescos, quesos fundidos, productos transformados a base de leche, almacenamiento y distribución de conservas de productos de la pesca, productos de la pesca ahumados, productos de la pesca salados y en salazón e inscrito con los asientos 10.005411/SE, 15.002527/SE, 12.0016793/SE y 40.0010187/SE para dichas actividades y la de almacén polivalente en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).

Segundo. Con fecha 27 de marzo de 2017 ha sido constatado por los servicios de inspección mediante Informe Sanitario, que el establecimiento ha sido visitado en varias ocasiones comprobando que no ejerce las actividades para las cuales está autorizada.

Tercero. Con fecha 29.6.2017 ha sido notificado mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y el 15.6.2017 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el Acuerdo de inicio de expediente para la extinción de la autorización del establecimiento, con la indicación de que si transcurrido un plazo de diez días sin que sean presentadas alegaciones en contra, sería declarado el cese definitivo de la actividad implicada y la extinción de su autorización y remitida dicha declaración para su asiento en el RGSEAA, con la consecuente cancelación de las correspondientes inscripciones registrales, alegaciones que hasta la fecha no han sido presentadas.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Delegación Territorial es competente para adoptar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.

Segundo. Que según lo dispuesto en el artículo 8.1.b) del citado Decreto la autorización sanitaria se revocará si se alteran de modo sustancial las condiciones originarias que fundamentaron su otorgamiento o bien si se constata un cese definitivo de la actividad.

Tercero. Se tiene constancia según la documentación que obra en el expediente que concurren tales circunstancias.

Visto lo que antecede y según lo establecido en los artículos 58 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. La revocación de la autorización sanitaria de funcionamiento de la citada empresa.

Segundo. Notificar la presente Resolución, con la indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General con competencia en materia de salud pública, en el plazo de un mes.

Sevilla, 22 de agosto de 2017.- La Delegada, M.ª Ángeles Fernández Ferreiro.

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