Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 20/10/2017

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Viceconsejería, por la que se hace pública la declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico para la Agroindustria en Andalucía 2016-2020.

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El Plan Estratégico para la Agroindustria en Andalucía 2016-2020 ha sido sometido a evaluación ambiental estratégica según la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, emitiéndose la declaración ambiental estratégica mediante Resolución de 6 de septiembre de 2017 de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Según la citada ley, la declaración ambiental estratégica tendrá la naturaleza de informe preceptivo y determinante, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Para dar cumplimiento a este mandato legal de publicidad, la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, como órgano competente según el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVE

Publicar la Resolución de 6 de septiembre de 2017, de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico para la Agroindustria en Andalucía 2016-2020.

Sevilla, 9 de octubre de 2017.- El Viceconsejero, Jose L. Hernández Garijo.

ANEXO

Resolución 6 de septiembre de 2017, de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico para la Agroindustria en Andalucía 2016-2020

La Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental establece en su artículo 36 la necesidad de someter a evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos enumerados en el Anexo I de la citada ley, siempre que sean elaborados por una Administración pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y cuya elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Gobierno. El Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020, promovido por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural se encuentra incluido en este ámbito de aplicación.

Analizada la documentación aportada, vistos los informes recibidos y considerados los valores ambientales del ámbito de actuación, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental

RESUELVE

Primero. Formular la declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico para la Agroindustria en Andalucía 2016-2020, que culmina el procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria, conforme al artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Segundo. El Plan Estratégico para la Agroindustria en Andalucía 2016-2020 se considera viable a los solos efectos ambientales, siempre que se cumpla lo establecido en el estudio ambiental estratégico y en la declaración ambiental estratégica, que tiene naturaleza de informe preceptivo y determinante.

Tercero. Se procede a dar publicidad a la declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico para la Agroindustria en Andalucía 2016-2020 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental. El contenido íntegro de esta declaración se podrá consultar en la sede electrónica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Cuarto. Contra la presente declaración no procederá recurso administrativo alguno, sin perjuicio de los que procedan en su caso contra la resolución que apruebe el plan.

DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DEL PLAN ESTRATÉGICO PARA LA AGROINDUSTRIA EN ANDALUCÍA 2016-2020

1. Objeto de la evaluación y tramitación del procedimiento.

Fundamentos del Plan

El Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020 se realiza para el conjunto de la agroindustria andaluza, sin consideraciones sectoriales ni territoriales, si bien para su diseño se han tenido en cuenta las particularidades de los diferentes sectores y territorios que estructuran la agroindustria andaluza, considerada ésta como toda aquella persona física o jurídica, o sus agrupaciones, que ejerzan y asuman actividades de transformación y/o acondicionamiento para la comercialización de productos agrarios recogidos en el Anexo I del Tratado de la Unión Europea, independientemente de si su resultado final es o no un producto alimentario (incluyendo a las industrias que gestionen, produzcan o transformen biomasa agraria o subproductos agroalimentarios y sus productos resultantes). El Plan no es de aplicación a los productos e industrias pesqueras.

Acorde con el acuerdo de 22 de septiembre de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se aprobó la formulación del Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020, el Plan se basa en una serie de principios que se corresponden con las variables contempladas en dicho acuerdo, esto es:

1. La orientación constante al mercado, tomando a la persona consumidora como eje de las distintas fases del sistema productivo.

2. La vocación de presencia permanente en los mercados internacionales, como fórmula para aumentar la competitividad y favorecer el crecimiento de la agroindustria.

3. La innovación en productos como elemento diferenciador de la oferta, adaptándolos a las exigencias de la persona consumidora, basándose en las nuevas tendencias de consumo.

4. La continua adaptación tecnológica de la producción, vehículo ineludible para poder competir en los mercados más exigentes en cuanto a calidad, costes y seguridad alimentaria.

5. La transferencia de conocimiento desde las entidades públicas de investigación y formación, mejorando la cultura empresarial mediante la concienciación, formación y cualificación de personas trabajadoras, directivas y empresarias, usando como un vehículo preferente las asociaciones de productores e industria.

6. El mantenimiento y potenciación de la calidad de nuestros productos, tomando la seguridad agroalimentaria como un elemento de partida y buscando la diferenciación a través de la propia calidad.

7. La potenciación de la cooperación entre productores e industria, buscando el equilibrio en la cadena agroalimentaria, cuidando especialmente de los intereses de los eslabones más débiles, generalmente identificados con las personas productoras y consumidoras.

8. El fomento para que la agroindustria gane dimensión como arma competitiva, tanto en la producción como en la transformación y comercialización.

9. El reconocimiento e impulso del papel de la agroindustria en las zonas rurales, como fórmula de desarrollo económico, preservación del entorno ambiental y de fijación de población a través del empleo.

10. La atención especial prestada a las producciones de calidad diferenciada, especialmente las vinculadas al territorio (como las Denominaciones de Origen Protegidas o las Indicaciones Geográficas Protegidas), la ecológica e integrada, así como a la artesanía agroalimentaria y el aprovechamiento de productos forestales.

11. El aseguramiento de la sostenibilidad ambiental de las industrias, mediante una mejora continua en su balance ecológico.

A estas variables habría que añadir los principios y objetivos establecidos en el I Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres en la actividad agroalimentaria y pesquera de Andalucía Horizonte 2020, de avanzar en la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la actividad agroalimentaria de Andalucía y que la perspectiva de género forme parte de la cultura de la Consejería de Agricultura.

El Plan se formula con el objetivo general de mejorar la competitividad de la agroindustria andaluza, promover la creación de empleo de calidad en el sector y favorecer el mejor equilibrio posible dentro de la cadena agroalimentaria, contemplando para ello ocho líneas estratégicas (Anexo I).

Aparte del objetivo general mencionado, el Plan plantea una serie de objetivos específicos que están en linea con los objetivos establecidos en la Estrategia Industrial de Andalucía 2020:

I. Desarrollo de una agroindustria competitiva y sostenible en una cadena alimentaria equilibrada. Desarrollar el tejido agroindustrial andaluz con empresas mas productivas y competitivas, aumentando el numero de empresas y su dimensión, avanzando en la sostenibilidad medioambiental de las mismas y ofreciendo productos de mayor calidad y más adaptados a las necesidades de las personas consumidoras. Todo ello unido al fomento de unas relaciones comerciales equilibradas entre los diferentes eslabones de la cadena agroalimentaria.

II. Aumentar el empleo agroindustrial. Progresar en la creación de empleo en la agroindustria y mejorar la calidad del mismo a través de una mayor formación y cualificación de las personas trabajadoras, mejorando la estabilidad y la seguridad en el trabajo. Promover asimismo una presencia mas visible de la mujer en el sector agroindustrial.

III. Mejorar la innovación en la agroindustria. Promover la innovación en la agroindustria, incorporando conocimiento que permita la introducción de innovaciones acordes con las necesidades del mercado a través de la mejora en la transferencia tecnológica, de la incorporación intensiva de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y el desarrollo de datos abiertos (Open Data).

IV. Internacionalización. Conseguir un potente tejido agroindustrial exportador impulsando el emprendimiento agroalimentario internacional, con más empresas exportadoras de forma habitual y con mercados diversificados.

V. Incrementar el capital relacional del ecosistema industrial. Favorecer la consolidación de un proceso de cooperación mutua entre agroindustrias, agentes de la innovación en el ámbito regional y administraciones en un marco abierto, transparente e interconectado en el que las relaciones permitan el intercambio de información y la colaboración para alcanzar objetivos comunes. También se pretende mejorar las condiciones administrativas para facilitar la actividad de la agroindustria en su entorno.

Tramitación

La evaluación ambiental estratégica del Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020 se ha llevado a cabo según lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental. Durante el procedimiento de evaluación se ha realizado una identificación de los potenciales impactos ambientales que podrían derivarse de la aplicación del plan, permitiendo la integración de los aspectos ambientales desde la fase inicial del proceso de planificación.

Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos de la citada Ley, que consiste en la transparencia y participación ciudadana a través del acceso a una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador.

El procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria se inició a solicitud del promotor: la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural. Dicha solicitud se acompañaba del documento inicial estratégico con los aspectos establecidos en el artículo 38.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental.

En base a este documento inicial estratégico, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio identificó a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado y llevó a cabo el trámite de consultas previas al objeto de determinar la amplitud, nivel de detalle y grado de especificación del estudio ambiental estratégico.

Estas consultas se realizaron mediante dos modalidades diferentes. La primera de ellas de forma particularizada a Administraciones públicas afectadas y público interesado vía correo ordinario con acuse de recibo, adjuntando la documentación de inicio del Plan. Resultado de ella se ha recibido información perteneciente a las siguientes entidades:

- Diputación de Sevilla.

- Consejería de la Presidencia y Administración Local. Consejo Andaluz de Concertación Local.

- Consejería de la Presidencia y Administración Local. Dirección General de administración Local.

- Consejería de Economía y Conocimiento. Secretaría Técnica.

- Consejería de Salud. Viceconsejería.

La segunda modalidad de consulta ha consistido en la puesta a disposición del público de una dirección de correo electrónico específica para facilitar y agilizar las posibles aportaciones, sugerencias e información de interés.

La documentación relacionada con el procedimiento de evaluación ambiental del plan se ha publicado en la web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

La modalidades de información y consulta definidas son coherentes con las garantías de participación pública establecidas en la Ley 27/2006 por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, considerando el resultado de las consultas realizadas, elaboró el documento de alcance, al objeto de delimitar la amplitud, nivel de detalle y grado de especificación del estudio ambiental estratégico del plan. El documento de alcance fue remitido al órgano promotor (Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural), responsable de la elaboración del estudio ambiental estratégico.

Atendiendo a los contenidos mínimos exigidos en el Anexo II C de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental, y a la información aportada en el documento de alcance, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural elaboró el estudio ambiental estratégico en el que se han identificado los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente que tendrá la aplicación del plan, así como unas alternativas razonables técnica y ambientalmente viables. El estudio ambiental estratégico también ha considerado la coherencia externa con los principios y directrices de protección ambiental y desarrollo sostenible, evaluando el nivel de adecuación a las directrices derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial con los que guarda relación, seguidamente se indica un breve resumen de los más destacados:

Plan Andaluz de Medio Ambiente Horizonte 2017: Tiene como objetivos el desarrollo sostenible del territorio, contribuir a la lucha contra el cambio climático, disminuir los riesgos de que se produzcan emergencias ambientales, proteger y conservar los paisajes andaluces, así como conseguir un nivel de calidad.

El Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020 persigue el fomento de una agroindustria sostenible de manera global, incidiendo en la sostenibilidad ambiental, siendo por tanto coherente con el Plan Andaluz de Medio Ambiente Horizonte 2017.

La Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2014-2020 (de próxima aprobación a lo largo de 2017): Tiene como objetivos principales trasladar los acuerdos ambientales internacionales y nacionales al contexto regional, y contribuir a su aplicación practica, asi como orientar y reforzar, con carácter horizontal la implementación de políticas de desarrollo sostenible.

El Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020 es una vía para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos andaluces, preservar el valor, la riqueza y la variedad del medio natural. Propicia un desarrollo económico compatible con la conservación de los recursos naturales y con los principios de igualdad y de cohesión social hacia una economía verde, contribuyendo a la generación de empleo, siendo por tanto coherente con la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2014-2020.

Estrategia Andaluza ante el Cambio Climático: Entre las medidas con potencial incidencia en las actuaciones que promueve el Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020, caben destacar las referidas a la eficiencia en la gestión de los residuos, el fomento del uso de las energías renovables, la eficiencia energética o la gestión sostenible y eficiente del uso del agua. El Plan se inserta y es coherente con esta Estrategia.

Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica del Guadalquivir 2009-2015, que habrá de evolucionar hacia el documento resultante del proceso puesto en marcha por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para la aprobación del segundo ciclo de la planificación hidrologica 2015-2021. El desarrollo del Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020 se encuentra condicionado por las previsiones, infraestructuras y ciclos hidrológicos contemplados en el Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica del Guadalquivir 2009-2015.

Plan Forestal Andaluz y tercera adecuación. Horizonte 2015. Su objetivo es garantizar el buen estado de conservación del medio forestal así como de promover un uso sostenible de su aprovechamiento. Los principios inspiradores de la nueva estrategia forestal son la integración de la conservación y el desarrollo, la necesidad de establecimiento de un desarrollo duradero, el favorecimiento de medidas para la protección de los suelos, de los regímenes hidráulicos y hábitats naturales, la promoción de la selvicultura y la importancia de la función social y recreativa de los bosques, el inicio incipiente de una política forestal a nivel europeo con medidas de protección de los bosques y el apoyo a algunas de las acciones de desarrollo y aprovechamiento en bosques. El Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía contempla actividades de aprovechamiento sostenible de productos procedentes de espacios forestales, siendo por tanto compatible con el Plan Forestal Andaluz.

Plan Director Territorial de Residuos No Peligrosos de Andalucía, 2010-2019. Tiene como objetivo principal lograr que la futura gestión de los residuos no peligrosos en la Comunidad Autónoma proporcione un servicio de calidad a la ciudadanía, tratando de homogeneizar al máximo el coste de dicha gestión en todo el territorio y con unos niveles de protección medioambiental lo más elevados posibles. Dentro de su proceso productivo y objetivo de sostenibilidad global, la Agroindustria contempla la gestión de residuos no peligrosos, siendo por lo tanto coherente con el Plan Director Territorial de Residuos no Peligrosos de Andalucía.

Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía, 2012-2020. Define los objetivos de reducción, reutilización, reciclado, y otras formas de valorización y eliminación, así como las medidas a adoptar para conseguir dichos objetivos, los medios de financiación y el procedimiento de revisión. Además, contiene un diagnóstico que analiza la cantidad de residuos producidos en el territorio y la estimación de los costes de las operaciones de gestión, así como los lugares e instalaciones adecuados para el tratamiento o la eliminación de estos residuos. Dentro de su proceso productivo y objetivo de sostenibilidad global, la Agroindustria contempla la gestión de residuos peligrosos, siendo por tanto coherente con el Plan Director Territorial de Residuos Peligrosos de Andalucía.

El estudio ambiental estratégico, junto con la versión preliminar del Plan, fueron sometidos a información pública mediante Resolución de 21 de diciembre de 2016, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se somete a información pública la propuesta del Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020 y su Estudio Ambiental Estratégico (BOJA número 247, de 28 de diciembre de 2016), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 38.4 de la citada Ley.

Los resultados de este periodo de información pública se exponen en el Anexo II de esta declaración.

Una vez recibido, por parte del órgano promotor, el expediente completo con el estudio ambiental estratégico, el resultado de la información pública y la versión definitiva del Plan, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio procede al análisis técnico de la documentación. Finalmente, en el ejercicio de sus atribuciones, formula la declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico para la Agroindustria de Andalucía 2016-2020.

2. Efectos significativos sobre el medio ambiente.

Al objeto de analizar los efectos significativos del Plan sobre el medio ambiente, el estudio ambiental estratégico ha realizado una valoración detallada mediante la relación entre los aspectos ambientales y las distintas operaciones planteadas en cada una de las líneas estratégicas. Como resultado, se han identificado una gran proporción de interacciones con efectos positivos que justifican la idoneidad del plan, y una muy escasa proporción de efectos ambientales negativos focalizados en las siguientes Líneas Estratégicas:

Núm. 5 «Internacionalización de la Industria Agroalimentaria andaluza».

Núm. 6 «Impulso de la sostenibilidad integral de la Industria Agroalimentaria».

Núm. 7 «Innovación en productos y procesos y transferencia de conocimiento».

Los efectos ambientales negativos que destacan en la Línea Estratégica núm. 5 se deben a las operaciones 5.5. «Prospección, seguimiento y apertura de nuevos mercados», y 5.7. Fomento de proyectos de cooperación internacional, al valorarse negativamente su interacción con los aspectos aire y clima, pues el desarrollo de comercio internacional supondrá un incremento de las emisiones a la atmósfera por consumo de combustibles fósiles asociado a las necesidades de transporte de productos a grandes distancias.

Por su parte, la Línea Estratégica núm. 6, si bien apuesta por el impulso de la economía circular, contiene dos operaciones que se valoran negativamente: la 6.3. «Ampliación y modernización de las industrias agroalimentarias» y la 6.4. Nuevas instalaciones industriales agroalimentarias. La ampliación y creación de nuevas instalaciones suponen un aumento de las emisiones a la atmósfera, del consumo de recursos, del volumen de vertidos, de generación de residuos y de ocupación de terreno. Todo ello hace que los aspectos de la sostenibilidad más relacionados con el medio natural (agua, suelo, aire y clima, biodiversidad y paisaje), sean los más susceptibles de sufrir un impacto negativo. Además, para estas operaciones hay que destacar su carácter acumulativo, es decir, que la prolongación en el tiempo de la la operación incrementaría la gravedad del efecto ambiental al que da lugar.

Finalmente los efectos ambientales negativos que destacan en la Línea Estratégica núm. 7 se deben a la operación 7.4. «Nuevas oportunidades industriales», debido a los impactos que pueda generar en los aspectos más naturales (agua, suelo, aire y clima y biodiversidad).

3. Integración de los aspectos ambientales en el Plan.

Integración ambiental en el ámbito del Plan

Las operaciones citadas en el apartado anterior con efectos ambientales negativos cuentan en el Plan con una serie de operaciones susceptibles de prevenir, reducir y/o compensar tales efectos negativos, cabe referirse a este respecto a los siguientes tipos de operaciones:

- Operaciones especificas para compensar incidencias negativas sobre el aire y clima. Destacan aquí operaciones relacionadas con la eficiencia energética, energías renovables, energías alternativas (6.5: Fomento de las energía renovables y el uso de fuentes de energía alternativas). Se incluye aquí también, por implicar menos necesidades de transporte y por tanto generar menos emisiones a la atmósfera, la operación relacionada con la venta directa de productos agroalimentarios andaluces (3.13: Impulso de nuevos nichos de mercado y de comercialización: Venta Directa de productos agroalimentarios andaluces, Mercados Locales, cadenas cortas de comercialización).

- Operaciones que contribuirán a reducir los efectos negativos que la generación de residuos pudiera generar en agua, suelo, aire y clima, como son las siguientes:

• Operaciones de la bioeconomía y economía circular (6.14: Fomento de la optimización de la gestión y valorización de los subproductos y residuos generados por la industria agroalimentaria; 6.15: Impulso de la bioeconomía, al objeto de la conversión de los residuos biológicos generados por la industria agroalimentaria en productos de valor añadido, bien destinados a la alimentación u otros usos; 6.16: Asesoramiento técnico, formación y capacitación de personal en materias de sostenibilidad económica, social, medioambiental, economía circular y bioeconomía.), incluyendo la investigación en este ámbito (7.10: Fomento de la innovación en bioeconomía y economía circular agroalimentaria).

• Operaciones que fomenten la reducción de huellas ambientales o para la minimización de producción de productos y residuos (6.7: Fomento de reducciones de huellas ambientales de productos agroalimentarios y 6.8: Minimización de subproductos y residuos).

• Operaciones para disminuir la generación de excedentes alimentarios y el desperdicio (6.11: Iniciativas dirigidas a favorecer la recuperación y uso social de los excedentes alimentarios en la industria agroalimentaria, 6.12: Iniciativas para evaluar el desperdicio de alimentos en la agroindustria y 4.10: Información y concienciación a la persona consumidora sobre la necesidad de reducir los excedentes y desperdicios agroalimentarios).

- Operaciones que incidirán de forma global en la prevención y compensación de la mayoría de aspectos ambientales estudiados. Incluye operaciones que tiendan a apoyar los sistemas de gestión y auditoría medioambiental o sistemas integrales de gestión (6.6: Sistema de gestión y auditorías medioambientales y 6.10: Fomento de la implementación de la Norma ISO 26000:2010 de responsabilidad social).

- Operaciones que permitirán la elaboración de productos agroalimentarios más sostenibles, empleando menos recursos al potenciar el uso de materias primas del entorno más próximo, producidas bajo técnicas de producción respetuosas con el medio ambiente, lo que redunda en una alta eficiencia energética y una disminución de emisiones y residuos. Se trata de operaciones relacionadas con figuras de calidad diferenciada ligadas al origen, producción ecológica, producción integrada, o figuras ligada a naturaleza y/o turismo y cultura de Andalucía (2.1: Consolidación, apoyo técnico, impulso y promoción de nuevas figuras de calidad diferenciada, ligadas al origen, producción ecológica y producción integrada; 2.5. Impulso del Consumo Social de productos ecológicos; 2.6. Asesoramiento técnico, formación e información en figuras de calidad diferenciada; 2.7. Fomento de la promoción de la asociación de los productos de calidad con la naturaleza y/o turismo y cultura de Andalucía (gastroturismo, oleoturismo, enoturismo, etc.), así como de aquellas destinadas a un diseño más sostenible de los productos (6.9: Fomento del ecodiseno).

- Acciones de asesoramiento general en cualquiera de los aspectos ambientales estudiados (6.16: Asesoramiento técnico, formación y capacitación de personal en materias de sostenibilidad económica, social, medioambiental, economía circular y bioeconomía).

- Operaciones de gobernanza que pueden incidir en elementos ambientales específicos que mejoren el medio ambiente (8.7: Coordinación con el resto de Consejerías y Entes Instrumentales de la Junta de Andalucía para que se tengan en cuenta los intereses de la agroindustria andaluza en temas como la internacionalización, eficiencia energética, formación para el empleo, etc. y 8.9: Seguimiento impacto de acuerdos y convenios internacionales y Brexit).

Integración ambiental en el ámbito del procedimiento

Al objeto de mejorar la la integración ambiental del Plan, dentro del preceptivo análisis técnico del expediente a realizar por el órgano ambiental en aplicación del artículo 38.5 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, se ha considerado la necesidad de realizar nuevas aportaciones que profundizasen en determinados aspectos evaluados en el Estudio Ambiental Estratégico elaborado por el promotor del Plan. En concreto los aspectos que han incrementado el desarrollo técnico de su análisis han sido los siguientes:

- Afecciones ambientales de los principales sectores de la agroindustria: En concreto se han incluido los principales impactos ambientales asociados a las almazaras, las instalaciones de aderezo de la aceituna, los mataderos e industria cárnica, las centrales hortofrutícolas, las conserveras vegetales, las industrias lácticas y las de elaboración de vinos.

- Interacciones del Plan con la planificación en materia de medio ambiente en Andalucía: En concreto se han valorado las interacciones con los siguientes documentos de planificación: Plan Andaluz de Medio Ambiente Horizonte 2017, Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2014-2020, Estrategia Andaluza ante el Cambio Climático, Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica del Guadalquivir 2009-2015, Plan Forestal Andaluz y tercera adecuación. Horizonte 2015, Plan Director Territorial de Residuos No Peligrosos de Andalucía, 2010-2019, y Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía 2012-2020.

- Selección de alternativas: En concreto se ha ampliado la justificación de la alternativa seleccionada con relación a las numerosas alternativas que podían plantearse entre la alternativa 1 y la 0.

- Indicadores de seguimiento: En concreto se ha ampliado la batería de indicadores del programa de vigilancia ambiental considerando aquellos asociados a la ejecución de las operaciones relacionadas con medio ambiente incluidas en las distintas líneas estratégicas.

4. Seguimiento y evaluación.

Entre las determinaciones ambientales a considerar en el Plan se contempla la aplicación de un programa de seguimiento ambiental acorde con lo contemplado en el Apartado 8: Programa de vigilancia ambiental del estudio ambiental estratégico.

La finalidad de este programa será la evaluación de la integración ambiental del plan para alcanzar un elevado nivel de protección del medio ambiente y promover el desarrollo sostenible. En concreto, los principales objetivos a perseguir por este programa de seguimiento ambiental serán:

- Verificar la información que figura en el Estudio Ambiental Estratégico.

- Constatar la adecuación de la evaluación de los efectos significativos sobre el medio ambiente realizada a los efectos reales de la aplicación del Plan.

- Identificar con prontitud posibles desviaciones en dicha evaluación, así como efectos adversos no previstos.

- Evaluar la aplicación de las medidas correctoras para dichos efectos.

- Aplicar las oportunas medidas para corregir y evitar las desviaciones observadas y efectos no previstos.

- Valorar el grado de integración ambiental del Plan y su contribución al desarrollo sostenible.

Para realizar este seguimiento, se utilizará un sistema de indicadores que servirá para obtener una valoración de la afección ambiental producida por las operaciones del plan durante su ejecución. Ello pondrá de manifiesto la tendencia de acercamiento o alejamiento a los principios de sostenibilidad establecidos. El sistema de indicadores a emplear estará compuesto por los indicadores contemplados en el documento de alcance, en el estudio ambiental estratégico (Apartado 8.1: Sistema de indicadores ambientales) y en el anexo III de la presente declaración ambiental estratégica.

Los objetivos del sistema de indicadores serán:

- Ofrecer una impronta de la situación medioambiental del ámbito del Plan.

- Realizar un seguimiento ágil de los factores que revele las posibles incidencias de las actuaciones derivadas del Plan.

- Valorar y poner de manifiesto las tendencias de acercamiento o alejamiento de la sostenibilidad durante el desarrollo del Plan.

El promotor del plan deberá realizar una memoria de sostenibilidad que cumpla con los objetivos del programa de seguimiento ambiental, y que deberá formar parte de los correspondientes informes de seguimiento de la ejecución del plan con la periodicidad que el promotor defina para estos.

La memoria de sostenibilidad, que deberá ser remitida a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para su aprobación, analizará el grado de integración ambiental del plan mediante el uso del sistema de indicadores ambientales que establece esta declaración ambiental estratégica. Atendiendo a los resultados obtenidos en la memoria de sostenibilidad, el órgano ambiental podrá revisar los objetivos e indicadores utilizados y proponer, en su caso, medidas de ajuste. En este sentido, la memoria de sostenibilidad determinará las posibles incidencias ambientales ocurridas, proponiendo, en su caso, las medidas necesarias que mejoren su contribución al desarrollo sostenible y la conveniencia de proceder a su posible modificación o revisión. Sevilla a 6 de septiembre de 2017. El Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.- Jose L. Hernández Garijo.

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