Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 02/02/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 20 de octubre de 2016, por la que se modifica la autorización administrativa de la escuela privada de música «Escuela Elemental de Música Ave María» de Málaga. (PP. 3072/2016).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Manuel Jesús Martínez Vílchez, en calidad de Presidente del Patronato Escuelas del Ave María, por el que se solicita la modicación de la autorización de la escuela privada de música «Escuela Elemental de Música Ave María», con domicilio en Avda. Sor Teresa Prat, núm. 51, de Málaga, por ampliación a las enseñanzas elementales básicas de música, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre.

Resultando que la escuela privada de música «Escuela Elemental de Música Ave María», código 29019022, de Málaga, tiene autorización para impartir los ámbitos de las enseñanzas elementales de iniciación a la música de Música y movimiento, Práctica instrumental (piano, guitarra, trompeta, trombón, trompa, tuba, flauta, clarinete, saxofón, violín, viola, tambor, bombo, xilófono y timbales), Formación musical complementaria a la práctica de la música y Actividades de grupo por Orden de la Consejería de Educación de 27 de julio de 2015.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Málaga y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: La Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE de 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA de 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones complementarias.

Considerando que se han cumplido todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación de la autorización a la escuela privada de música «Escuela Elemental de Música Ave María», código 29019022 y domicilio en Avda. Sor Teresa Prat, núm. 51, de Málaga, cuyo titular es Patronato Escuelas del Ave María, y establecer la configuración de enseñanzas que se describe a continuación, en turno de tarde:

a) Enseñanzas elementales de iniciación a la música:

- Música y movimiento.

- Práctica instrumental: Piano, guitarra, trompeta, trombón, trompa, tuba, flauta, clarinete, saxofón, violín, viola, tambor, bombo, xilófono y timbales.

- Formación musical, complementaria a la práctica de la música.

- Actividades de grupo.

b) Enseñanzas elementales básicas de música para 332 puestos escolares:

- Especialidades: Piano, guitarra, trompeta, trombón, trompa, tuba, flauta travesera, clarinete, saxofón, violín, viola, percusión.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. La escuela privada de música queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión en el caso de producirse alguna modificación de los datos que se señalan en la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de octubre de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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