Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 14/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 15 de octubre de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1154/2011. (PP. 2930/2017).

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NIG: 4109142C20110032944.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1154/2011. Negociado: 3B.

De: Doña Pilar Quiroga Bernáldez.

Procurador Sr.: Don Rafael Campos Vázquez.

Contra: Don Joaquín Carretero López, Carmen Martínez Utrera y Asesores Inmobiliarios Milenium, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1154/2011 seguido a instancia de Pilar Quiroga Bernáldez frente a Joaquín Carretero López, Carmen Martínez Utrera y Asesores Inmobiliarios Milenium, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal el siguiente:

SENTENCIA núm. 148/2013

En Sevilla, a 16 de julio de 2013, don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia, núm. Diecinueve, de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el núm. 1154/11, a instancias de don Pilar Quiroga Bernáldez, don Manuel, don Ricardo y doña Pilar Menéndez Quiroga, representados por el Procurador Sr. Campos Vázquez y asistidos por el Letrado Sr. Rico Muñoz; y como demandados doña Carmen Martínez Utrera y don Joaquín Carretero López y Asesores Inmobiliarios Milenium, S.L., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Campos Vázquez, en representación de la entidad mercantil doña Pilar Quiroga Bernáldez, don Manuel, don Ricardo y doña Pilar Menéndez Quiroga contra doña Carmen Martínez Utrera, don Joaquín Carretero López y Asesores Inmobiliarios Milenium, S.L., debo condenar y condeno a los referidos demandados a que abonen a los actores la suma de 1.438.350 €, más los intereses de demora al tipo pactado desde la interposición de la demanda; y todo ello con expresa condena en costas a los mencionados demandados.

Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán preparar recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el art. 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.

Para la admisión del referido recurso será preceptiva la previa constitución de un depósito de 50 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el modo y forma previstos en la D.A. 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a la misma por la Ley Orgánica 1/09 de 3 de noviembre.

De igual forma, la interposición de dicho recurso conlleva aparejada el abono de una tasa prevista en la vigente Ley 10/12, de 20 de noviembre, con las modificaciones previstas en el RDL 3/2013.

Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/ .

Publicación. Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Magistrado que la suscribe, en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y encontrándose los demandados, Carmen Martínez Utrera y Asesores Inmobiliarios Milenium, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a quince de octubre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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