Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 14/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de octubre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola, dimanante de autos núm. 1726/2015.

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NIG: 2905442C20150006332.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1726/2015. Negociado: 6.

Sobre: Modificación de medidas.

De: María Teresa López Cañestro.

Procuradora: Sra. Blanca García García.

Letrada: Sra. Pilar Robles Serrano.

Contra: Andre Filipe Duarte Moisao.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1726/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola, a instancia de María Teresa López Cañestro contra Andre Filipe Duarte Moisao sobre modificación de medidas, se ha dictado la Sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de esta ciudad, en los autos de modificación de medidas registrados con el número 1726/2015 en los que han sido parte demandante doña María Teresa López Cañestro, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. García García y asistida de la Letrada Sra. Robles Serrano, y parte demandada el Sr. André Filipe Duarte Moisao, rebelde, interviniendo asimismo el Ministerio fiscal en representación del interés público

En Fuengirola, a 8 de marzo de 2017.

FALLO

Que, estimando como estimo la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. García García en nombre y representación de doña María Teresa López Cañestro contra el Sr. Andre Filipe Duarte Moisao, acuerdo la modificación de la Sentencia de 16 de abril de 2010, del Juzgado de Violencia contra la Mujer dictada en los autos de núm. 94/2009 en los particulares siguientes:

1.º Privar de la patria potestad al demandado sobre la menor Lorena Moisao López.

2.º Dejar sin efecto el régimen de visitas contenido en dicha sentencia.

Se mantienen el resto de las medidas acordadas.

Cada parte satisfará el pago de las costas ocasionadas a su instancia y de las comunes por mitad.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta (50) euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así, por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Andre Filipe Duarte Moisao, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a treinta de octubre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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