Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 03/11/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Orden de 27 de octubre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la participación por primera vez de agricultores y agrupaciones de agricultores en los regímenes de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Operación 3.1.1.).

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PREÁMBULO

El sector agroalimentario andaluz cuenta con producciones de elevada calidad, pero no es capaz de retener el valor añadido a lo largo de la cadena de valor, que comienza en las propias explotaciones y termina en el consumidor. Así, Andalucía adolece de dificultades para el reconocimiento pleno de estos atributos por parte del mercado, aun cuando se comienza a valorar progresivamente la calidad de sus productos. Adicionalmente, las figuras o sellos de calidad han cumplido tradicionalmente un papel aglutinante de los productores, contribuyendo a su vertebración efectiva en origen.

Por ello se hace necesario establecer medidas dirigidas a paliar el reparto desequilibrado de valor, y la atomización del sector productor, poniendo en relieve la fortaleza de los sellos y marcas de calidad en los que ya se ha realizado un importante esfuerzo desde Andalucía.

Por su parte, el Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), creado mediante Reglamento (CE) núm. 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común, establece en su artículo 5 las prioridades de desarrollo rural de la Unión. Entre esas prioridades destaca la de mejorar la competitividad de los productores primarios integrándolos mejor en la cadena agroalimentaria a través de regímenes de calidad, añadir valor a los productos agrícolas, promoción en mercados locales y en circuitos de distribución cortos, agrupaciones y organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales.

Esta prioridad se desarrolla en el artículo 16, apartado 1, del citado Reglamento (UE) núm. 1305/2013, de 17 de diciembre, a través de la medida 3, denominada «Apoyo a regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios».

La presente Orden regula las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Andalucía 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea el 10 de agosto de 2015, modificado por las Decisiones de Ejecución de Ejecución de la Comisión de 21 de junio de 2017 (versión 2) y de 8 de agosto de 2017 (versión 3). En concreto, se enmarcan en la Medida 3 «Apoyo a regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios», Submedida 3.1 «Apoyo para la participación por primera vez en regímenes de calidad», la cual incluye dos operaciones, de las que una afecta a estas ayudas:

- Operación 3.1.1 «Ayudas para la participación por primera vez de agricultores y agrupaciones de agricultores en los regímenes de calidad».

Tal operación se relaciona con el focus áreas 3A programado en el PDR de Andalucía, consistente en «mejorar la competitividad de los productores primarios, integrándolos mejor en la cadena agroalimentaria a través de regímenes de calidad, añadir valor a los productos agrícolas, promoción en mercados locales y en circuitos de distribución cortos, agrupaciones y organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales».

La submedida de apoyo para la participación por primera vez en regímenes de calidad, persigue la incorporación de los agricultores y agrupaciones de agricultores en programas de calidad e impone obligaciones y costes adicionales que no están totalmente remunerados por el mercado, especialmente en el momento de entrar en este tipo de producción y en los primeros años de participación.

Los regímenes de calidad que se apoyarán en esta operación son las denominaciones de origen protegidas (DOP), las indicaciones geográficas protegidas (IGP), las especialidades tradicionales garantizadas (ETG) de productos agrícolas y alimenticios, la producción ecológica, la producción integrada, las indicaciones geográficas de bebidas espirituosas, las indicaciones geográficas de productos vitivinícolas aromatizados, las denominaciones de origen e indicaciones geográficas de productos vitivinícolas, la certificación marca «Calidad Certificada» y los productos etiquetados como productos de montaña.

En el periodo 2007-2013 la medida aplicada a la participación en el sistema de calidad producción ecológica ha tenido muy buena acogida con incremento de solicitudes y número de beneficiarios en cada convocatoria, lo que ha supuesto mejorar la competitividad de los productores primarios ecológicos en Andalucía y adquirir una importante experiencia en la gestión futura. Por otro lado, las ayudas a las Agrupaciones de Producción Integrada (APIs) que participen en el programa de calidad «producción integrada de Andalucía», también ha servido de experiencia para el diseño de esta nueva submedida del marco 2014-20.

Estas subvenciones suponen, pues, la evolución de las ayudas reguladas mediante Orden de 18 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a favor de la competitividad del sector agrícola destinadas a mejorar la calidad de la producción y de los productos agrícolas a través de las Agrupaciones de Producción Integrada en Agricultura (APIs), que participen en el programa de calidad «producción integrada de Andalucía», en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013, y se procede a su convocatoria para 2010, y las ayudas reguladas por la Orden de 10 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos en el sistema de calidad de producción ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa convocatoria para el año 2011.

Teniendo en cuenta los nuevos requisitos establecidos en la reglamentación comunitaria para el acceso a estas ayudas, así como el PDR de Andalucía se hace necesario la elaboración de unas nuevas bases reguladoras para su aplicación en el nuevo periodo de programación, en atención a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia a los que debe responder todo proyecto normativo.

La presente Orden se ajusta a las bases reguladoras tipo, aprobadas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, y se dicta en el ejercicio de las competencias que atribuye a esta Comunidad Autónoma el artículo 48.3.a) de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Al objeto de facilitar la presentación de las solicitudes de ayudas y de agilizar su tramitación no será necesario acompañarlas de documentación acreditativa alguna, retrasando esta obligación al momento en el que se dicte la correspondiente propuesta provisional de resolución.

En cuanto al plazo máximo para adoptar y publicar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones, se ha fijado en seis meses puesto que la experiencia en la tramitación de ayudas regidas por las bases reguladoras tipo ha acreditado la imposibilidad de cumplir plazos inferiores.

Por otro lado, y debido a que la ayuda consiste en el reembolso de los costes subvencionables en los que haya efectivamente incurrido la persona beneficiaria, y su pago se realiza tras la justificación, no es posible un incremento del importe de la subvención por rendimientos financieros generados por los fondos librados, que se destinarán directamente a la actividad subvencionada.

Asimismo se han incorporado medidas destinadas a compensar, equilibrar y no perpetuar las desigualdades entre mujeres y hombres, u otros colectivos, en cumplimiento de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. En concreto, se ha incluido un criterio de valoración que prioriza a las personas personas físicas que tengan la condición de mujer y a las agrupaciones de productores en las que al menos el 51% de los miembros de su órgano de gobierno tengan esta condición y, en cuanto a las medidas de información y publicidad que deben adoptar las personas beneficiarias, se exige que todos los materiales, imágenes y documentación utilizados eviten cualquier imagen discriminatoria y estereotipos sexistas y, si procede, fomenten valores de igualdad, pluralidad de roles y corresponsabilidad entre hombres y mujeres. Asimismo, en la Comisión de Valoración deberá garantizarse una presencia equilibrada de hombres y mujeres.

En lo que se refiere a los criterios de valoración de las solicitudes, considerando la naturaleza de las subvenciones y de sus solicitantes, no han sido incluidos entre ellos los contemplados en los apartados a), c), d), e) y f) del artículo 15.2., del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. Los criterios de valoración contemplados en las bases reguladoras se corresponden con la versión 3 de criterios de selección de operaciones del PDR de Andalucía 2014-2020, aprobados por su Comité de Seguimiento.

El Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, establece en su artículo 1.1 que corresponde a la citada Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Industrias y Cadena Agroalimentaria y en uso de las facultades que le confiere el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y el artículo 44.2 de la ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

DISPONGO

Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.

1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la participación por primera vez de agricultores y agrupaciones de agricultores en los regímenes de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, que constan de la siguiente línea de subvención:

Operación 3.1.1. «Ayudas para la participación por primera vez de agricultores y agrupaciones de agricultores en los regímenes de calidad.»

2. El texto articulado de las presentes bases reguladoras es el aprobado mediante Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 215, de 15 de noviembre de 2015), que se considerará parte integrante de aquéllas.

Disposición adicional única. Convocatoria de las ayudas y plazo de presentación de solicitudes.

Las ayudas serán convocadas mediante Orden de la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la que se fijará la dotación presupuestaria de la convocatoria y se delimitará el plazo de presentación de solicitudes.

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente Orden y específicamente las siguientes:

- Orden de 18 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a favor de la competitividad del sector agrícola destinadas a mejorar la calidad de la producción y de los productos agrícolas a través de las Agrupaciones de Producción Integrada en Agricultura (APIs), que participen en el programa de calidad «producción integrada de Andalucía», en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013, y se procede a su convocatoria para 2010.

- Orden de 10 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos en el sistema de calidad de producción ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa convocatoria para el año 2011.

Disposición final primera. Referencias normativas.

Las referencias realizadas a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se entenderán hechas a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, según corresponda, a salvo de las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico, cuya entrada en vigor queda diferida hasta el 2 de octubre de 2018.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de octubre de 2017

RODRIGO SÁNCHEZ HARO
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
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