Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 05/12/2017

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 21 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que en relación con las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales (A1.1100), correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2009, se ofertan vacantes al personal seleccionado en el mismo, en virtud de ejecuciones judiciales.

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ANTECEDENTES

Primero. Mediante Orden de 17 de junio de 2009, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 122, de 25 de junio), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales de la Junta de Andalucía (A1.1100), correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2009, publicándose la relación definitiva de aprobados mediante Acuerdo de la Comisión de Selección, de 26 de octubre de 2010. Posteriormente, mediante Resolución de 1 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (BOJA núm. 245, de 17 de diciembre), se ofertaron vacantes a los aspirantes seleccionados. Finalmente, por Resolución de 28 de enero de 2011, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 29, de 10 de febrero), se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de dicho Cuerpo, al personal relacionado en el Anexo a la misma.

Segundo. Contra la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo de referencia, fueron interpuestos recursos contenciosos-administrativos, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada. Dicha Sala ha estimado las pretensiones de algunos de los recurrentes, disponiendo en los fallos judiciales, que se consideren correctas sus respuestas a la pregunta 26 del ejercicio práctico, con las consecuencias legales que en el proceso selectivo se deriven de las nuevas puntuaciones concedidas. En cumplimiento de los pronunciamientos judiciales firmes recaídos en los procedimientos contenciosos-administrativos núm. 1365/2011 y 2031/2011, seguidos a instancias de don Rafael Martínez García y de doña Tania Luzón Guadix, respectivamente, la Comisión de Selección ha acordado modificar las puntuaciones de los recurrentes, incrementando la puntuación otorgada a los mismos en la fase de oposición, reconociéndoles, en estos casos, unas puntuaciones superiores a la obtenida por el último opositor aprobado en el proceso selectivo.

Tercero. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en relación con el artículo 19 de la Orden de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales, modificado por la Orden de 29 de abril de 2013, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra delegada en la persona titular de la citada Dirección General, por lo que en uso de la delegación efectuada,

SE RESUELVE

Primero. 1. Ofertar vacantes, en ejecuciones de sentencias, y en relación con las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales (A1.1100), correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2009, convocadas mediante Orden de 17 de junio de 2009, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 122, de 25 de junio), a los aspirantes que se relacionan a continuación:

ASPIRANTE DNI PUNTUACIÓN RECONOCIDA
TANIA LUZÓN GUADIX 75142838-K 109,5399
RAFAEL MARTÍNEZ GARCÍA 52513427-B 109,317

2. Con el fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de presentación de documentación preceptiva y petición de destinos, se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 14 de diciembre de 2017, a las 12,30 horas, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla.

Segundo. 1. Al acto deberán comparecer los aspirantes, provistos de la documentación que a continuación se relaciona:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.

b) Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas, para los servicios de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la entonces Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y especialidad a que se aspira.

e) Petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.

2. El personal aspirante que tuviera la condición de personal funcionario de carrera o que estuviera prestando servicios en la Junta de Andalucía, estará exenta de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubieran sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas deberá presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que, de lo consignado en el mismo, se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el Cuerpo, requiriéndose, en caso contrario, su acreditación documental.

Tercero. En atención a las prioridades funcionales y organizativas de los servicios de esta Administración y teniendo en cuenta la puntuación otorgada, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Cuarto. En el caso de que, en la fecha fijada en el apartado primero, el interesado no comparezca, salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada; no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Orden de convocatoria, no podrá ser nombrado personal funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, en el caso de que no solicite ninguno de los puestos ofertados, le será asignado uno de oficio por la Administración.

Sevilla, 21 de noviembre de 2017.- La Directora General, Concepción Becerra Bermejo.

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