Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 6 de noviembre de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 250/2014.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 250/2014. Negociado: 3I.

NIG: 4109144S20140002647.

De: Don José Miguel Romero Oltra.

Abogado: Don Andrés Pérez Benítez.

Contra: Control Orden y Seguridad, S.L.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 250/2014 a instancia de la parte actora don José Miguel Romero Oltra contra Control Orden y Seguridad, S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 3.11.2017 del tenor literal siguiente:

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por don José Miguel Romero Oltra contra Control y Orden Seguridad, S.L., Administrador don Rafael de Castro Pino y Fogasa, debo condenar y condeno a la demandada Control y Orden Seguridad, S.L., a que abonen al actor la suma de 2.826,99 euros más el 10% en concepto de interés por mora.

No se hace especial pronunciamiento respecto del Administrador don Rafael de Castro Pino ni del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, declarando la firmeza de la sentencia.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Control Orden y Seguridad, S.L., y a su Administrador don Rafael de Castro Pino, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a seis de noviembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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