Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 30/01/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 25 de julio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Linares, dimanante de autos núm. 633/2013. (PP. 1924/2016).

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NIG: 2305542C20130002137.

Procedimiento: Procedimiento ordinario 633/2013. Negociado: FF.

De: Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A.

Procuradora: Sra. Juana Estepa Ortíz.

Contra: Marín Daniel Tanasze y Florica Sorina Tanasze.

Edicto

En el procedimiento ordinario 633/2013, seguido en el Juzgado Mixto Núm. Uno de Linares a instancia de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. contra Marín Daniel Tanasze y Florica Sorina Tanasze, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«Sentencia núm. 59/16.

En Linares, a 14 de junio de 2016.

Don Antonio José Delgado Sánchez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario, registrados con el número 633/2013, promovidos por la mercantil Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales, doña Juana Estepa Ortíz, y asistida por la letrada doña Isabel Gómez Ostalé, contra don Marín Daniel Tanasze y doña Florica Sorina Tanasze, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales, doña Juana Estepa Ortíz, en nombre y representación de la mercantil Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., contra don Marín Daniel Tanasze y doña Florica Sorina Tanasze, debo condenar y condeno a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 11.089,51 euros, más intereses y costas.

Contra esta Resolución cabe formular recurso de apelación en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente Resolución, previo depósito de 50 euros.

Así por esta mi sentencia, don Antonio José Delgado Sánchez, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Marín Daniel Tanasze y Florica Sorina Tanasze, extiendo y firmo la presente.

En Linares, a veinticinco de julio de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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