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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 686/2015. Negociado: 2I.
NIG: 4109144S20150007379.
De: Fremap.
Abogado: Don Miguel Ángel Domínguez Caro.
Contra: OPT-95, S.L., INSS, FOGASA y TGSS.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia/Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 686/2015, a instancia de la parte actora Fremap contra OPT-95, S.L., INSS , FOGASA y TGSS, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 7.7.16, del tenor literal siguiente:
F A L L O
Que estimando la demanda formulada por Fremap contra las demandadas, INSS, TGSS, OPT-95, S.L., don Daniel Fernández Gordo y Fogasa, en reclamación por reintegro de gastos sanitarios, debo condenar y condeno a la empresa OPT-95, S.L., al abono a Fremap de la suma de 226,76 euros, y subsidiariamente y para caso de insolvencia de la empresa al INSS y TGSS absolviendo libremente de los pedimentos de la demanda a don Daniel Fernández Gordo y Fogasa.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, declarando la firmeza de la sentencia.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado OPT-95, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a diez de julio de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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