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Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, de la resolución por la que se tiene por no presentada la Declaración Responsable de fecha 17 de marzo de 2017, para la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, de la vivienda con fines turísticos denominada «El Limonar», sito en C/ Ricardo de Montis, 6, de Córdoba , por medio del presente, y en virtud de lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica el presente anuncio con somera indicación del contenido del acto para que sirva de notificación, significándole que para conocer el contenido íntegro del Requerimiento y constancia de su conocimiento, podrá personarse en el Servicio de Turismo de la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Córdoba, sito en Avda. Gran Capitán, 12, planta baja, de esta capital, en horario de 9 a 14, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta publicación, para conocimiento íntegro del acto.
- Expte.: CTC-2017038942.
- Interesado: Modesto Fernández Bajo.
- Domicilio: C/ Ricardo de Montis, 6, de Córdoba.
- Acto notificado: Resolución por la que se tiene por no presentada la Declaración Responsable para la inscripcíon de la vivienda con fines turísticos denominada «El Limonar», de Córdoba.
Contra la citada resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo sin que se haya producido la interposición, la resolución adquirirá el carácter de firme en vía administrativa.
Córdoba, 29 de agosto de 2017.- El Delegado, Francisco Alcalde Moya.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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