Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 02/11/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

Orden de 26 de octubre de 2017, de corrección de errores de la Orden de 28 de junio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para Entidades Locales de Andalucía (ID), y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2017 (BOJA núm. 126, de 4.7.2017).

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Advertido error en la publicación de la Orden de 28 de junio de 2017 de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID), y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2017 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2017), se procede a efectuar la oportuna corrección del apartado 24.a).2.º del Cuadro Resumen de la bases reguladoras, en los términos que se indican a continuación:

En el apartado 24.a).2.º pago anticipado,

Donde dice:

Secuencia del pago anticipado:


NÚM.
PAGO
IMPORTE O PORCENTAJE DE PAGO MOMENTO O FECHA DE PAGO PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DEL PAGO IMPORTE O PORCENTAJE JUSTIFICADO DE PAGOS ANTERIORES
1 40 % Tras la Resolución de Concesión Máximo de 5 meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada  
2 35 % Tras Informe de homologación favorable o Informe de no procedencia del mismo Máximo de 5 meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada  
3 25 % Previa justificación de la totalidad de la inversión   100 %

Debe decir:

Secuencia del pago anticipado:


NÚM.
PAGO
IMPORTE O PORCENTAJE DE PAGO MOMENTO O FECHA DE PAGO PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DEL PAGO IMPORTE O PORCENTAJE JUSTIFICADO DE PAGOS ANTERIORES
1 45 % Tras la Resolución de Concesión Máximo de 5 meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada
2 30 % Tras Informe de homologación favorable o Informe de no procedencia del mismo Máximo de 5 meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada
3 25 % Previa justificación de la totalidad de la inversión 100 %

Sevilla, 26 de octubre de 2017

FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Consejero de Turismo y Deporte
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