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El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.
La Sección de Régimen Interior de esta Delegación es la responsable del Registro General establecido en la misma.
Por razones técnicas de eficacia organizativa y en aras de la calidad de los servicios a prestar al ciudadano, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el ámbito del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por cuanto antecede, esta Delegación
RESUELVE
Hacer público el Acuerdo de 17 de octubre de 2017, de la Sección de Régimen Interior de esta Delegación Territorial, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo con los originales en el personal funcionario que desempeña los puestos de trabajo que se citan, y cuyo texto figura como Anexo a la presente Resolución.
Córdoba, 17 de octubre de 2017.- La Delegada, María Ángeles Luna Morales.
ANEXO
ACUERDO DE 13 DE OCTUBRE DE 2017, DE LA SECCIÓN DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN CÓRDOBA, POR EL QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO CON LOS ORIGINALES EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE DESEMPEÑA LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, reconoce el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.
El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de dicho registro.
En esta Delegación Territorial, es la Sección de Régimen Interior la responsable del Registro General establecido en la misma.
Una de las funciones principales de los Registros Generales de Documentos y Auxiliares es la de facilitar la presentación de los escritos, y ésta no se lograría si las copias de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de éstos, a tenor de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada, no pueden ser autenticadas previo cotejo por los responsables de los registros, motivo por el cual se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias.
Por todo ello, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
ACUERDO
Primero. Delegar la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos públicos y privados que se presenten para ser tramitados en esta Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Córdoba, atribuida a esta Sección de Régimen Interior por el artículo 23 del Decreto 204/1995, ya citado, en los funcionarios que desempeñen los puestos de trabajo cuyos Códigos y denominaciones se relacionan a continuación:
CÓDIGO | PUESTO DENOMINACIÓN |
1597710 | DPTO. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA |
11530110 | ADMINISTRATIVO. M.ª Dolores Isac Martínez de Carvajal |
810110 | OPERADOR CONSOLA. M.ª Dolores Grande Carrasco |
903710 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO. M.ª Aurora Martínez Villaseñor |
1598910 | ADMINISTRATIVO. M.ª Isabel Migueles Ruiz |
11539910 | ADMINISTRATIVO. Valentín Morales Núñez |
11167210 | DP. GESTIÓN ADMINISTRATIVA E INFORMES |
11160210 | UN. GESTIÓN |
11209910 | NG. GESTIÓN |
11157210 | NG. GESTIÓN |
11160310 | ASESOR TÉCNICO |
2724210 | INSPECTOR S. SOCIALES COORDINADOR |
12068710 | ADMINISTRATIVO. Gloria Muela Aranda |
12068710 | ADMINISTRATIVO. Elena Pola Martínez |
1597610 | COORDINACIÓN ACOGIMIENTO Y ADOPCIÓN |
1675210 | UNIDAD GESTIÓN ADMINISTRATIVA |
1595610 | UNIDAD GESTIÓN PLAN BARRIADAS |
811310 | NGDO. DE GESTIÓN DE CENTROS |
1595810 | SECC. GESTIÓN ECONÓMICA Y CONTRAT. |
682310 | NGDO. DE CONTROL E INSPECCIÓN |
7966010 | SECCIÓN PROCEDIMIENTO E INFORMES |
2086810 | NGDO. TRAMITACIÓN |
2086420 | NGDO. TRAMITACIÓN |
2084310 | AUXILIAR DE GESTIÓN. Marta Prieto Jiménez |
11529310 | ADMINISTRATIVO. Juan Enrique Sánchez de Medina Hidalgo |
11529310 | ADMINISTRATIVO. Sergio Saéz Almeda |
Segundo. La delegación de competencias contenida en el presente Acuerdo se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí la competencia ahora delegada.
Tercero. En las copias autenticadas que se expidan, mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.
Cuarto. De conformidad con lo establecido en el art. 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y surtirá efectos a partir de la fecha de publicación.
Córdoba, 13 de octubre de 2017
El Jefe de la Sección de Régimen Interior
Fdo.: Miguel Sánchez Sánchez.
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